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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (26/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

584147 NORMAS LEGALES Martes 26 de abril de 2016 El Peruano / ante los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial (…)”. Asimismo el artículo 155-B del citado texto normativo establece que: “Es un requisito de admisibilidad que las partes procesales consignen en sus escritos postulatorios la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial, extendiéndose dicho requisito al apersonamiento de cualquier tercero en el proceso”. En tanto el artículo 155-D de la citada norma dispone que: “Los abogados de las partes procesales, sean o no de o fi cio, los procuradores públicos y los fi scales deben consignar una casilla electrónica, la cual es asignada por el Poder Judicial sin excepción alguna (…)”; y el artículo 155-G de la aludida norma señala que: “Se exceptúa a las partes procesales de la obligación de noti fi cación electrónica en aquellos procesos donde no se exige defensa cautiva (…)”. La Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 30229, modi fi ca el artículo 157° del Código Procesal Civil, que establece: “La noti fi cación de las resoluciones judiciales, en todas las instancias, se realiza por vía electrónica a través de casillas electrónicas implementadas, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, con las excepciones allí establecidas”; asimismo, el artículo 424° modi fi cado por el artículo 2° de la Ley en comento, establece como uno de los requisitos de la demanda, el señalamiento del domicilio procesal electrónico, constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial. Mediante Resolución Administrativa N° 069-2015-CE- PJ, de fecha 12 de febrero de 2015, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se resuelve aprobar el proyecto “Implementación del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas (SINOE) en el ámbito nacional y en todas las especialidades”, precisándose que este se llevará a cabo de manera progresiva, en tres etapas, en los diferentes distritos judiciales. Por Resolución Administrativa N° 234-2015-CE-PJ, de fecha 15 de julio de 2015, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso la ejecución de la tercera etapa del proyecto “Implementación del Sistema de Notifi caciones Electrónicas (SINOE) en el ámbito nacional y en todas las especialidades”, en los Distritos Judiciales que comprenden el Grupo 4, 5, 6, 7 y 8, encontrándose entre ellos, el Distrito Judicial de Lima Sur. Por Resolución Administrativa N° 076-2016-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 19 de enero de 2016, se ha dispuesto la conformación del Comité de Implementación del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas (SINOE). Asimismo, la Presidencia de este Distrito Judicial, a fi n de garantizar la implementación del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas del Poder Judicial (SINOE), mediante Resolución Administrativa N° 305-2016-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 11 de marzo de 2016 y Resolución Administrativa N° 360-2016-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 22 de marzo de 2016, aprobó las capacitaciones sobre el manejo del sistema informático y Capacitación de la Normativa Legal, respectivamente. Mediante O fi cio N° 3343-2016-CE-PJ, el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pone en conocimiento el cronograma de inauguración del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas (SINOE) en esta Corte Superior de Justicia, fi jándose para el día lunes 25 de abril de 2016. Estando a las condiciones técnicas y logísticas para la puesta en funcionamiento de las noti fi caciones electrónicas en esta Corte y de acuerdo con las coordinaciones realizadas con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, el proceso de implementación de las noti fi caciones electrónicas en esta Corte se realizará en forma progresiva; por lo que, habiéndose veri fi cado el cumplimiento de todo el proceso de implantación para la entrada en funcionamiento del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas en este distrito judicial, se considera, en su primera fase, a los órganos jurisdiccionales que cuentan con capacidades técnicas, entre ellos los ubicados, en la sede Central, sede Necochea, sede Alfonso Ugarte, sede Castro Iglesias, sede Villa Marina, sede San Rodolfo y el Módulo de Flagrancia. Hoy la sociedad nos exige mayor celeridad y e fi cacia en el cumplimiento de los plazos procesales; creación de mecanismos que permitan un mayor acceso al servicio de justicia; mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos; por lo que, en esa línea de acción y a fi n de mejorar el servicio de administración resulta necesario autorizar la pronta implementación del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas en este Distrito Judicial, lo que, permitirá que los actos procesales de las noti fi caciones se realicen en tiempo real, a través de las casillas electrónicas, las mismas que serán entregadas gratuitamente, coadyuvando a que la justicia sea e fi caz y célere. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, como máxima autoridad administrativa, dirige la política interna en el Distrito Judicial a su cargo, por tal motivo interviene en la regulación de las actividades de las diversas áreas administrativas, con la fi nalidad de cautelar la pronta administración de justicia, adoptando las medidas administrativas necesarias para su adecuado funcionamiento. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la entrada en funcionamiento del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas (SINOE), a partir del 25 de abril de 2016, en los órganos jurisdiccionales ubicados en las Sedes Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur que a continuación se detalla: SEDE CENTRAL (Distrito de Villa María del Triunfo) Sala Civil PermanenteSala Penal PermanenteSala Penal TransitoriaJuzgado Especializado de TrabajoPrimer Juzgado de Paz Letrado LaboralSegundo Juzgado de Paz Letrado LaboralTercer Juzgado de Paz Letrado Laboral SEDE NECOCHEA (Distrito de Villa María del Triunfo) Juzgado Especializado Civil de Villa María del TriunfoJuzgado de Paz Letrado Civil de Villa María del Triunfo SEDE ALFONSO UGARTE (Distrito de Villa María del Triunfo) Segundo Juzgado de Familia Transitorio de Villa María del Triunfo SEDE CASTRO IGLESIAS (Distrito de San Juan de Mira fl ores) Primer Juzgado Especializado Penal de San Juan de Mira fl ores Segundo Juzgado Especializado Penal de San Juan de Mira fl ores Primer Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Mira fl ores Segundo Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Mira fl ores MÓDULO DE FLAGRANCIA (Distrito de San Juan de Mira fl ores) Segundo Juzgado de Investigación PreparatoriaQuinto Juzgado de Investigación PreparatoriaSegundo Juzgado Penal UnipersonalJuzgado Penal de Turno Permanente SEDE VILLA MARINA (Distrito de Chorrillos) Primera Sala Penal de ApelacionesSegunda Sala Penal de ApelacionesSala Civil Transitoria Descentralizada de la Sub Sede Chorrillos - SJMJuzgado Especializado de Tránsito y Seguridad VialJuzgado Especializado Penal de ChorrillosJuzgado Especializado de Familia de ChorrillosJuzgado Civil Transitorio de ChorrillosJuzgado de Paz Letrado de Tránsito y Seguridad VialJuzgado de Paz Letrado Civil de ChorrillosPrimer Juzgado de Paz Letrado de Familia de ChorrillosSegundo Juzgado de Paz Letrado de Familia de ChorrillosTercer Juzgado de Paz Letrado de Familia de Chorrillos SEDE SAN RODOLFO (Distrito de Chorrillos) Primer Juzgado de Investigación PreparatoriaTercer Juzgado de Investigación PreparatoriaPrimer Juzgado Penal Unipersonal Artículo Segundo.- DISPONER que el trámite de la apertura de las Casillas Electrónicas se realice en