Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2016 (05/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 5 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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TV2 y TV3 de la Central Térmica de Chilina no afectará el Servicio Público de Electricidad; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE02 del Anexo N° 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014EM, y cuenta con la opinión a que se refiere el Informe N° 292-2016-MEM/DGE-DCE y el Informe N° 367-MEM/ DGE-DCE, siendo procedente la modificación solicitada, a fin de retirar las unidades de generación TV1, TV2 y TV3, y en consecuencia reducir la potencia instalada de la Central Térmica de Chilina de 48,81 MW a 26,81 MW; Estando a lo dispuesto por el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modificación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica de Chilina de la que es titular la EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA DE AREQUIPA S.A. - EGASA, reduciendo su capacidad instalada de 48,81 MW a 26,81 MW. Artículo 2.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Ministerial N° 381-93-EMDGE y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1404541-1

INTERIOR
Autorizan viaje de Oficial de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 208-2016-IN Lima, 4 de agosto de 2016 VISTOS; el Carta G.500-087, de fecha 10 de junio de 2016, de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto del Comando Operacional de la Amazonia del Comando Conjunto de la Fuerza Armadas; y, el Memorándum Nº 1981-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 16 de julio de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta G.500-087, de fecha 10 de junio de 2016, la Jefatura del Estado Mayor Conjunto del Comando Operacional de la Amazonia del Comando Conjunto de la Fuerza Armadas, hace de conocimiento a la Jefatura de la Región Policial Loreto que la II Reunión de Mandos Regionales de Fronteras (RMRF) Perú-Colombia, se realizará del 9 al 12 de agosto de 2016, en la ciudad de Florencia - República de Colombia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 237-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 8 de julio de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales

de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios, del 8 al 12 de agosto de 2016, a la ciudad de Florencia - República de Colombia, del General de la Policía Nacional del Perú Julio Alejandro Mercado Castillo, para que participe en el evento mencionado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 1981-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 16 de julio de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú da su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando además que el mismo irroga gastos al Estado; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido; debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, son canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Julio Alejandro Mercado Castillo, del 8 al 12 de agosto de 2016, a la ciudad de Florencia - República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectúa con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

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