Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2016 (01/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Jueves 1 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

605553

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA
Autorizan viaje de funcionario a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 258-2016-CMPC Cajamarca, 03 de noviembre del 2016 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 02 de noviembre del año 2016, el Dictamen Nº 008-2016-CDEMPC, de la Comisión de Desarrollo Económico, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad Provincial de Cajamarca es un órgano de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el señor Regidor José Wilmer Briones Álvarez, sustentando su dictamen, manifiesta que la Comisión de Desarrollo Económico dictamina proponiendo y recomendando al pleno del Concejo, autorizar el viaje del Gerente de Desarrollo Económico a la ciudad de Cuenca - Ecuador, los días del 16 al 18 de noviembre del presente año, a fin de que puedan conocer de cerca las instituciones municipales y fomentar el intercambio de experiencias que llevarán acciones conjuntas de mutuo beneficio. El Concejo, luego del debate de estilo, emitió el respectivo acuerdo. Por lo que, con el voto por Mayoría de los Señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta para ejecutar el acuerdo y de conformidad con los artículos 17º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades. SE ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR ausentarse del país, en comisión de servicios y representación de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, al señor Lic. Luis Felipe Velasco Luza, Gerente de Desarrollo Económico, para que viaje a la ciudad de Cuenca - Ecuador, los días del 16 al 18 de noviembre del presente año. Artículo Segundo.- AUTORIZAR los gastos, por concepto de viáticos, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Administración y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, según sus competencias, cumplir con presupuestar y otorgar los gastos que irrogue dicho viaje, afectando el egreso en la partida presupuestal correspondiente, por cada día de gestión autorizado por el Concejo Municipal y con la escala establecida para dicho fin. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno al país, el señor Lic. Luis Felipe Velasco Luza, Gerente de Desarrollo Económico, cuyo viaje se autoriza en el presente, deberá presentar a la Municipalidad Provincial de Cajamarca un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas, de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- PRECISAR que el presente Acuerdo no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, a Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, según sus competencias, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL ANTENOR BECERRA VILCHEZ Alcalde Provincial 1459265-1

Dejan sin efecto el Acuerdo de Concejo N° 191-2016-CMPC, que autorizó al Alcalde a ausentarse del país
ACUERDO DE CONCEJO Nº 266-2016-CMPC Cajamarca, 03 de noviembre del 2016. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 02 de noviembre del año 2016, el pedido del señor Alcalde, respecto a que se deje sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 191-2016-CMPC, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad Provincial de Cajamarca es un órgano de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el señor Alcalde, sustentando su pedido, manifiesta que a través del Acuerdo de Concejo Nº 191-2016-CMPC, de fecha 8 de septiembre de 2016, se le autorizó ausentarse del país, en comisión de servicios y representación de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, para participar de la II Cumbre de Ciudades Líderes en Movilidad Sustentable de América Latina, que se llevará a cabo del 27 al 30 de noviembre del año 2016, en México; sin embargo, por la agenda recargada que tiene, le va a ser imposible asistir a dicho evento. El Concejo, luego del debate de estilo, emitió el respectivo acuerdo. Por lo que, con el voto por Mayoría de los señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta para ejecutar el acuerdo y de conformidad con los artículos 17º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades. SE ACORDÓ: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº 191-2016-CMPC, de fecha 8 de septiembre de 2016, que AUTORIZA ausentarse del país, en comisión de servicios y representación de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, Manuel Antenor Becerra Vílchez, para participar de la II CUMBRE DE CIUDADES LÍDERES EN MOVILIDAD SUSTENTABLE DE AMÉRICA LATINA (II CUMBRE MUSAL), que se llevará a cabo del 27 al 30 de noviembre del año 2016, en México. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Administración y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo sus competencias, dar cumplimiento al presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL ANTENOR BECERRA VILCHEZ Alcalde Provincial 1459274-1

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