Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2016 (01/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Jueves 1 de diciembre de 2016 /

El Peruano

virtual con la Municipalidad de San Isidro entre los que se encuentran aquellos propietarios de predios en el distrito; así como los administrados que no lo sean, los cuales podrán solicitar un código de usuario y clave de acceso. Artículo 3.- PLATAFORMA DE SERVICIOS EN LÍNEA La Plataforma de Servicios en Línea es el módulo informático administrado por la Municipalidad de San Isidro que permite realizar operaciones en forma virtual entre la Municipalidad y los ciudadanos, la cual es accesible a través del portal www.munisanisidro.gob.pe las 24 horas del día, todos los días del año. La Plataforma de Servicios en Línea contará con una orientación virtual, en la que se brindarán los instrumentos de orientación necesarios para que los usuarios puedan utilizarla de forma adecuada. El Equipo Funcional de Gestión Documentaria y Archivo de la Secretaría General, en coordinación con las areas involucradas en los trámites, será la encargada de la supervisión de la información de la Plataforma de Servicios en Línea. Artículo 4.- SERVICIOS INCLUIDOS EN LA PLATAFORMA DE SERVICIOS EN LÍNEA La plataforma permite la realización de trámites de procedimientos administrativos, pago de tasas, notificaciones, asi como cualquier otro servicio al ciudadano que la Municipalidad considere necesario incorporar. Artículo 5.- ACCESO A LA PLATAFORMA DE SERVICIOS EN LÍNEA Para realizar operaciones en la Plataforma de Servicios en Línea, los ciudadanos propietarios de predios en el distrito podrán acceder a través del portal www.munisanisidro.gob.pe, utilizando su número de contribuyente y la clave contenida en la carpeta de liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales. Los administrados, que no sean propietarios de un predio en el distrito, podrán registrarse y solicitar un código de usuario y clave de acceso ante la Plataforma de Servicios en Línea a través del portal web. Asimismo, los ciudadanos que posean firma digital podrán presentar sus requisitos para cualquier trámite de la Plataforma de Servicios en Línea, haciendo uso de ésta. La administración de los usuarios y claves de acceso estará a cargo de la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación. Artículo 6.- RESPONSABILIDAD DEL USUARIO Es responsabilidad del usuario adoptar las medidas correspondientes para evitar el uso del código de usuario y la clave de acceso por parte de terceros no autorizados. El uso indebido del código y/o las claves de acceso faculta a la Municipalidad a restringir o suspender los mismos. Artículo 7.- DERECHOS DE LOS USUARIOS Los usuarios tienen derecho a: a) Acceder a los trámites incorporados en la plataforma. b) Obtener los usuarios y códigos de acceso para efectuar trámites. c) Solicitar ser notificados a través de la plataforma, hayan o no iniciado un trámite en la plataforma. d) A la privacidad de la información de conformidad con la legislación vigente. e) Efectuar el seguimiento de los servicios incorporados en la plataforma a través de la misma. Artículo 8.- OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La Municipalidad de San Isidro se encuentra obligada a: a) Custodiar y mantener el archivo de la totalidad de las solicitudes que se realizan tráves de la plataforma de servicios en línea. b) Conservar el expediente electrónico que se origine en los procedimientos y actuaciones que sean llevados total o parcialmente a través de la plataforma.

c) Garantizar la accesibilidad, igualdad y protección de datos personales de acuerdo a los establecido en las normas de la materia. d) Efectuar las notificaciones que sean requeridas a través de la plataforma. e) Establecer las acciones necesarias para mantener la privacidad e intimidad de las personas que realicien actuaciones a través de la plataforma. Artículo 9.- PRESUNCIÓN DE VERACIDAD Y VERDAD MATERIAL En la tramitación de los procedimientos administrativos ante la Plataforma de Servicios en Línea, se presume que los documentos y declaraciones formulados por los administrados responden a la verdad de los hechos que ellos afirman, presunción que admite prueba en contrario sujetandose a las sanciones y consecuencias establecidas por ley. Asimismo, la Municipalidad verificará dichos documentos y declaraciones, adoptando todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley. Artículo 10.- NULIDAD DEL TRÁMITE Toda solicitud y documentación que forma parte de un trámite iniciado a través de la Plataforma de Servicios en Línea es susceptible de ser verificada por la entidad. Todas las autorizaciones, certificaciones, constancias y actos administrativos que se hayan obtenido a través de documentación falsa, adulterada o ilegible, asi como el uso de identidad falsa del solicitante; serán declarados nulos por la Municipalidad de San Isidro a través de los procedimientos respectivos, sin perjuicio del inicio de las acciones legales correspondientes. Artículo 11.- CONSTANCIA DE LA REALIZACIÓN DE TRÁMITE Todo trámite ingresado mediante la plataforma de servicios en línea, será numerado correlativamente como parte del Sistema de Trámite Documentario de la Municipalidad; generándose un cargo de recepción el mismo que será emitido automáticamente por la Plataforma de Servicios en Línea. Artículo 12.- DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS La Municipalidad emitirá los actos administrativos materia del procedimiento, las respuestas a las solicitudes, los requerimientos y cualquier otra comunicación; debidamente suscritos por el funcionario competente a través de firma digital, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 13.- DE LOS REQUISITOS Los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad incorporados a la Plataforma de Servicios en Línea, se adecuarán de acuerdo a su forma de presentación electrónica por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a través del documento correspondiente. Artículo 14.- DE LOS PLAZOS Los plazos de los procedimientos de la Plataforma de Servicios en Línea serán computados en días hábiles de acuerdo a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General; a partir del día siguiente hábil de haber sido presentada la solicitud a través de dicha plataforma. Artículo 15.- DEL DERECHO DE PAGO El pago por derecho de tramitación será aquel establecido por el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA u otros documentos de gestión vigentes. Artículo 16.- COMUNICACIÓN Y NOTIFICACIONES Los usuarios de la Plataforma de Servicios en Línea contarán con un repositorio o buzón de notificaciones, el cual constituye el medio de notificación de los actos administrativos y otros requerimientos de la Municipalidad.

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