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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (14/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

606359 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de diciembre de 2016 El Peruano / ANEXO 1 FORMATO DE USO SEMANAL PARA LA LIQUIDACIÓN Y PAGO DE LAS REMUNERACIONES Y DE LOS BENEFICIOS SOCIALES (De conformidad con el artículo 2 de la Ley Nº 27979) Fecha de emisión: (día/mes/ año) Semana del (día/mes/año) al (día/mes/año) Datos del empleador: Nombre: ______. Número de RUC: ______. Domicilio: ______. Datos del trabajador: Nombre: ______. Número de DNI: ______. Fecha de ingreso: (día/mes/año) Puesto u ocupación: ______. Unidades producidas en la semana: ______. (en caso el trabajador sea comisionista o destajero) Número de días efectivamente trabajados: ______. (para todos los trabajadores, incluidos comisionistas o destajeros) Número de horas efectivamente trabajadas: ______. (para todos los trabajadores, incluidos comisionistas o destajeros) Ingresos: - Remuneración: ______ - Vacaciones: ______ - Compensación por Tiempo de Servicios: ______ - Gratifi caciones legales: ______ - Otro(s): ______ Aportes y contribuciones de cargo del empleador: - Seguridad Social en Salud – Essalud: ______. - Otro(s): ______. Aportes y contribuciones de cargo del trabajador: - Sistema pensionario: ______. - Otro(s): ______. Otros descuentos: Monto percibido total: - En números: - En letras: ____________________________ FIRMA DEL EMPLEADOR ____________________________ FIRMA DEL TRABAJADOR (*) Si alguna de las partes no supiera fi rmar, colocará su huella digital. ANEXO 2 TABLA DE UNIDADES DE TRABAJO A DESTAJO O A COMISIÓN PARA LLEGAR A LA REMUNERACIÓN DIARIA, EN BASE AL RENDIMIENTO PROMEDIO EN EL PROCESAMIENTO DE LAS DIVERSAS CLASES DE PRODUCTOS Unidad de trabajo Recurso Hidrobiológico:___________________________. Instrucción: Indicar el nombre de la especie o recurso hidrobiológico a procesar (por ejemplo, anchoveta, jurel, caballa, atún, entre otros). Tipo de unidad de trabajo:___________________________. Instrucción: Describir con detalle la unidad de trabajo. Indicar, por ejemplo, si se trata de conserva en agua, conserva en aceite, congelado, seco salado, entre otros; el tipo de corte (fi lete, pulpa, desmenuzado, entre otros), etc.; asimismo, mencionar si consiste en paquetes, latas, kilos u otras unidades. Rendimiento promedio y pago Puede tratarse de la elaboración de un producto final o de la realización de una etapa o actividad específica que es parte del proceso productivo. Rendimiento promedio: Unidad(es) de trabajo considerada como Rendimiento Promedio Pago por Rendimiento Promedio Instrucción: En el Rendimiento Promedio debe indicarse la(s) unidad(es) de trabajo considerada(s) como promedio por día (por ejemplo, 20 conservas de caballa por día) y, asimismo, el pago correspondiente. Si el volumen de producción alcanzado por el trabajador es igual o mayor al rendimiento promedio, el monto de la remuneración diaria no podrá ser inferior al jornal mínimo previsto en el primer párrafo del artículo 3 de la Ley. Rangos de rendimiento y pagos: Unidad de trabajo Pago correspondiente De __ a __ De __ a __ De __ a __ Instrucción: Se debe establecer rangos de rendimiento en función al rendimiento promedio y establecer el pago que corresponde a cada uno de tales rangos. Los rangos conllevan un pago aumentado o disminuido respecto del pago por rendimiento promedio. Dentro de un mismo rango, es posible establecer un pago diferenciado por cada unidad de trabajo alcanzada (por ejemplo, en un mismo rango de 10 a 15 conservas de caballa, es posible establecer mayor remuneración para el que produce 14 conservas que para el que obtiene 12). Igualmente, nada impide que, conforme sea mayor el rango de rendimiento, se asigne mayor valor al bien producido (en el ejemplo anterior, puede asignársele mayor valor a la conserva de caballa producida en el rango de 10 a 15, que a la conserva obtenida en el rango de 5 a 10 conservas). Notas: 1. La(s) tabla(s) de unidades de trabajo a destajo o a comisión contienen criterios mínimos a ser observados por las partes de la relación de trabajo, permitiendo que éstas tengan certeza sobre las condiciones remunerativas. 2. De acuerdo con la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 27979, la aplicación de la tabla no puede significar la reducción unilateral de las condiciones remunerativas vigentes. 3. La aplicación de la tabla no excluye la posibilidad de que se empleen criterios, sistemas o mecanismos de pago adicionales para la determinación de las remuneraciones. 1463407-1