Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2016 (14/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 14 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

606343

Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa", señalando en el numeral 2.2.1 como uno de los objetivos del Programa, apoyar las iniciativas regionales y/o locales a través del cofinanciamiento de proyectos de inversión pública que contribuyan a la conservación de los ecosistemas andino ­ amazónicos; Que, asimismo en el numeral 2.4 establece la tipología y las características de los Proyectos de Inversión Pública que conforman el Conglomerado de Proyectos Ambientales a ejecutarse en el marco del Programa precitado; Que, igualmente se dispone que los montos de cofinanciamiento máximos que se asignen a los Gobiernos Locales, provinciales y distritales, asciende a la suma de S/ 1 000 000.00 (Un Millón y 00/100 Soles), y S/ 700 000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Soles), respectivamente; que en caso los montos solicitados superen los montos máximos establecidos en el Manual de Operaciones, los Gobiernos Locales antes citados asumirán el financiamiento del excedente del costo de inversión del referido Proyecto; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 052-2016-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2, de fecha 2 de noviembre de 2016, se aprobaron los resultados de la Convocatoria 2016 de Proyectos de Inversión Pública Ambientales realizada por la Unidad Ejecutora "004: Gestión de los Recursos Naturales"; de los cuales 23 (veintitrés) Proyectos de Inversión Pública Ambientales, cumplen con los criterios de calidad establecidos, para su cofinanciamiento con cargo a los recursos del Programa; Que, el literal d) del numeral 15.1, del artículo 15 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que se autorizan de manera excepcional la realización de transferencias financieras entre entidades, para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de las normatividad vigente; Que, conforme al marco legal enunciado precedentemente, mediante Informe N° 065-2016-MINAM/ DVMDERN/UEGRN, el Director Ejecutivo del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur-II Etapa (PGAS CVIS 2) solicita y sustenta la aprobación de la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2016 hasta por el monto de S/ 4 500 000.00 (Cuatro Millones Quinientos Mil y 00/100 Soles) a favor de seis (06) Gobiernos Locales, con cargo a la Fuente de Financiamiento 3.Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; Que, mediante Informe Técnico N° 030-2016-MINAM/ SG/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto opina favorablemente respecto de la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de S/ 4 500 000.00 (Cuatro Millones Quinientos Mil y 00/100 Soles) a favor de los Gobiernos Locales descritos en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución; Que, estando al marco normativo enunciado y a los informes técnicos remitidos, corresponde emitir el acto administrativo que autorice la citada transferencia financiera; Con el visado del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, del Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales; de la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y, de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; la Resolución

Ministerial N° 298-2014-MINAM, que formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004 Gestión de los Recursos Naturales"; la Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma de S/ 4 500 000,00 (Cuatro Millones Quinientos Mil y 00/100 Soles) a favor de los Gobiernos Locales, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo a los recursos asignados en el Año Fiscal 2016 a la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales en la Fuente de Financiamiento 3.Recursos por Operaciones Oficialdes de Crédito, para el financiamiento de los Proyectos de Inversión Pública Ambientales en el marco del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa (PGAS CVIS 2); por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- La Oficina General de Administración o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- La Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se transfieren los recursos. Artículo 4.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente
ANEXO
N° GOBIERNOS LOCALES PROYECTOS DE INVERSION COD. SNIP MONTO S/

1

Municipalidad Distrital de Quiquijana

RECUPERACION DE ECOSISTEMAS DEGRADADAS EN LOS SUBSECTORES KALLKI Y QASAPANPA DE LA COMUNIDAD 368585 CAMPESINA DE LLAMPA, DISTRITO DE QUIQUIJANA QUISPICANCHI - CUSCO

700,000.00

2

Municipalidad Provincial de Quispicanchi

RECUPERACION DEL ECOSISTEMA DEGRADADO EN EL SECTOR DE CANCHAURAN DEL CENTRO POBLADO DE 368540 1,000,000.00 URCOS, DISTRITO DE URCOS, PROVINCIA DE QUISPICANCHI CUSCO RECUPERACION DE LOS SERVICIOS ECOSISTEMICOS DE REGULACION HIDRICA, EN LA 368611 MICROCUENCA CHANCAMAYO DEL, DISTRITO DE HUEPETUHE - MANU - MADRE DE DIOS

3

Municipalidad Distrital de Huepetuhe

700,000.00

RECUPERACION DE ECOSISTEMAS DEGRADADOS EN LOS SECTORES DE Municipalidad 4 AÑOCAYA, SALVIANI Y 366370 Distrital de Ajoyani COMUNIDAD CAMPESINA DE AJOYANI, DISTRITO DE AJOYANI - CARABAYA - PUNO

700,000.00

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