Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2016 (14/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 14 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES PODER JUDICIAL

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Resolución de Consejo Directivo N° 024-2015-OEFA/ CD, mediante los cuales se determina la competencia del OEFA para ejercer funciones de fiscalización ambiental respecto de los administrados sujetos al ámbito de competencia del SENACE", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Artículo 2º.- Los interesados podrán remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la avenida Faustino Sánchez Carrión números 607, 613 y 615 del distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, o mediante la dirección electrónica modificacioncompetencia@ oefa.gob.pe, en un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1462968-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dejan sin efecto la Res. Adm. N° 633-2016-P-CSJLI/PJ y emiten otras disposiciones
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 744-2016-P-CSJLI-PJ Lima, 12 de diciembre de 2016 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 312-2016-CEPJ, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 11 de diciembre de 2016; y la Resolución Administrativa N° 633-2016-P-CSJLI-PJ, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 14 de octubre de 2016; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 312-2016-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvió, en su artículo primero, dejar sin efecto lo dispuesto en el artículo tercero, incisos a) y b), de la Resolución Administrativa N° 270-2016-CE-PJ de fecha 19 de octubre de 2016, quedando vigente las demás disposiciones contenidas en dicho artículo. Asimismo dispuso, en su artículo segundo, el cierre de turno para el ingreso de expedientes del 1° al 6° Juzgados de Paz Letrado Permanentes de los Distritos de Surco y San Borja, Corte Superior de Justicia de Lima, hasta que se equipare la carga procesal entre estos Juzgados de Paz Letrado y el 7° y 8° Juzgados de Paz Letrado Permanentes de los mismo distritos. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 633-2016-P-CSJLI-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso, en virtud al acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo Distrital de esta Corte Superior en sesión de fecha 27 de septiembre del año en curso, el cierre de turno del 6° Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja por el periodo de 6 meses, contados a partir de la fecha de su publicación. Que, en tal sentido, corresponde a la Presidencia de esta Corte Superior emitir el acto administrativo respectivo a fin de ejecutar lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en la Resolución Administrativa N° 312-2016-CE-PJ. Por lo expuesto, y en ejercicio de la facultad conferida por el inciso 3) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial: SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Administrativa N° 633-2016-P-CSJLI/PJ, de fecha 10 de octubre de 2016. Artículo Segundo.- CUMPLASE lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 312-2016-CE-PJ, de fecha 30 de noviembre de 2016. Artículo Tercero.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero y segundo de la Resolución Administrativa N° 312-2016-CE-PJ; asimismo informe sobre el cumplimiento de lo ordenado en la citada resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación de Informática lleve a cabo la adecuación del Sistema Integrado Judicial (SIJ) para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 312-2016-CE-PJ, asegurando la operatividad de los módulos informáticos, realizando un

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan Secretario General de la Sunarp
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 344-2016-SUNARP/SN Lima, 13 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 232-2012-SUNARP/ SN de fecha 24 de agosto 2012, se designó como Secretario General de la Sunarp al abogado Carlos Díaz Chunga; Que, mediante carta de fecha 13 de diciembre de 2016 el abogado Carlos Díaz Chunga pone a disposición su cargo de Secretario General de la Sunarp; Que, conforme al artículo 9°, literal j), del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Sunarp, concordado con el artículo 3° de la Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, es facultad del Superintendente Nacional designar, sancionar y remover al personal de confianza de la Sede Central; De conformidad con los literales j) y x) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia del abogado Carlos Díaz Chunga al cargo de Secretario General de la Sunarp y, disponer su retorno a su plaza de origen como abogado de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Sede Central, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar en el cargo de confianza de Secretario General de la Sunarp al abogado Napoleón Fernández Urcia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANGELICA MARIA PORTILLO FLORES Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1463408-1

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