Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2016 (07/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de enero de 2016 /

El Peruano

Artículo 7.- Delegar en el Jefe de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades y atribuciones: En materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 4092015-EF, y demás normas conexas: - Suscribir el documento en el que conste el compromiso de la entidad de priorizar, bajo responsabilidad, en la fase de programación presupuestaria los recursos necesarios para financiar el pago de los Certificados "Inversión Pública Gobierno Nacional - Tesoro Público" (CIPGN) en cada año fiscal y por todo el periodo de ejecución del proyecto de inversión, así como su mantenimiento de ser el caso. - Solicitar a la empresa privada la propuesta de estudio a nivel de factibilidad para declarar la viabilidad. - Aprobar y autorizar a la empresa privada para que inicie las actividades previstas en el documento de trabajo, en el que se indican los estudios y/o actividades diferentes a los requeridos en los estudios de preinversión o en el estudio definitivo. - Aprobar variaciones o modificaciones al proyecto durante la fase de inversión. - Remitir a Dirección General del Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Fianzas la información requerida para la emisión del CIPGN. Artículo 8.- Delegar en el Director General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades y atribuciones: En materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 4092015-EF, y demás normas conexas: Responder las cartas de intención del sector privado dirigidas al Titular de la Entidad que proponen desarrollar proyectos de inversión pública. Artículo 9.- Delegar en el Director de Planificación de Inversiones de la Dirección General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades y atribuciones: En materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 4092015-EF, y demás normas conexas: - Remitir copia de los convenios y adendas suscritos con las empresas privadas y entidades privadas supervisoras a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, así como la información que requiera y la establecida en la normatividad de la materia. - Remitir a PROINVERSIÓN los documentos requeridos por la Contraloría General de la República, en casos de encargo de procesos de selección a PROINVERSIÓN. Artículo 10.- Delegar en el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades y atribuciones: En materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 4092015-EF, y demás normas conexas: - Aprobar las especificaciones técnicas y económicas para la contratación de la entidad privada supervisora. - Aprobar las mayores prestaciones de los servicios de supervisión

- Aprobar estudios definitivos y/o expedientes de mantenimiento - Suscribir, modificar y resolver convenios de Coejecución con los Gobiernos Regionales o Locales, para la ejecución conjunta de proyectos en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - Suscribir, modificar y resolver contratos con las entidades privadas supervisoras de la elaboración de expedientes técnicos, ejecución de proyectos y/o de su mantenimiento. - Suscribir, modificar y resolver convenios con los Gobiernos Regionales o Locales, sobre proyectos de su competencia, para que el Ministerio de Educación formule y/o ejecute dichos proyectos, en el marco de la normatividad vigente de la materia. Artículo 11.- Delegar en los jefes de las Oficinas de Administración, o los que hagan sus veces, de las Unidades Ejecutoras que forman parte del Pliego 010: Ministerio de Educación, durante el año 2016, la facultad de reconocer adeudos de ejercicios presupuestales anteriores y créditos devengados, respecto de las obligaciones que les correspondan, sin intereses, en concordancia con la normativa vigente. Artículo 12.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente resolución son indelegables, y comprenden la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; mas no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones vigentes establecidas para cada caso. Artículo 13.- Disponer que el Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED realice el registro de las actuaciones de los procesos de contratación en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 409-2015-EF, en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE). Artículo 14.- Remitir copia de la presente resolución a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; así como a las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, y sus órganos, unidades orgánicas y dependencias. Artículo 15.- La presente resolución entra en vigencia el día 06 de enero de 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1330535-1

Aprueban el Plan Operativo Institucional 2016 del Pliego 010: Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 007-2016-MINEDU Lima, 6 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el numeral 71.2 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; Que, asimismo, el numeral 71.3 de dicho artículo dispone que los Planes Operativos Institucionales reflejan

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