Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2016 (14/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de enero de 2016 /

El Peruano

gestión eficaz, eficiente y con altos niveles de confianza ciudadana; y 6) Mejorar el sistema de administración de justicia para la reducción de la delincuencia; Que, de acuerdo a dicho Plan se propone, por un lado, reducir los índices de criminalidad, y, por otro lado, incrementar la eficacia de las acciones conducentes a combatir el crimen y a prevenir el delito. Entre otras variables, se propone disminuir el porcentaje de víctimas personales, la tasa de homicidios y el porcentaje de personas privadas de libertad, así como el porcentaje de reingresantes a penales. Asimismo, reducir el porcentaje de mujeres víctimas de violencia, y luchar contra la prevalencia del consumo de drogas ilegales tales como la cocaína, la marihuana, la pasta básica de cocaína (PBC), entre otros factores; Que, en ese sentido, ante la importancia que la legislación vigente le da a la seguridad ciudadana, mediante Acuerdo del Consejo Regional N° 1100-2015/ GRP-CR, de fecha 14 de enero de 2015, se encargó a la Comisión de Constitución, Normas, Asuntos Legales y Descentralización; evaluar la normativa regional y nacional para presentar una adecuada propuesta de creación de la Comisión de Seguridad y Defensa Nacional, como Comisión Ordinaria del Consejo Regional. Esto, con la finalidad que ésta realice acciones propias como Consejo Regional en los temas y/o funciones que correspondan a la Oficina creada y niveles de coordinación con el Consejo Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEG; y teniendo en consideración que con fecha 29 de diciembre de 2014, a través de la Ordenanza Regional N° 304-2015/GRPCR, se actualizó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Piura, creándose la Oficina Regional de Seguridad y Defensa Nacional, como órgano adscrito a la Alta Dirección con dependencia directa de la Gobernación Regional, estableciéndose sus funciones en el artículo 36° del mencionado documento de gestión; la cual fue modificada con Ordenanza Regional N° 333-2015/GRP-CR, que aprobó la actualización del ROF del Gobierno Regional Piura - Sede Central, Archivo Regional y de las Gerencias Sub Regionales "Morropón - Huancabamba" y "Luciano Castillo Colonna", señalándose en su artículo 43° a la Oficina Regional de Seguridad y Defensa Nacional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 01-2016, de fecha 08 de enero de 2016, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA COMISIÓN ORDINARIA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL DEL CONSEJO REGIONAL Artículo Primero.- Crear la Comisión Ordinaria de Seguridad y Defensa Nacional del Consejo Regional, a fin de que ésta realice acciones propias como Consejo Regional en los temas y/o funciones que correspondan a la Oficina Regional de Seguridad y Defensa Nacional, así como coordinación con el Consejo Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEG. Artículo Segundo.- Modificar el artículo 111° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 212-2011/GRP-CR, a fin de incluir la Comisión de Seguridad y Defensa Nacional como Comisión Ordinaria del Consejo Regional, correspondiéndole pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional en las funciones propias de Seguridad y Defensa Nacional conforme a las normas regionales y nacionales de la materia. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los ocho días del mes de enero del año dos mil dieciséis. ELIGIO SARANGO ALBUJAR Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los catorce días del mes de enero del año dos mil dieciséis. REYNALDO HILBCK GUZMÁN Gobernador del Gobierno Regional Piura 1333265-1

Autorizan viaje de Gobernador Regional y funcionarios a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1211-2016/GRP-CR Piura, 8 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 11° señala que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios; Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente, no siendo obligatoria la publicación de dicha autorización; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N° 212-2011/GRP-CR del 12 de setiembre de 2011, en su artículo 8°, numeral 3, señala como atribución del Consejo Regional, además de las señaladas en el artículo 15° de la Ley N° 27867, el "Autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente Regional, así como a los Consejeros Regionales a salir del país en comisión de servicios (...)"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1168/RE2015, de fecha 15 de diciembre de 2015, se designa como representante ante el Directorio Ejecutivo del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza PerúEcuador al señor Reynaldo Hilbck Guzmán, Gobernador del Gobierno Regional Piura, representante de la región fronteriza, elegido por los Gobiernos Regionales; Que, el Directorio Ejecutivo del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú- Ecuador, hace participe al Gobernador Regional Piura, para que acuda como parte del Directorio a la reunión del Directorio que se llevará a cabo los días 14 y 15 de enero de 2016; cubriendo el citado Directorio, con los gastos de alojamiento, alimentación y desplazamientos internos. Asimismo con Memorando N° 014-2016/GRP-100010, de fecha 07 de enero de 2016, la Secretaría General, por encargo del Gobernador Regional, Reynaldo Adolfo Hilbck Guzmán, solicita formalmente la autorización, de viaje al exterior para atender dicha invitación, por parte del Pleno del Consejo Regional, para que conforme a sus atribuciones autorice el mismo; Que, asimismo con Oficio OFI-01-DGCI-16, de fecha 04 de enero de 2016, del Gobierno de la Provincia de Pichincha (HRyC N° 00485), pone a conocimiento la

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