Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2016 (14/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de enero de 2016 /

El Peruano

dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano. Artículo 2º.- INCORPORAR dentro de los artículos 90, 107 del Reglamento de Organización y Funciones ROF, de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por la Ordenanza Nº 281-MPC, el punto 09.2.6. Sub Gerencia de la Juventud. Que, según el Reglamento de Organización y Funciones ROF, de la Municipalidad Provincial de Cañete, ha sido aprobado con Ordenanza Municipal N° 042- 2012-MPC, Ordenanza que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Cañete, cuyo objetivo fundamental es orientar a la Municipalidad hacia una organización moderna que permita el logro de fines contemplados en la Ley Orgánica de Municipalidades,; capaz de adaptarse a los cambios y responder adecuadamente a la demanda de la comunidad, el mismo que ha sufrido diversas modificaciones a merced al proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias organización y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27958 Marco de la Gestión del Estado. Art. 90.- Los órganos de línea son los encargados de ejecutar las acciones relacionadas con la misión y objetivos de la Municipalidad y que constituyen su razón de ser tales como: desarrollo urbano y rural, los servicios públicos locales, así como seguridad ciudadana; y que se realizan en el contexto de las competencias señaladas por la Ley Orgánica de Municipalidad. 09. ÓRGANOS DE LINEA 09.1. Gerencia de obras y Desarrollo Urbano y Rural

PROPUESTA: Articulo 90.- Los órganos de línea son los encargados de ejecutar las acciones relacionadas con la misión y objetivos de la Municipalidad y que constituyen su razón de ser tales como: desarrollo urbano y rural, los servicios públicos locales, así como seguridad ciudadana; y que se realizan en el contexto de las competencias señaladas por la Ley Orgánica de Municipalidades. 09. ÓRGANOS DE LINEA 09.1. Gerencia de obras y Desarrollo Urbano y Rural (...) 09.2 Gerencia de Desarrollo social y Humano 09.2.1. Sub Gerencia de Participación Ciudadana. 09.2.2. Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Recreación. 09.2.3. Sub Gerencia de Salud y Bienestar social. 09.2.4. Sub Gerencia de programas Sociales y Alimentarios. 09.2.5. Sub Gerencia de Promoción y desarrollo de la Mujer. 09.2.6. SUB GERENCIA DE LA JUVENTUD. 09.3 Gerencia de Administración Tributaria (...) 09.4 Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental (...)

(...) 09.5 Gerencia de Transporte y Seguridad Vial 09.2 Gerencia de Desarrollo social y Humano (...) (...) 09.3 Gerencia de Administración Tributaria (...) 09.4 Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental (...) 09.5 Gerencia de Transporte y Seguridad Vial (...) 09.6. Gerencia de Desarrollo Económico, Territorial y Turístico. (...) Que, en concordancia con los citados precedentes es pertinente crear la SUBGERENCIA DE LA JUVENTUD, en la Municipalidad Provincial de Cañete, como un espacio de consulta, coordinación y concertación de la Política Local de la Juventud. Que, es necesario establecer el marco normativo que reguile la participación de los Jóvenes en el ámbito de la Provincia de Cañete, en el marco de los derechos ciudadanos de participación en el desarrollo social, económico y político de la localidad. Que, la Municipalidad consiente del rol que le compete asumir, ha rediseñado su estructura orgánica acorde con los nuevos escenarios sociales y económicos que vive el país y Provincia de Cañete, orientando su gestión hacia un enfoque funcional que fortalezca su accionar para una adecuada toma de decisiones en el marco de los objetivos institucionales. 09.6. Gerencia de Desarrollo Económico, Territorial y Turístico. (...) Art. 107.- La Gerencia de Desarrollo Social y Humano, para el cumplimento de sus funciones cuenta con las siguientes sub Gerencias (...) PROPUESTA: Artículo 107.- La Gerencia de Desarrollo Social y Humano, para el cumplimento de sus funciones cuenta con las siguientes sub Gerencias: 09.2.1. Sub Gerencia de Participación Ciudadana. 09.2.2. Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Recreación. 09.2.3. Sub Gerencia de Salud y Bienestar social. 09.2.4. Sub Gerencia de programas Sociales y Alimentarios. 09.2.5. Sub Gerencia de Promoción y desarrollo de la Mujer. 09.2.6. Sub Gerencia de la Juventud. Artículo 3.- INCORPORAR los artículos 124A, 124B, 124C, 124D al Reglamento de Organización y Funciones ROF, de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por la Ordenanza Nº 281-MPC, quedando de la siguiente Manera:

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