Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2016 (18/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Lunes 18 de enero de 2016 /

El Peruano

de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 699-2015-GRA/GR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la Primera Inscripción de Dominio en favor del Estado Peruano de tres terrenos eriazos de dominio privado siendo los siguientes: el Primero de 308,381.80 m2, el Segundo de 276,225.51 m2 y el Tercero de 309,606.19 m2 todos ubicados en el Distrito de Bella Unión, Provincia de Caravelí, Departamento de Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicadapor única vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la Región. Artículo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de Arequipa, realizará el registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitará ante la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, la inscripción del terreno materia de la presente resolución. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los treinta días del mes de diciembre del dos mil quince. Regístrese y comuníquese. JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SILVA Gerente General Regional 1334493-1

noviembre del 2012, valorizado en la suma total de S/. 1.00 Un Nuevo Sol, a favor de la Institución Educativa N° 80014 "Juan Pablo" de la ciudad de Trujillo - Región la Libertad, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993, prescribe que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional; fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; asimismo son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 2° y 4° respectivamente, establece que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal. Los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, los Gobiernos Regionales son competentes para administrar sus bienes y rentas. Asimismo, son atribuciones del Consejo Regional, autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° Inc. c) y artículo 15° Inc. i) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respectivamente; Que, la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en su artículo 9° establece que, los actos que ejecuten los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de su propiedad se rigen por lo dispuesto en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la presente Ley, así como por su Reglamento, en lo que fuere aplicable, estando obligados a remitir a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, información de los referidos bienes para su registro en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales - SINABIP; Que, el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC Unidad Ejecutora del Gobierno Regional de La Libertad, es propietario legítimo y exclusivo del vehículo bien mueble descrito en la Resolución Gerencial N° 155-2015-GRLLPRE/PECH del 04 de agosto del 2014, con un valor de S/. 1.00 Un Nuevo Sol; Que, la Directiva N° 009-2002/SBN regula el Procedimiento sobre la Donación de Bienes Muebles dados de baja del Estado, y para la aceptación de la Donación de Bienes Muebles a favor del Estado", aprobada por la Resolución Nª 031-2002/SBN, y supletoriamente por lo dispuesto por el Código Civil; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Directiva N° 001-2015/SNB "Procedimiento de Gestión de los Bienes Muebles Estatales", aprobada por Resolución N° 046-2015/SBN de fecha 03.07.2015, establece que "Los procedimientos de gestión de bienes que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la presente directiva, se concluirán con la directiva con la que se iniciaron"; Que, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido en el Artículo 39° de la citada Ley Orgánica; Que, de conformidad a lo regulado en el Artículo 15° inciso i) de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867, modificado por Ley N° 27902, establece que es atribución del Consejo Regional "Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional", ello concordado con el Artículo 15 inciso i) del Reglamento de Organización y Funciones-

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Autorizan transferencias de vehículos dados de baja del Proyecto Especial Chavimochic, en calidad de donación, a favor de institución educativa y diversas municipalidades
ACUERDO REGIONAL N° 055-2015-GR-LL/CR Trujillo, 21 de diciembre del 2015 AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA A TÍTULO GRATUITO MEDIANTE LA MODALIDAD DE DONACIÓN, DE UN VEHÍCULO - BIEN MUEBLE CAMIONETA PGG185 DADO DE BAJA DE PROPIEDAD DE PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC MEDIANTE RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 272-2012-GRLL-PRE/PECH DE FECHA 23 DE NOVIEMBRE DEL 2012, VALORIZADO EN LA SUMA TOTAL DE S/. 1.00 UN NUEVO SOL, A FAVOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 80014 "JUAN PABLO" DE LA CIUDAD DE TRUJILLO - REGIÓN LA LIBERTAD. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 21 de diciembre del 2015; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional, relativo Autorizar la Transferencia a título gratuito, mediante la modalidad de Donación, de un VEHÍCULO de bien mueble dado de baja de propiedad de Proyecto Especial Chavimochic mediante Resolución Gerencial N° 272-2012-GRLL-PRE/PECH de fecha 23 de

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