Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2016 (22/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de enero de 2016 /

El Peruano

Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; concordante con el artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, y según lo dispuesto en el numeral 38.2) del Artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, cada 2 (dos) años, las entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular; sin embargo, podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten. El plazo se computará a partir de la fecha de la última publicación del mismo; Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme al literal a) de artículo 15°; artículo 36°, literal a) del artículo 37° y artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las leyes N°s. 27902, 28013, 28013, 28926, 28961,28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de diciembre de 2015. HA APROBADO SIGUIENTE: LA ORDENANZA REGIONAL

En Trujillo, a los treintiún días del mes de diciembre del año dos mil quince. DANTE ALFREDO CHAVEZ ABANTO Presidente Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a los treintiún días del mes de diciembre del año dos mil quince. LUIS A. VALDEZ FARIAS Gobernador Regional 1336021-1 DEL

GOBIERNOS LOCALES

Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 051-2010-GR-LL/CR de fecha 19 de enero 2011, que aprueba la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, compuesto de un total de (631) folios. Articulo Segundo.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional La Libertad, por implementación de la metodología de determinación de costos, de simplificación administrativa y servicios prestados en exclusividad de los procedimientos administrativos correspondientes a los órganos de la Gerencia Regional de Cooperación Técnica, la Gerencia Regional de Administración y Adjudicación de Terrenos, la Gerencia Regional de Agricultura, la Gerencia Regional de Agricultura, la Gerencia Regional de la Producción, la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, la Gerencia Regional de Salud, la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones y los proyectos especiales de Chavimochic y Proyecto especial de Camélidos Sudamericanos ­ PECASULL, el mismo que contiene 290 procedimientos administrativos de acuerdo al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR los requisitos, formularios y las tasas por derecho de trámite de los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de La Libertad, en mérito del artículo segundo de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones y normas regionales que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de La Libertad la implementación de la presente Ordenanza; y, DISPONER a la Secretaría General del Gobierno Regional velar por el adecuado y estricto cumplimiento de lo establecido en el presente Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) bajo responsabilidad. Artículo Sexto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 42° de la ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se publicarán en el portal web electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo N° 001-2009JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de La Libertad. Articulo Séptimo.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación.

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban la adecuación, modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2015-A-MDC. Cieneguilla, 15 de diciembre de 2015. VISTOS: El Informe Nº 020-2015-SGPDI-GPP/MDC, emitido por el Subgerente de Planeamiento y Desarrollo Institucional, respecto a la adecuación y modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Municipalidad. CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Nº 020-2015-SGPDI-GPP/ MDC, de fecha 14 de diciembre del año en curso, el Subgerente de Planeamiento y Desarrollo Institucional señala lo que a continuación se enuncia: - Mediante la Ordenanza N° 137-2011-MDC del 21 de julio de 2011, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 1042-MML de fecha 22 de septiembre 2011, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2011, el mismo que fue adecuado, modificado y actualizado por los siguientes dispositivos: Decreto de Alcaldía N° 001-2012-A-MDC del 17 de enero de 2012, Decreto de Alcaldía N° 003-2012-A-MDC del 13 de abril 2012, Decreto de Alcaldía N° 001-2013-A-MDC del 02 de enero de 2013, Decreto de Alcaldía N° 002-2014-A-MDC del 30 de enero de 2014, Decreto de Alcaldía N° 009-2014-A-MDC del 12 de noviembre de 2014, Decreto de Alcaldía N° 001-2015-A-MDC del 28 de enero de 2015, Decreto de Alcaldía N° 007-2015-A-MDC del 15 de Junio de 2015 y el Decreto de Alcaldía N° 009-2015-A-MDC del 14 de agosto de 2015; en cumplimiento de lo establecido en el numeral 36.3 del artículo 36° y del numeral 38.5 del artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Municipalidad no contempla en su totalidad las modificaciones efectuadas en la Ley N° 30228, Ley que modifica la Ley N° 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015MTC. Asimismo, no contempla las normas del SINAGERD y lo dispuesto en la Ley N° 30230, que modifica la Ley

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