Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2016 (22/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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DEBE DECIR:

NORMAS LEGALES

Viernes 22 de enero de 2016 /

El Peruano

(...) Resolución Nº 363-2014-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 005-2014-OSCE/CD "Procedimiento para la inscripción y renovación de inscripción de proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)"(...) 1336911-3

Artículo 4°.- Encargar al señor Miguel Ángel Martín Portilla Velazco en el cargo de confianza de Coordinación de Estudios de la Unidad Ejecutora "Inversión Pública SUNAT", con retención de su cargo de Supervisor de la citada Unidad Ejecutora. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1336881-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 240-024-0000018/SUNAT Mediante Oficio Nº 21-2016-SUNAT/1M0100 la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Intendencia Nº 240-024-0000018/ SUNAT publicada en la edición del 15 de enero de 2016. En el número de Resolución de Intendencia DICE: RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 240-024-0000018/SUNAT DEBE DECIR: RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 240-024-0000019/SUNAT 1336318-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designación, designan y encargan funciones en la Unidad Ejecutora "Inversión Pública SUNAT"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 014-2016/SUNAT Lima, 21 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el artículo 6° de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de confianza, surte efecto a partir del día de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 232-2013/SUNAT se designó a la señora Carla Paola Spetale Bojorquez en el cargo de confianza de Coordinador Legal de la Unidad Ejecutora "Inversión Pública SUNAT"; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación a que se refiere el considerando precedente y dar por concluido su vínculo laboral con la Institución; Que resulta necesario designar y/o encargar, según corresponda, a las personas que asumirán cargos en la Unidad Ejecutora "Inversión Pública SUNAT", los cuales son considerados de confianza de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N.° 204-2012/SUNAT y modificatorias, que aprueba el clasificador de cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la SUNAT; En uso de las facultades conferidas por la Ley N.° 27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, la designación de la señora Carla Paola Spetale Bojorquez en el cargo de confianza de Coordinador Legal de la Unidad Ejecutora "Inversión Pública SUNAT", dándosele las gracias por la labor realizada. Artículo 2°.- Dar por concluido el vínculo laboral con la SUNAT de la señora Carla Paola Spetale Bojorquez. Artículo 3°.- Designar a las siguientes personas en los cargos de confianza de la Unidad Ejecutora "Inversión Pública SUNAT", que a continuación se indican: Coordinación de Gestión de Proyectos MARIA CECILIA SANZ RAMIREZ Coordinación de Ejecución de Proyectos LUIS ZAMBRANO CALDERON

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Aprueban la Directiva N° 002-2015-SUNAFIL/ INPA denominada "Derechos de los ciudadanos en el Sistema Inspectivo del Trabajo"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 213-2015-SUNAFIL Lima, 31 de diciembre de 2015 VISTOS: El Memorándum N° 370-2015-SUNAFIL/ INPA de la Intendencia Nacional de Prevención y Asesoría, el Informe N° 206-2015-SUNAFIL/INII de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, el Memorándum N° 2213-2015-SUNAFIL/ILM de la Intendencia de Lima Metropolitana, y el Informe N° 171-2015-SUNAFIL/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral Sunafil, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 29981, la Sunafil desarrolla y ejecuta todas las funciones y competencias establecidas en el artículo 3 de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, en el ámbito nacional y cumple el rol de autoridad central y ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo, de conformidad con las políticas y planes nacionales y sectoriales, así como con las políticas institucionales y los lineamientos técnicos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

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