Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2016 (22/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de enero de 2016 /

El Peruano

Que, por Acuerdo N° 002.016.2015, adoptado en su Sesión Ordinaria 016-2015, el Comité Directivo del INICTEL-UNI acordó: Autorizar, el viaje en comisión de servicios de la Ing. Carmen Oriondo Gates Coordinadora de Capacitación y del Ing. Alfredo Maqui Anticona, Especialista en Capacitación para que participen en el Evento 2016 BICSI Winter Conference & Exhibition, que se realizará del 30 de enero al 05 de febrero de 2016, en la ciudad de Orlando ­ Florida, EEUU, periodo que considera días de desplazamiento, así como la adquisición de pasajes aéreos Lima ­ Orlando ­ Lima, asignación de viáticos (alojamiento, alimentación y transporte local) y seguro de viaje conforme el marco normativo de la Ley de Presupuesto y previa verificación de disponibilidad presupuestal con cargo al ejercicio 2016, y en ese sentido, se remita la documentación pertinente al Pliego, para la emisión de la Resolución Rectoral correspondiente; Que, mediante Informe N° 006-2016-INICTEL-UNIOPP de 08 de enero de 2016, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, informa que el requerimiento de recursos para la participación de los dos profesionales en el Evento Anual 2016 BICSI Winter Conference & Exhibition podría ser financiado con cargo a la actividad "Gestión de Capacitación y Transferencia Tecnológica", meta 0018 y por la fuente recursos ordinarios; mediante modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, entre específicas de gastos, recomendando a la Dirección Ejecutiva autorizar la disponibilidad presupuestal hasta por un monto total de S/. 28,650 soles por la fuente Recursos Ordinarios, destinados a financiar los gastos de la participación en el Evento mencionado; Que, la Directiva Nº 006-2009-INICTEL-UNI-DE "Procedimientos para la Programación, autorización y rendición de cuentas por viajes en Comisión de Servicios del INICTEL-UNI, señala en su numeral 6.2.2 que las comisiones del servicio al exterior que irroguen gastos al presupuesto del INICTEL-UNI, serán autorizadas por Resolución del Titular del Pliego y se publicarán en el diario oficial "El Peruano", antes del inicio de la comisión de servicios; De conformidad con lo previsto en el artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de la Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, en vía de excepción, el viaje en Comisión de Servicios de la Ing. Carmen Evarista Oriondo Gates ­ Coordinadora de Capacitación y del Ing. Alfredo Luis Maqui Anticona ­ Especialista en Capacitación del INICTEL-UNI, a la ciudad de Orlando ­ Estados Unidos, del 30 de enero al 05 de febrero de 2016, para que participen en el Evento Anual 2016 BICSI Winter Conference & Exhibition. Artículo Segundo.- Otorgar a la Ing. Carmen Evarista Oriondo Gates ­ Coordinadora de Capacitación y al Ing. Alfredo Luis Maqui Anticona ­ Especialista en Capacitación, el equivalente en nuevos soles del total de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que irroguen su participación en la comisión de servicios referida en los considerandos de la presente Resolución, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de quince (15) días, al término de la referida comisión:
Meta Cadena de Gasto 0018 0018 0018 0018 2.3.2.1.1.1 2.3.2.1.1.2 2.3.2.6.3.4 2.3.2.7.11.99 FF R.O. R.O. R.O. R.O. Concepto Pasajes y Gastos de Transporte Viáticos y asignaciones por comisión de servicios Otros seguros personales Servicio Diversos Total Monto S/. 7,700.00 14,700.00 300.00 5,950.00 28,650.00

de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la comisión. Artículo Quinto.- Disponer que la Oficina de Administración del INICTEL-UNI publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los recursos de dicha Unidad Ejecutora. Artículo Sexto.- Dar cuenta al Comité Directivo del INICTEL-UNI. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector ARMANDO BALTAZAR FRANCO Secretario General 1336789-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Precisan disposiciones sobre la inscripción que los partidos políticos pueden realizar de sus candidatos al Congreso de la República
RESOLUCIÓN N° 0041-2016-JNE Lima, dieciocho de enero de dos mil dieciséis VISTA la Resolución N° 0327-2015-JNE, del 24 de noviembre de 2015 y publicada en el diario oficial El Peruano el 22 de diciembre de 2015. CONSIDERANDOS A través del artículo primero de la Resolución N° 0305-2015-JNE, del 21 de octubre de 2015, publicada en el diario Oficial El Peruano el 23 de octubre de 2015, se aprobó el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales y de Representantes ante el Parlamento Andino, cuyo artículo 31, numeral 31.4 dispuso que, las organizaciones políticas de conformidad con el porcentaje establecido en la Ley N° 28094, Ley de Partidos Políticos, designen directamente a sus candidatos; para ello, la agrupación política debe considerar que el cálculo para determinar dicho porcentaje se realiza sobre la base del número de candidatos previsto por cada distrito electoral. Posteriormente, a través de la Resolución N° 03272015-JNE, se estableció que, excepcionalmente, los partidos políticos y alianzas electorales podrían distribuir el porcentaje de libre designación de los candidatos para el Congreso de la República, sobre la base del número total de los candidatos que deben presentar, esto es, ciento cuarenta (140), de los cuales se elegirán ciento treinta (130) representantes, conforme lo dispone el artículo 90 de la Constitución Política del Perú. En dicha oportunidad, se estableció que para acceder a este mecanismo excepcional, el personero legal nacional de las organizaciones políticas debía ingresar y grabar, en acto único, en el Sistema de Registro de Personeros, Candidatos y Observadores Electorales (PECAOE), los ciento cuarenta (140) candidatos, con indicación del distrito electoral por el cual postula cada uno, especificando si ha sido elegido o designado directamente. Con posterioridad a dicho registro y siempre que se encuentre dentro del plazo previsto en las normas, solo se podrá cambiar al candidato, pero no el distrito electoral por el cual postula ni tampoco la condición de elegido o designado directamente, tal como se estableció en la Resolución N° 0305-2015-JNE. Es importante mencionar que en las Elecciones Generales del año 2011, el Jurado Nacional de Elecciones emitió disposiciones similares a las actuales, tal como se puede constatar en las Resoluciones N° 5004-2010-JNE, y N° 5007-2010-JNE, del 27 de diciembre de 2010, a través de las cuales se aprobó el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos y el porcentaje de

Artículo Tercero.- Los gastos señalados en el artículo anterior serán financiados de acuerdo al detalle contenido en el cuadro precedente y afectado a la Meta antes señalada. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje la Ing. Carmen Evarista Oriondo Gates - Coordinadora de Capacitación y Ing. Alfredo Luis Maqui Anticona ­ Especialista en Capacitación, deberán presentar ante el Comité Directivo

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