Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2016 (22/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de enero de 2016 /

El Peruano

Es competencia del Jurado Nacional de Elecciones, entre otras, fiscalizar la legalidad de la elaboración de los padrones electorales, luego de su actualización y depuración final previa a cada elección, a tenor de lo dispuesto en los artículos 176 y 178 de la Constitución Política del Perú, con el fin de asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica de los ciudadanos. El artículo 201 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante LOE), establece que el Reniec remite el padrón electoral actualizado al Jurado Nacional de Elecciones, con noventa días de anticipación a la fecha de los comicios, para que este órgano colegiado lo apruebe dentro de los diez días siguientes de su recepción, y de no hacerlo al vencerse este plazo, el padrón electoral queda automática y definitivamente aprobado. Resultados de la labor de fiscalización del padrón electoral 2. Conforme se desprende del Informe N° 004-2016-MEVP-DNFPE/JNE de la DNFPE, de fecha 19 de enero de 2016, tras analizar el padrón depurado remitido al Jurado Nacional de Elecciones el 18 de enero de 2016, se observó que fueron excluidos en total 456 ciudadanos fallecidos (67 respecto de la lista del padrón inicial y 389 del padrón remitido el 11 de enero de 2016). Asimismo, se verificó la existencia de los 55 archivos de imágenes de fotografías y firmas digitalizadas que habían sido identificados como faltantes. En consecuencia, la DNFPE concluye que el padrón electoral se encuentra expedito para su aprobación. 3. En vista de ello, este órgano colegiado procede a aprobar el padrón electoral para las Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2016, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 201 de la LOE. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el uso del padrón electoral elaborado y remitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para el proceso de Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2016, convocado mediante el Decreto Supremo N° 080-2015-PCM para el 10 de abril de 2016, que comprende al siguiente número de electores: CANTIDAD DE ELECTORES TOTAL DE ELECTORES EN EL TERRITORIO NACIONAL TOTAL DE ELECTORES QUE RESIDEN EN EL EXTRANJERO TOTAL DE ELECTORES 22 017 030 884 924 22 901 954

JURADOS ELECTORALES ESPECIALES
Disponen inscribir y publicar la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentada por el Partido Político "Perú Posible"
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 1 RESOLUCIÓN N° 002-2016-JEE-LC1/JNE Sumilla: INSCRIBIR y PUBLICAR la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por la Organización Política ­ Partido Político "PERÚ POSIBLE", presentada por su Personero Legal Titular, Dioscrider Félix Coz Chuquiyauri. EXPEDIENTE N.° 050-2016-032 Jesús María, 20 de enero de 2016 VISTO: expediente que contiene la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentada en fecha 10 de enero de 2016 por la Organización Política ­ Partido Político "PERÚ POSIBLE", debidamente representado por su Personero Legal Titular, Dioscrider Félix Coz Chuquiyauri, en el marco de las Elecciones Generales del año 2016; y (...) Por las consideraciones expuestas, este Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, en uso de sus atribuciones, conferidas por los artículos 44° y 47° de la Ley Orgánica de Elecciones y 35° y 36° de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- INSCRIBIR y PUBLICAR la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por la Organización Política ­ Partido Político "PERÚ POSIBLE", presentada por su Personero Legal Titular Dioscrider Félix Coz Chuquiyauri, con el objeto de participar en las Elecciones Generales del año 2016, conforme al siguiente detalle: Fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias NOMBRES Y APELLIDOS PRESIDENTE Sr.(a) ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE DNI 08774976

Artículo Segundo.- REMITIR a la Oficina Nacional de Procesos Electorales los medios técnicos entregados por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, los cuales contienen el padrón electoral aprobado. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General (e) 1336833-3

VICEPRESIDENTES Sr.(a) FERNANDO MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO 06249396 Sr.(a) MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND 10308752 Artículo Segundo.- PUBLICAR la síntesis de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, bajo responsabilidad funcional de conformidad lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2° de la Ley N.° 29091. Artículo Tercero.- REMITIR la presente resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima Centro. Artículo Cuarto.- TENER por consignado el domicilio procesal señalado por el Personero Legal de la Organización Política ­ Partido Político "PERÚ POSIBLE", mediante Oficio N° 007-2016-PLT/PP de fecha 15 de enero de los corrientes, la misma que se encuentra dentro del Radio Urbano determinado por éste Jurado Electoral Especial, mediante Resolución N° 01-2015-JEE-LC1/JNE de fecha 01 de diciembre de 2015, sito en Av. Faustino Sánchez Carrión (Ex Pershing) N° 601- Jesús María; Debiéndose NOTIFICAR la presente resolución, a su Personero Legal Titular Dioscrider Félix Coz Chuquiyauri, en el domicilio procesal antes señalado, así como en el

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