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577143 NORMAS LEGALES Jueves 4 de febrero de 2016 El Peruano / TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan a la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral a regular normativamente en materia de Normalización y Certificación de Competencias Laborales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 025-2016-TR Lima, 3 de febrero de 2016 VISTOS: El Ofi cio N° 001-2016-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Informe Técnico N° 019- 2015-MTPE/3/19.2 de la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, y el Informe Nº 200-2016-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo establece como área programática de acción del Sector, la normalización y certifi cación de competencias laborales, entre otras; y conforme al artículo 5, ejerce competencia exclusiva y excluyente para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales sobre dicha materia, respecto de otros niveles de gobierno y en todo el territorio nacional; Que, conforme al artículo 1 del Decreto Supremo N° 002-2010-TR, se aprueba la Matriz de Delimitación de Competencias y Asignación de Funciones de los Sectores Trabajo y Promoción del Empleo, en los tres niveles de gobierno, constando como una de las competencias del Sector, la Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y como uno de los procesos esenciales, la Formación Profesional y Desarrollo de los Recursos Humanos; estableciendo como una de sus atribuciones normativas del gobierno nacional, formular las normas nacionales y sectoriales, lineamientos técnicos, directivas, mecanismos y procedimientos en materia de formación profesional en lo que refi ere a normalización y certifi cación de competencias laborales, dentro del marco de sus competencias; Que, de acuerdo al artículo 72 del Decreto Supremo N° 004-2014-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, órgano de línea del Sector, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas públicas, entre otras, en materia de normalización y certifi cación de competencias laborales; y, en el marco de dichas políticas del Sector, emitir las normas, lineamientos técnicos, mecanismos y procedimientos de ámbito nacional y sectorial, relacionados con la materia en mención; Que, según informe técnico de vistos, se advierte que el desarrollo de procesos o procedimientos relacionados con la materia de normalización y certifi cación de competencias laborales se viene desarrollando, en aplicación a lo dispuesto en las Resoluciones Ministeriales N°s. 026-2010-TR y 161-2010-TR, con las cuales se dispuso los criterios del proceso de certifi cación de competencias laborales y aprobación de protocolos para el desarrollo del indicado servicio de certifi cación, a cargo del Programa Revalora Perú, en esa oportunidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2011- TR se crea el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “VAMOS PERU”, cuya denominación ha sido modifi cada por Decreto Supremo N° 003-2015-TR a Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “IMPULSA PERÚ”, con una estructura organizacional y funcional diferente a las obligaciones de los Programas anteriores; Que, los criterios actualmente utilizados para los procesos de certifi cación de competencias laborales, así como los protocolos para la autorización de centros de certifi cación y el proceso de certifi cación y evaluación de competencias laborales, requieren ser actualizados; por lo que, con la fi nalidad de lograr una mayor celeridad, efi ciencia y efi cacia en el cumplimiento de los objetivos de la materia antes mencionada, corresponde ordenar la revisión y actualización de la normativa vigente al órgano de línea competente; Que, estando a lo anteriormente señalado y considerando las competencias atribuibles a la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, conforme se encuentra previsto en la Ley N° 29381 y su Reglamento, corresponde autorizar al mencionado órgano de línea a emitir y aprobar directivas, lineamientos técnicos, mecanismos y procedimientos de ámbito nacional y sectorial, así como establecer criterios, para los procesos de certifi cación de competencias laborales, autorización de centros de certifi cación y procesos de certifi cación y evaluación de competencias laborales, en relación con la materia, normalización y certifi cación de competencias laborales; Con las visaciones del Viceministro (e) de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización para regular normativamente en materia de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales Autorícese a la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, de acuerdo a sus atribuciones y competencias, emitir y aprobar directivas, lineamientos técnicos, mecanismos, procedimientos y criterios de ámbito nacional y sectorial para los procesos de certifi cación de competencias laborales y autorización de centros de certifi cación y evaluación de competencias laborales. Asimismo, autorícese a dicha Dirección General a dejar sin efecto disposiciones contrarias a las que ésta apruebe en aplicación de la autorización otorgada por la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- De la Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1341691-1 Designan Ejecutor Coactivo de la Sub - Gerencia de Recaudación y Mercadeo - Gerencia Departamental Ica (Se publica las siguientes resoluciones a solicitud del Seguro Social de Salud EsSalud, mediante Carta Nº 143-SG-ESSALUD-2016, recibida el 3 de febrero de 2016) RESOLUCIÓN Nº 097-GDIC-ESSALUD-99 Ica, 4 de mayo de 1999