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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (10/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 5

577583 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2016 El Peruano / Designan al Viceministro de Políticas Agrarias, como representante alterno del Ministerio, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial “Perú APEC 2016” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0036-2016-MINAGRI Lima, 8 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 024-2016-PCM, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial “Perú APEC 2016”, de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyo objeto es coordinar y facilitar el desarrollo de los asuntos relacionados con la agenda temática que le corresponde conducir al Perú en su calidad de economía sede del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífi co (APEC); Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 3 de la mencionada Resolución Suprema, el referido Grupo de Trabajo está conformado, entre otros, por el Ministro de Agricultura y Riego en calidad de representante titular y uno alterno que conforme al artículo 4, debe ser designado mediante resolución ministerial; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Viceministro de Políticas Agrarias, como representante alterno del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial “Perú APEC 2016”, creado por la Resolución Suprema Nº 024-2016-PCM. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial “Perú APEC 2016”, así como al representante alterno designado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1343157-2 Otorgan licencia a Director Ejecutivo de PROVRAEM para su participación en las Elecciones Generales del día 10 de abril de 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0042-2016-MINAGRI Lima, 8 de febrero de 2016 VISTO: El pedido presentado por el señor Ingeniero Orlando Fidel Sulca Castilla, Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM, para que se le otorgue licencia sin goce de remuneraciones para que participe como candidato al Congreso de la República, en las Elecciones General del año 2016; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 114 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modifi cado por la Ley N° 27376, “Están impedidos de ser candidatos los comprendidos en el Artículo 10 de esta Ley, así como los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la cual debe serles concedida 60 (sesenta) días antes de la fecha de las elecciones. (…)”; Que, mediante el documento del Visto, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM, solicita se le otorgue licencia sin goce de remuneraciones para participar en las Elecciones Generales, convocadas mediante Decreto Supremo N° 080-2015-PCM, a realizarse el día domingo 10 de abril de 2016; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 114 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modifi cado por la Ley N° 27376; la Resolución N° 0286-2015- JNE; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar, a partir del 10 de febrero de 2016, licencia sin goce de remuneraciones al señor Ingeniero Orlando Fidel Sulca Castilla, Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM, por el período de sesenta (60) días, para su participación en las Elecciones General convocadas para el día 10 de abril de 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1343544-1 Encargan funciones de Director Ejecutivo de PROVRAEM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0043-2016-MINAGRI Lima, 8 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0038-2016-MINAGRI, de fecha 08 de febrero de 2016, se otorgó, a partir del 10 de febrero de 2016, licencia sin goce de remuneraciones al señor Ingeniero Orlando Fidel Sulca Castilla, Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM, por el período de sesenta (60) días, para su participación en las Elecciones General convocadas para el día 10 de abril de 2016, mediante el Decreto Supremo N° 080- 2015-PCM; Que, en consecuencia, es necesario formalizar la encargatura de las funciones de Director Ejecutivo del referido Proyecto Especial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar, a partir del 10 de febrero de 2016, al señor Yordan Américo Baldoceda Ponce, actual Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, las funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM, por el período de sesenta