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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (10/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 14

577592 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2016 / El Peruano Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales del Sector Defensa para el AF - 2016, elaborado por la Dirección General de Política y Estrategia, conforme se aprecia del Informe Técnico N° 005-2015-DGEPE/DPESDN en el que emite opinión favorable y se precisa que la propuesta ha sido elaborada conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM; Que, estando a lo recomendado por la Dirección General de Política y Estrategia y con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM que defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional y el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales del Ministerio de Defensa, para el AF - 2016, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Política y Estrategia es la encargada de realizar la evaluación semestral y anual de la presente Matriz; para lo cual, los Órganos, Organismos Públicos y Empresas del Sector Defensa inmersos en su cumplimiento, remitirán la evaluación de su ejecución, a más tardar a los diez (10) días útiles de culminados los semestres correspondientes. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial sea publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y la Matriz a que se refi ere el artículo 1, sea difundida en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www. mindef.qob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1343535-1 ECONOMIA Y FINANZAS Ratifican a representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP ante el Consejo Normativo de Contabilidad CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD RESOLUCIÓN Nº 001-2016-EF/30 Lima, 4 de febrero de 2016 VISTO: El documento Nº GG-032/16 del 25 de enero de 2016 de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad señala como conformantes del Sistema Nacional de Contabilidad a la Dirección General de Contabilidad Pública, el Consejo Normativo de Contabilidad, las ofi cinas de Contabilidad o quien haga sus veces para las personas jurídicas de derecho público y de las entidades del sector público, y a las ofi cinas de contabilidad, o quien haga sus veces para las personas naturales o jurídicas del sector privado; Que, el artículo 8º de la precitada norma legal señala que el Consejo Normativo de Contabilidad es integrado por un representante de cada una de las siguientes instituciones: Banco Central de Reserva del Perú, Superintendencia del Mercado de Valores, Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Instituto Nacional de Estadística e Informática, Dirección General de Contabilidad Pública, Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del País a propuesta de la Asamblea Nacional de Rectores, cuya representación se encuentra vigente conforme a los dispuesto en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, y Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 28708, cada una de las entidades conformantes del Consejo Normativo de Contabilidad, propondrán, ante el Presidente del Consejo Normativo de Contabilidad, una terna de profesionales, entre los cuales se designará a su representante por un periodo de tres (3) años, pudiendo ser designado por otro periodo igual, a propuesta de la entidad correspondiente; Que, a través del documento de Vistos, el Gerente General de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, propone al presidente del Consejo Normativo de Contabilidad ratifi car por un nuevo periodo de tres años (3), al señor CPC. Carlos Ruiz Hillpha; y Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9º inciso b) de la Ley Nº 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ratifi car al señor CPC. CARLOS RUIZ HILLPHA, como representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP ante el Consejo Normativo de Contabilidad por un periodo de tres (3) años. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ARTURO PAJUELO RAMÍREZ Presidente 1343454-1 EDUCACION Designan Directora de la Dirección de Saneamiento Físico Legal y Registro Inmobiliario de la Dirección General de Infraestructura Educativa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2016-MINEDU Lima, 9 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 024-2016-MINEDU se renovó el encargo de funciones de Director de la Dirección de Saneamiento Físico Legal y Registro Inmobiliario de la Dirección General de Infraestructura Educativa, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, a la señora MARLENE ISABEL VIZCARRA GALLARDO, Especialista del Ministerio de Educación, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo; Que, se ha visto por conveniente designar al funcionario que ejercerá el cargo de Director de la Dirección de Saneamiento Físico Legal y Registro Inmobiliario, siendo necesario dejar sin efecto el referido encargo funciones; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;