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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (13/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 109

578079 NORMAS LEGALES Sábado 13 de febrero de 2016 El Peruano / y Funciones de los Cementerios Municipales de Carabayllo. Segunda.- La Municipalidad destinará el 5% de la capacidad del Cementerios Municipales a fi n de ser destinados a entierros gratuitos para la gente de escasos recursos económicos, previa comprobación de su condición social y económica por parte de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano, a través de la Sub Gerencia de la Mujer, DEMUNA, OMAPED y Adulto Mayor. El encargado de la administración de los cementerios municipales deberá informar a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano si de la totalidad de sepulturas existentes, se ha cubierto el 5% de estas, a fi n de evitar cesiones gratuitas indebidas que atentan contra el patrimonio municipalidad. Tercero.- Establecer que se encuentra prohibida la venta ambulatoria de fl ores, alimentos. Bebidas u otros similares al interior de los cementerios, con excepción de las autorizaciones que se otorguen para la venta en instalaciones especialmente acondicionadas para tal fi n y que se encuentren en áreas externas al cementerio. Cuarto.- Las funciones que desempeñan los trabajadores de los cementerios municipales se regulan en su manual de Organizaciones y Funciones. Quinto.- Facultar al Alcalde para regular los aspectos concretos de la administración de los cementerios y la formalización de las cesiones en uso hasta antes del año 2012 mediante Decreto de Alcaldía. Sexto.- Al presente Reglamento se deberá aplicar las disposiciones de la Ley N° 26298-Ley de Cementerios y Servicios Funerarios y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 03-94-SA. Artículo Segundo: Derogar la Ordenanza N° 276- 2012/MDC – Ordenanza que Aprueba el Reglamento de Administración y Funciones de los Cementerios Municipales de Carabayllo. Artículo Tercero: Encargar a la Gerencia de Secretaría General, disponga la publicación de la presente Ordenanza en el diario Ofi cial “El Peruano”, conforme a Ley, así como en el Portal de la Pagina Web de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde ANEXO 1 CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN CEMENTERIOS Infracción y/o Sanción Factor de la aplicación de la UIT S/. 3800.00 Medida complementaria % Monto (nuevos soles) GERENCIA DE LA MUJER Y DESARROLLO HUMANO Ofi cina de Administración de Cementerios Construcción de Nichos Construir nichos sin la autorización Municipal; a partir de la fecha. 30% de la UIT 1,140.00 - Paralización de la construcción. - Demolición. Construir nichos sin la autorización Municipal, hasta antes de la promulgación de la Ordenanza. 20% de la UIT 760.00 - Recuperación de posesión de áreas de uso público. - Demolición. Construir nichos sin respetar las medidas correspondientes. 10% de la UIT 380.00 - Demolición. Traspaso de la autorización de construcción de Nicho y/o de nicho construido 50% de la UIT 1,900.00 - Recuperación de posesión de áreas de uso público. Abandono de nichos construidos 50% de la UIT 1,900.00 - Recuperación de posesión de áreas de uso público. - Demolición. Realizar construcciones, modi¿ caciones, o mejoras de los nichos o tumbas sin autorización. 10% de la UIT 380.00 - Retiro y/o Demolición INHUMACIONES Realizar inhumaciones sin autorización, a partir de la fecha 100 % de la UIT 3,800.00 - Denuncia policial Realizar inhumaciones sin autorización, hasta antes de la promulgación de la Ordenanza. 30% de la UIT 1,140.00 Realizar traslados de cadáver sin autorización (exhumar y trasladar sin autorización) 100% de la UIT 3,800.00 - Denuncia policial ORDENANZA MUNICIPAL Nº 220 – A – Erradicación del Dengue Incumplimiento de la Ordenanza Nº 220 – colocando recipientes con agua al interior de los cementerios 5% de la UIT 190.00 - Eliminación de los recipientes con agua Incumplimiento de la Ordenanza Nº 220 – Venta de agua y/o recipientes con agua al interior de los cementerios o en los alrededores con ¿ nes de colocarlos en las tumbas o nichos 10% de la UIT 380.00 -Decomiso de recipientes: cilindros, baldes, botellas y otros que posibiliten la venta de agua MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Ordenanza que crea el programa de inducción a la presentación de la Declaracion Jurada “Chaclacayo Regularizate 2016” ORDENANZA Nº 339-MDCH Chaclacayo, 28 de enero de 2016. 1344093-1 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chaclacayo, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; VISTO: El Informe N° 015-2016-MDCH-GAJ, de la Gerencia de asesoría Jurídica; Informe N°003-2016- GATYR/MDCH, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 195º numeral 4) y el artículo 74º de la Constitución Política del Perú en