Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2016 (13/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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NORMAS LEGALES

Sábado 13 de febrero de 2016 /

El Peruano

Segunda.- FACULTAR al Alcalde a dictar las disposiciones complementarias necesarias, mediante Decreto de Alcaldía para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales, Unidad de Tecnología de la información y comunicaciones, en lo que cada uno les corresponde según sus atribuciones. Cuarta.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación el diario oficial El Peruano; y a la Unidad de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional de la entidad (www. munichaclacayo.gob.pe), conforme a ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID APONTE JURADO Alcalde 1344500-2

Artículo 2.- ESTABLECER como incentivos por el pago oportuno de los arbitrios municipales a favor de los contribuyentes que no tengan deuda por arbitrios municipales de años anteriores al 2016, los siguientes: a) Descuento del 10% si cancela el total anual de los arbitrios municipales hasta el vencimiento de la primera cuota (29 de febrero del 2016). b) Descuento del 5% si cancela los arbitrios municipales dentro de cada vencimiento establecido. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera- FACULTAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue las fechas de vencimiento o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicación. Segunda.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y Unidad de Tecnología de la información y comunicaciones, según corresponda sus funciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID APONTE JURADO Alcalde 1344500-3

Ordenanza que establece el cronograma de pago e incentivos por pago oportuno
ORDENANZA MUNICIPAL N°341-MDCH Chaclacayo, 28 de enero del 2016 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chaclacayo, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; VISTO: El Informe N° 014-2016-MDCH-GAJ, de la Gerencia de asesoría Jurídica; Informe N°003-2016GATYR/MDCH, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 300, aplicable para el presente ejercicio según la Ordenanza N° 312, que aprueba el Régimen de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016, establece un beneficio de pronto pago, que se encuentra condicionado solo al pago del arbitrio y con vigencia hasta el 28 de febrero del 2016. Que, es política de esta Gestión incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los administrados de sus obligaciones tributarias, en tal sentido, resulta necesario conceder incentivos a los contribuyentes que encontrándose al día en el pago de sus arbitrios municipales quieran cancelar el total de los arbitrios municipales dentro de plazo de vencimiento de la primera cuota; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º, así como el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se expide la siguiente; ORDENANZA QUE ESTABLECE EL CRONOGRAMA DE PAGO E INCENTIVOS POR PAGO OPORTUNO Artículo 1.- APROBAR las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales: PAGO AL CONTADO: VENCIMIENTO EL 29 DE FEBRERO IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES (Pago Fraccionado) Primera Cuota 29 de febrero Enero, Febrero y Marzo 29 de Segunda Cuota 31 de mayo Abril, Mayo y Junio febrero Tercera Cuota 31 de agosto Julio, agosto y 31 de mayo Cuarta Cuota 30 de Setiembre 31 de agosto noviembre Octubre, Noviembre y 30 de Diciembre noviembre

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Ordenanza que modifica e incorpora artículos a la Ordenanza N° 482-MDJM, que aprobó el Programa de Beneficios para el Vecino puntual de Jesús María
ORDENANZA N° 487-MDJM Jesús María, 2 de febrero del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE JESÚS MARÍA; VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; con dispensa del pase a Comisiones de conformidad con el artículo 40º del Reglamento Interno del Concejo; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 482-MDJM, se aprobó el Programa de Beneficios para el Vecino Puntual de Jesús María, con la finalidad de promover y reconocer el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los vecinos del distrito; Que, la norma precitada, en el art. 7°, dispone el descuento del 30% y 20% respectivamente, para el vecino pensionista que realice el pago de sus obligaciones tributarias con la municipalidad, de forma anual o semestral; Que, es política de la actual gestión, brindar las facilidades a los vecinos pensionistas de nuestro distrito, por lo cual, resulta necesario establecer una forma de pago de sus tributos acorde con las posibilidades económicas de los mismos; Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a través de su Informe N° 006-2016-MDJM/GATR, ha remitido la propuesta de Ordenanza que modifica e incorpora artículos a la Ordenanza N° 482-MDJM, la misma que fuera revisada y evaluada por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, emitiendo opinión favorable a través del Informe N° 074-2016-MDJMGAJyRC, para su aprobación; De conformidad con el art. 9º, numerales 8) y 9), así como los arts. 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:

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