Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2016 (23/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Martes 23 de febrero de 2016 /

El Peruano

evaluado por médicos especializados, ya que reúne las condiciones para evacuación internacional; Que, mediante Decreto N° 004-2016-IN-SALUDPOLGG.SEC, de fecha 9 de febrero de 2016, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, informó la aprobación del financiamiento para continuar por un período de sesenta (60) días con el tratamiento médico especializado en el extranjero del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Miguel Pedraza Zegarra, cuya primera cita está programada para el día 25 de febrero de 2016, en la Clínica UC San Diego Health International Patient Services, California, Estados Unidos de América, tratamiento que asciende a un monto total de Cuarenta y Tres Mil Seiscientos Seis con 50/100 Soles (S/ 43,606.50); debiendo cubrir la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú el costo de los pasajes del paciente, así como sus viáticos, por encontrarse en situación de actividad; Que, mediante Oficio N° 0658-2016-DINAGIDIREJADM-DIRECFIN-PNP-DIVPRE, de fecha 15 de febrero de 2016, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú informó que emitió la Certificación de Crédito Presupuestal Nº 0000000293 del 15 de febrero de 2016, que cobertura el concepto de viáticos por el tratamiento médico especializado a favor del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú en Situación de Actividad Ángel Miguel Pedraza Zegarra; Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú en Situación de Actividad Ángel Miguel Pedraza Zegarra, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redundará en su bienestar personal, así como en el institucional de la Policía Nacional del Perú, pues ello permitirá reincorporarlo en su oportunidad al servicio policial, resultando de interés institucional autorizar el respectivo viaje al exterior del país, teniendo en consideración que los gastos que irrogará dicho tratamiento por concepto de compensación extraordinaria, pasajes aéreos en clase económica (incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto) y otros, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, el artículo 13 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, establece que el Personal Militar del Sector Defensa en Situación de Actividad que contraiga una enfermedad o lesión y no logre su total recuperación por falta de tratamiento especializado en el país, podrá ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centros de Salud altamente especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal, requiriéndose previamente un peritaje médico, así como el informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada respectiva; Que, asimismo el Decreto Supremo N° 001-2009IN, hizo extensivo al personal de la Policía Nacional del Perú los alcances del acotado Decreto Supremo N° 0022004-DE, por lo que en consecuencia el personal de dicha institución que requiera tratamiento especializado podrá viajar al extranjero para obtener tratamiento médico altamente especializado, cumpliendo los correspondientes requisitos en cada caso; Que, según lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; y, De conformidad con la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo

Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo N° 001-2009-IN ; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Ángel Miguel Pedraza Zegarra, del 24 de febrero al 24 de abril de 2016, a la ciudad de California, Estados Unidos de América, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de compensación extraordinaria y pasajes aéreos en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo de la Unidad Ejecutora N° 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del interior, de acuerdo al siguiente detalle: Compensación Extraordinaria = US$ 9,612. 30 Pasajes Aéreos = US$ 1,387. 00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días, de efectuado el viaje, el personal policial mencionado en el artículo 1° deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y la compensación extraordinaria asignada. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1348287-1 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 113-2016-IN Lima, 22 de febrero de 2016 VISTOS; el Oficio N° 000027-2016/IN/VOI, de fecha 8 de enero de 2016, del Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior; y, el Memorándum Múltiple N° 48-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 13 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con el Oficio N° 000027-2016/IN/VOI, de fecha 8 de enero de 2016, el Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior, hizo de conocimiento a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, que el Ministerio de Relaciones Exteriores ha informado que el Decimosexto Periodo Ordinario de Sesiones del Comité Interamericano Contra el Terrorismo de la Organización de Estados Americanos (CICTE) se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, los días 25 y 26 de febrero de 2016, motivo por el cual solicitaron se designe a un experto que sepa de las necesidades y experiencias de su respectivo país, a fin de guiar el planeamiento de la Secretaría en cuanto a temas de terrorismo; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 41-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 13 de febrero de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía

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