Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2016 (07/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de julio de 2016 /

El Peruano

EDUCACION
Aprueban Bases del IV Concurso Nacional "Buenas Prácticas de Gestión Ambiental"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 089-2016-MINEDU Lima, 6 de julio de 2016 VISTOS, el Expediente 0058368-2016, el Informe N° 172-2016-MINEDU- VMGP-DIGEBR-LCV e Informe N° 232-2016-MINEDU-VMGP-DIGEBR-LCV de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 648-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal g) del artículo 8 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo, y se sustenta, entre otros, en el principio de conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 9 de la precitada Ley, es uno de los fines de la educación peruana, formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno; Que, a través de la Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de Educación Básica Regular", aprobada por Resolución Ministerial N° 572-2015-MINEDU, se autoriza, entre otros, el IV Concurso Nacional "Buenas Prácticas de Gestión Ambiental"; Que, mediante el Informe N° 172-2016-MINEDU- VMGPDIGEBR-LCV e Informe N° 232-2016-MINEDU-VMGPDIGEBR-LCV, la Dirección General de Educación Básica Regular sustenta la necesidad de aprobar las Bases del IV Concurso Nacional "Buenas Prácticas de Gestión Ambiental", señalando que es un concurso que se orienta a valorar y otorgar un reconocimiento a las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades de la Educación Básica, por las buenas prácticas ambientales voluntarias que emprenden para contribuir con la adaptación y mitigación ante el cambio climático; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en la Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica", aprobada por Resolución Ministerial N° 572-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases del IV Concurso Nacional "Buenas Prácticas de Gestión Ambiental", las mismas que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, Direcciones Regionales de Educación, Gerencias Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, el adecuado cumplimento de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA Viceministro de Gestión Pedagógica 1401262-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesión temporal a favor de Hidroeléctrica Doña Josefina S.A.C. para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Doña Josefina
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 257-2016-MEM/DM Lima, 23 de junio de 2016 VISTO: El Expediente N° 21370116 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Doña Josefina, presentado por HIDROELÉCTRICA DOÑA JOSEFINA S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 13438898 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante documento ingresado el 11 de enero de 2016, con Registro N° 2568448, HIDROELÉCTRICA DOÑA JOSEFINA S.A.C. presentó la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Doña Josefina, para una potencia instalada estimada de 24,4 MW, ubicada en los distritos de Yanatile y Lares, provincia de Calca, departamento de Cusco, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en el Expediente N° 21370116; Que, sobre la base de los Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 2232010-MEM/DM, se realizó el Taller Informativo el día 19 de mayo de 2016, con la participación de los representantes de HIDROELÉCTRICA DOÑA JOSEFINA S.A.C. y de las principales autoridades de la zona, con el objeto de informar a la población respecto a lo que consiste la concesión temporal de la Central Hidroeléctrica Doña Josefina; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 318-2016-MEM/DGE-DCE de fecha 03 de junio de 2016, recomendando que se otorgue la concesión temporal solicitada; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM y el código CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la concesión temporal a favor de HIDROELÉCTRICA DOÑA JOSEFINA S.A.C., que se identificará con el código N° 21370116, para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Doña Josefina con una potencia instalada estimada de 24,4 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Yanatile y Lares, provincia de Calca, departamento de Cusco, por un plazo de diez (10) meses contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 18L:

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