Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2016 (09/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de julio de 2016 /

El Peruano

a) Emitir bonos, en moneda nacional o extranjera, incluidos los ordinarios, los convertibles y los subordinados de diversos tipos y en diversas monedas, así como pagarés y demás instrumentos representativos de obligaciones. b) Adquirir, conservar y vender instrumentos representativos de capital que se negocien en algún mecanismo centralizado de negociación, e instrumentos representativos de deuda conforme las normas que emita la Superintendencia. c) Adquirir, conservar y vender acciones de las sociedades que tengan por objeto brindar servicios complementarios o auxiliares a las ECI y/o a sus subsidiarias. d) Adquirir, conservar y vender en condición de partícipes, certificados de participación en los fondos mutuos y fondos de inversión. e) Comprar, conservar y vender títulos representativos de la deuda pública, interna y externa, así como obligaciones del Banco Central. f) Comprar, conservar y vender bonos y otros títulos emitidos por organismos multilaterales de crédito de los que el país sea miembro. g) Comprar, conservar y vender títulos representativos de la deuda de gobiernos extranjeros conforme a las normas que emita la Superintendencia. h) Operar en moneda extranjera. i) Adquirir los bienes inmuebles, mobiliario y equipo necesarios para su actividad. j) Comprar, mantener y vender oro. k) Actuar como fideicomitente de fideicomisos normados por la Ley General. l) Actuar como originador en procesos de titulización de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores y las disposiciones emitidas por la Superintendencia del Mercado de Valores. m) Otras operaciones necesarias para el cumplimiento de su objeto social. Artículo 15.- Inmuebles edificados por terceros En los casos en que las ECI encarguen la construcción de inmuebles sujetos a contratos de capitalización inmobiliaria a terceros, deberán efectuar una evaluación diligente de las empresas constructoras contratadas y asumir responsabilidad en el control de los avances de las obras. Las ECI deberán solicitar al constructor las garantías necesarias para respaldar la existencia, terminación y entrega de los inmuebles que serán entregados en arrendamiento a los clientes. Asimismo, deberán definirse en los contratos las responsabilidades y/o penalidades de las empresas constructoras en caso de demora en la entrega de las obras o en caso que las obran no se finalicen. Artículo 16.- Administración del riesgo crediticio Son aplicables a las ECI las normas emitidas por la Superintendencia sobre evaluación y clasificación del deudor y exigencia de provisiones, para la gestión del riesgo crediticio, para la gestión del riesgo cambiario crediticio, para la gestión del riesgo país, para la gestión del riesgo de sobre endeudamiento de deudores minoristas, así como para el tratamiento y provisiones de los bienes adjudicados y recuperados. Artículo 17.- Contratos de financiamiento con garantía de cartera crediticia Es aplicable a las ECI el Reglamento de los Contratos de Financiamiento con Garantía de Cartera Crediticia, aprobado por la Resolución SBS Nº 1027-2001 y sus normas modificatorias. Artículo 18.- Operaciones con vinculados Es aplicable a las ECI las Normas Prudenciales para las Operaciones con Vinculados a las Empresas del Sistema Financiero, aprobadas por la Resolución SBS N° 472-2006 y su norma modificatoria. Artículo 19.- Límites globales e individuales Son aplicables a las ECI los límites señalados en el Capítulo II del Título II de la Sección Segunda de la Ley General.

Artículo 20.- Inversión en Instrumentos Negociados a Través de Mecanismos No Centralizados de Negociación Las ECI deberán sujetarse a lo dispuesto en las Normas para la Inversión en Instrumentos Negociados a Través de Mecanismos No Centralizados de Negociación aprobadas mediante la Resolución SBS N° 964-2002 y sus normas modificatorias. Artículo 21.- Información financiera Las ECI deberán registrar sus operaciones de acuerdo con el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero aprobado por la Resolución SBS N° 895-98 y sus normas modificatorias. Artículo 22.- Información complementaria Las ECI deben presentar a la Superintendencia los siguientes Anexos y Reportes: Anexo Nº 4-A - Bienes adjudicados, recuperados y restituidos Anexo N° 4-B - Información de venta, entrega en arrendamiento financiero o entrega en capitalización inmobiliaria de bienes adjudicados, recuperados o restituidos Anexo N° 5 - Informe de Clasificación de Deudores y Provisiones Anexo N° 5-A - Resumen de Provisiones Procíclicas Anexo N° 5-B ­ Informe de Clasificación de Deudores y Provisiones ­ Transferencia de Cartera Crediticia Anexo N° 5-C ­ Informe de Clasificación de la cartera transferida en fideicomiso Anexo N° 5-C' - Resumen de Provisiones Procíclicas para la cartera transferida en fideicomiso Anexo N° 5-D - Informe de Clasificación de los Deudores de la Cartera de Créditos que respaldan financiamientos o líneas de crédito Anexo N° 6 - Reporte Crediticio de Deudores Anexo N° 7-B - Medición del Riesgo de Tasa de Interés ­ Valor Patrimonial en Riesgo Anexo N° 9 - Posiciones Afectas a Riesgo Cambiario Anexo Nº 12-I - Control de Instrumentos Representativos de Capital Anexo Nº 12-II - Control de Deuda Subordinada Anexo Nº 16-A - Cuadro de Liquidez por Plazos de Vencimiento e Indicadores Anexo N° 16-B - Simulación de Escenario de Estrés y Plan de Contingencia Reporte N° 1 ­ Transferencia de Acciones de Empresas del Sistema Financiero Reporte N° 2-A1 - Activos y Contingentes Ponderados por Riesgo de Crédito ­ Método Estándar Reportes N° 2-B ­ Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgos de Mercado Reporte Nº 2-C - Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional Reporte N° 2-D - Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgos de Crédito, Mercado y Operacional y Cálculo del Límite Global a que se refiere el primer párrafo del artículo 199° y la Vigésima Cuarta Disposición Transitoria de la Ley General Reporte N° 3 ­ Patrimonio Efectivo Reportes N° 4 - Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional Reporte Nº 13 - Control de Límites Globales e Individuales aplicables a las Empresas del Sistema Financiero Reporte N° 14 - Créditos Según Días de Incumplimiento Reporte N° 19 ­ Información sobre el Grupo Económico de la Empresa Reporte N° 19-A ­ Información sobre Integrantes del Grupo Económico de la Empresa Reportes Nº 21 - Financiamientos a Vinculados a la Empresa Reporte Nº 23 - Exposición al Riesgo País Reporte N° 25 - Información de Transferencia de Cartera Crediticia, de Castigos y Condonaciones de Créditos Reporte N° 25-A - Detalle de Transferencias de Cartera Crediticia (Directos e Indirectos) Realizadas Durante el Trimestre

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