Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2016 (15/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de julio de 2016 /

El Peruano

a la población afroperuana a través de la Dirección de Políticas para Población Afroperuana, unidad orgánica encargada de formular, supervisar y evaluar de manera concertada la política pública intercultural de desarrollo de la población afroperuana; además de brindar asistencia técnica a los diferentes niveles de gobierno para la correcta implementación de las políticas a favor de dicha población. La población afroperuana, es un grupo étnico de especial protección debido a la situación de vulnerabilidad que presenta este grupo poblacional. Los datos recogidos por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en la última década; el reciente Estudio Especializado sobre Población Afroperuana, realizado por el Ministerio de Cultura y el Grupo de Análisis para el Desarrollo (GRADE) y el informe de Adjuntía de la Defensoría del Pueblo del año 2011 dan cuenta de la situación de vulnerabilidad, invisibilidad y desigualdad estructural que genera un impacto negativo en el ejercicio pleno de sus derechos y en el acceso a servicios, lo que tiene como consecuencia un proceso de estancamiento en su desarrollo integral e inclusión social. La situación de inequidad y desigualdad que enfrenta la población afroperuana se encuentra marcada por la multicausalidad, multidimensionalidad e interdependencia. En consecuencia, es imprescindible tomar medidas de política pública que respondan a estas características del problema, es decir con medidas integrales, interdependientes e intersectoriales. Sobre la base de esta evidencia, y en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y modificatorias, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, y en especial atención a lo establecido en el artículo 2, materia cuatro que indica coadyuvar en el desarrollo de la población afroperuana, el Ministerio de Cultura emprendió el primer paso para garantizar el desarrollo de la población afroperuana mediante la emisión de la Resolución Ministerial Nº 339-2014-MC que aprueba las Orientaciones para la Implementación de Políticas Públicas para Población Afroperuana, instrumento que tiene como objetivo establecer un conjunto de orientaciones básicas para guiar la política del Estado peruano con relación al desarrollo e inclusión social y el ejercicio de los derechos de la población afroperuana. El Ministerio de Cultura reconoce que para mitigar la brechas sociales que afectan a esta población, el Estado debe fortalecer el marco normativo nacional conducente a fomentar y consolidar la promoción y protección de los derechos humanos de la población afroperuana, con enfoque de género, generacional e intergeneracional. Es en este sentido que se propone el presente Plan Nacional de Desarrollo para Población Afroperuana, como respuesta del Estado peruano frente a al compromiso asumido por la Proclamación Decenio Internacional de los Afrodescendientes: Reconocimiento Justicia y Desarrollo (2015-2024) por parte de la Organización de Naciones Unidas, la Proclamación del Decenio Internacional de los Afrodescendientes por parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), y la Comunidad de Estados de América Latina y el Caribe (CELAC); documento que además se encuentra alineado al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional ­ "Plan Bicentenario", el Acuerdo Nacional, las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento, el Plan Nacional de Derechos Humanos y el Plan Nacional de Educación en Derechos y Deberes Fundamentales. PRIMERA PARTE PROCESO DE ELABORACIÓN, MARCO TEÓRICO Y ENFOQUES DEL PLANDEPA 1. Antecedentes Para la formulación de medidas de política pública específicas para la población afroperuana que se especifican en el presente documento, fue necesario llevar a cabo un proceso que implicaba, por un lado, la recopilación, generación y sistematización de evidencia

sobre la situación socioeconómica de esta población; y, por otro, el establecimiento de consensos en torno a las principales líneas que deberían orientar la atención del Estado hacia la población afroperuana en diálogo con todas aquellas políticas nacionales en las que se reconociera a la población afroperuana como un grupo de especial atención dada la particularidad de su problemática social. Es en ese sentido que la realización de un Estudio Especializado sobre Población Afroperuana (EEPA) y la aprobación del documento de Orientaciones para la Implementación de Políticas Públicas para la Población Afroperuana (OIPPPA) constituyen los principales insumos para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo de la Población Afroperuana (PLANDEPA). Primera etapa: investigación y elaboración de una propuesta inicial de Orientaciones (enero 2013 - julio 2013) Si bien desde un inicio se tuvo conciencia plena de que el diálogo y recojo de aportes de los distintos sectores del Estado y representantes de la sociedad civil constituiría un insumo fundamental y necesario para la elaboración de este plan, como punto de partida se consideró pertinente identificar, ordenar, analizar y sistematizar toda la información nacional e internacional disponible útil y relacionada con procesos de elaboración de instrumentos de gestión para el diseño de políticas públicas para el desarrollo de la población afrodescendiente en América Latina. Esto permitió contar con un documento que sirvió de base para sostener diálogos con los distintos actores involucrados a fin de brindar a estos un panorama amplio de distintos aspectos de la problemática social de la población afrodescendiente en el Perú y América Latina a tener en cuenta en un proceso de este tipo. Es así que, entre otros, se identificaron diversos documentos relevantes, tales como: · · · · · · · · · · · Constitución Política del Perú. Acuerdo Nacional. Ley Nº 26842, Ley General de Salud. Ley Nº 27270, Ley Contra Actos de Discriminación. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética y de la Función Pública. Ley Nº 28495, Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano. Ley Nº 28044, Ley General de Educación. Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura. Decreto Legislativo Nº 728, Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por el Decreto Supremo Nº 00397-TR. Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, define y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las Entidades del Gobierno Nacional. Resolución Suprema Nº 010-2009-MIMDES, expresa el Perdón histórico que ofrece el Estado al Pueblo Afroperuano por los abusos, exclusión y discriminación cometidos en su agravio y reconoce su esfuerzo en la afirmación de nuestra identidad nacional, difusión de valores y defensa del suelo patrio. Decreto Supremo Nº 01-2010-MC, aprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura. Decreto Supremo Nº054-2011-PCM, aprueba el Plan Bicentenario: el Perú hacia el 2021. Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, aprueba Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura. Decreto Supremo Nº015-2013-JUS, crea la Comisión Nacional contra la Discriminación. Decreto Supremo Nº 005-2014-JUS, aprueba el Plan Nacional de Derechos Humanos 2014-2016.

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