Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2016 (15/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 15 de julio de 2016

NORMAS LEGALES
Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016 ­ 2020

593033

2.2. Objetivo estratégico Nº 2: Garantizar el derecho a la igualdad y no discriminación de la población afroperuana. 2.3. Objetivo estratégico Nº 3: Promover el desarrollo social, político, económico, productivo y cultural de la población afroperuana con identidad e igualdad de oportunidades; 2.4. Objetivo estratégico Nº 4: Fortalecer la institucionalidad pública vinculada a la promoción y protección de los derechos de la población afroperuana promoviendo la ciudadanía, su participación y acceso a las instancias de decisión. Artículo 3.- De la ejecución y cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020 Disponer que los Ministerios, las entidades públicas, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales adopten, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para la implementación de forma progresiva del "Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020", y velen por su cumplimiento. Artículo 4.- De la Supervisión del cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020 Encargar al Ministerio de Cultura la supervisión y monitoreo del cumplimiento del "Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020", a través del Viceministerio de Interculturalidad. Artículo 5.- Del Financiamiento Los gastos que demande la aplicación de la presente norma se ejecutan con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 6.- De la Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo y su anexo, en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en los Portales Institucionales de los sectores que refrendan esta norma. Artículo 7.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Educación, el Ministro de Salud, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y la Ministra de Cultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud

VICEMINISTERIO DE INTERCULTURALIDAD Índice Presentación PRIMERA PARTE. PROCESO DE ELABORACION, MARCO TEÓRICO Y ENFOQUES DEL PLANDEPA 1. Antecedentes 2. Elaboración del Plan Nacional de Desarrollo de la Población Afroperuana (noviembre 2014 ­ junio 2015) 2.1 Proceso 2.2 Diseño Metodológico 2.3 Estructura 3. Marco teórico 3.1 Principales orientaciones teóricas que desarrolla el PLANDEPA 3.2 Definiciones operativas empleadas en el PLANDEPA 3.3 Enfoques 4. Necesidad de un PLANDEPA 4.1 Necesidad de formular políticas públicas específicas para el desarrollo de la población afroperuana 4.2 Necesidad de visibilización y reconocimiento de la población afroperuana 4.3 Necesidad de políticas públicas para la no discriminación, equidad e inclusión de la población afroperuana 4.4 Necesidad de políticas públicas para el desarrollo sostenible con identidad de la población afroperuana 4.5 Necesidad de políticas públicas para garantizar la participación de la población afroperuana en la gobernabilidad y gobernanza intercultural del país SEGUNDA PARTE. PROPUESTA DE PLAN NACIONAL DE DESARROLLO PARA POBLACIÓN AFROPERUANA 5. Determinación del modelo conceptual 5.1 Primer componente: Discriminación étnicoracial 5.2 Segundo componente: Reconocimiento de aportes al desarrollo del país 5.3 Tercer componente: Inclusión social 6. 7. 8. 9. Visión y misión Principios Rectores Objetivos estratégicos Seguimiento y monitoreo

ANEXOS Presentación DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo MAGALI SILVA VELARDE ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura El Ministerio de Cultura es el organismo gubernamental responsable, entre otras funciones, de formular, establecer e impulsar estrategias que permitan el desarrollo de los pueblos amazónicos, andinos y afroperuanos, propiciando el fortalecimiento de sus identidades étnicas, la preservación de su patrimonio cultural y el reconocimiento de sus aportes en la construcción de la nación peruana y la cultura nacional. En el marco de sus funciones y competencias, el Ministerio de Cultura atiende como población prioritaria

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.