Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2016 (10/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de junio de 2016 /

El Peruano

a) y b) del artículo 38º del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Artículo 11º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Artículo 12º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1390506-1

Aprueban transferencia de autorización a favor de persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en la localidad de Huarmey, departamento de Ancash
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 805-2016-MTC/03 Lima, 25 de mayo de 2016 VISTO, el escrito de registro Nº T-016042-2016 del 18 de enero de 2016, presentado por el señor ROBIN ERNESTO GOMEZ CORRALES, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 594-2010-MTC/03, a favor de la señora GLORIA RUBINA CUADROS CABALLERO DE HUAYANEY; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 5942010-MTC/03 del 06 de agosto de 2010, se otorgó autorización al señor ROBIN ERNESTO GOMEZ CORRALES, por el plazo de diez (10) años, que incluyó un periodo de instalación y prueba de doce (12) meses, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Huarmey, departamento de Ancash; Que, con escrito de registro Nº T-016042-2016 del 18 de enero de 2016, el señor ROBIN ERNESTO GOMEZ CORRALES solicitó la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 594-2010MTC/03, a favor de la señora GLORIA RUBINA CUADROS CABALLERO DE HUAYANEY; Que, el artículo 27 de la Ley N° 28278 ­ Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 73 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, asimismo, el artículo 27 de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74 y 76 de su Reglamento, establece las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocida la nueva titular, ésta asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante el Informe N° 1392-2016-

MTC/28, opina que se debe aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor ROBIN ERNESTO GOMEZ CORRALES por Resolución Viceministerial Nº 594-2010-MTC/03, a favor de la señora GLORIA RUBINA CUADROS CABALLERO DE HUAYANEY, y reconocer a esta última como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0212007-MTC/03; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 594-2010MTC/03 al señor ROBIN ERNESTO GOMEZ CORRALES, a favor de la señora GLORIA RUBINA CUADROS CABALLERO DE HUAYANEY, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, relacionados a dicha autorización. Artículo 2.- Reconocer a la señora GLORIA RUBINA CUADROS CABALLERO DE HUAYANEY como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 594-2010-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1390507-1

Otorgan autorización a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión comercial en localidades de los departamentos de Lima, Arequipa, Ayacucho y Huancavelica
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 811-2016-MTC/03 Lima, 25 de mayo de 2016 VISTO, el Expediente Nº 2013-067281, presentado por el señor GILBERT VICTOR CAUSTO FLORES, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Damian, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19 del Reglamento de la Ley de

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