Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2016 (10/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 10 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Constituyen la Comisión Nacional encargada del planeamiento, organización y dirección de la Transmisión del Mando Supremo 2016
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 106-2016-RE Lima, 9 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 116° de la Constitución Política del Estado, el 28 de julio de 2016 asumirá el cargo de Presidente de la República, quien resulte elegido en los comicios generales convocados en segunda elección para el 5 de junio de 2016; Que, en consecuencia, el jueves 28 y viernes 29 de julio de 2016 se realizará la Transmisión del Mando Supremo, correspondiendo al Ministerio de Relaciones Exteriores el planeamiento, la organización y la dirección de la mencionada ceremonia, Acto Oficial del Estado de acuerdo a lo establecido en el artículo 2°, inciso "e", del Decreto Supremo N° 096-2005-RE. Que, la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado es el órgano del Ministerio de Relaciones Exteriores encargado de realizar las coordinaciones con las autoridades competentes, acorde a lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 096-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Constituir la Comisión Nacional encargada del planeamiento, organización y dirección de la Transmisión del Mando Supremo 2016; Artículo 2°.- Nombrar Coordinador General de la Comisión Nacional encargada del planeamiento, organización y dirección de la Transmisión del Mando Supremo 2016 al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Manuel Cacho-Sousa Velázquez. Artículo 3°.- Nombrar Directora Ejecutiva de la Comisión Nacional encargada del planeamiento, organización y dirección de la Transmisión de Mando 2016, a la Directora de Ceremonial de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Sandra Angélica Pinto La Fuente. Artículo 4º.- La Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado efectuará en cada caso las coordinaciones con las autoridades competentes para la realización de la Transmisión del Mando Supremo 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1391146-15

Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley implementando un sistema de administración eficiente sustentado en estándares internacionales; Que, el artículo 11 de la acotada Ley señala que el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas-DIGEMID, como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, constituye requisito previo para la inscripción y reinscripción de dichos productos en el Registro Sanitario; Que, asimismo el artículo 22 de la acotada Ley dispone que las personas naturales o jurídicas públicas y privadas que se dedican para sí o para terceros a la fabricación, la importación, distribución, almacenamiento, dispensación o expendio de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, deben cumplir con los requisitos y condiciones sanitarias establecidas en el Reglamento respectivo y en las Buenas Prácticas de Laboratorio de Distribución de Almacenamiento, de Dispensación y de Seguimiento Farmacoterapéutico y demás aprobados por la Autoridad Nacional de Salud a propuesta de la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, según corresponda y contar con la certificación correspondiente en los plazos que establece el Reglamento; Que, la Directiva Administrativa Nº 165-MINSA/ DIGEMID V.01, Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros aprobada por Resolución Ministerial Nº 737-2010/MINSA, señala en el numeral 6.1 de las Disposiciones Específicas que el Ministerio de Salud como Autoridad Nacional de Salud, a través de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, otorga la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura a los laboratorios dedicados a la fabricación de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios a nivel nacional e internacional, previa auditoría para verificar su cumplimiento; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.17 de la citada directiva, en el caso de certificación de laboratorios extranjeros, estos abonarán en la cuenta del Ministerio de Salud, los montos correspondientes a la tarifa según el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, más la cantidad que se defina en una Pre Liquidación que incluya los costos de pasajes y viáticos para el personal que realizará dicha certificación; Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas en el documento de Visto, la empresa NORDIC PHARMACEUTICAL COMPANY S.A. ha solicitado la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) del laboratorio LIKA LABS LIMITED y del laboratorio THE MADRAS PHARMACEUTICALS, ubicados en las ciudades de Ankleshwar y Chennai, República de la India, respectivamente; señalando que la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) para las certificaciones señaladas, incluyendo los costos por concepto de pasajes y viáticos; Que, según lo señalado en la Nota Informativa Nº 116-2016-T-OE-OGA/MINSA, la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración ha verificado el depósito efectuado por la empresa NORDIC PHARMACEUTICAL COMPANY S.A., conforme a los Recibos de Ingresos Nºs. 94, Nº 1254 y Nº 1267, con

SALUD
Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas a la India, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 406-2016/MINSA Lima, 8 de junio del 2016 Visto, el expediente Nº 16-045341-001 que contiene la Nota Informativa Nº 244-2016-DIGEMID-DG-DEF/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de

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