Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2016 (16/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 16 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Estando a lo precedentemente expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º, numeral 3), y en concordancia con el Artículo 41º de la Ley 27972; Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de sus miembros; SE ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje de los SEÑORES REGIDORES ANDRES ABELINO ESQUIVEL ZAPATA, PERCY OSCAR DUEÑAS MANCHA Y HERNAN SARMIENTO DUEÑAS a la ciudad de Arica -- Chile para su participación en la "VII Pasantía Municipal Chileno -- Peruano", que tendrá lugar los días 16 al 19 de junio de 2016, debiendo la municipalidad sufragar los gastos de pasajes aéreos y viáticos que demande tal propósito, entre los días 16 al 20 de junio de 2016. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Municipal para que a través de la Gerencia de Administración, se dé cumplimiento al presente Acuerdo. Artículo Tercero.- DISPONER, que los señores Regidores autorizados a concurrir al evento antes mencionado informen sobre su participación al Concejo Municipal de manera oportuna Artículo Cuarto.- DISPONER, que la Oficina de Tecnología y Sistemas Informáticos publique el presente Acuerdo en la Página Web Institucional de la Municipalidad Distrital de San Sebastián (www.munisansebastian.gob. pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ANDMAR SICUS CAHUANA Alcalde 1393306-1

Autorizan viaje de Alcalde y servidores públicos para participar en evento a realizarse en EE.UU.
ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-CM-2016-MDSS-SG San Sebastián, 20 de mayo de 2016. POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de San Sebastián, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de mayo de 2016, acordó emitir el siguiente Acuerdo de Concejo Municipal; VISTO: El Proveído Nº 1695, 1696, 1697-2016 de Alcaldía, cartas s/n de fecha 13 de mayo de 2016, sobre invitación a participar del Seminario Ejecutivo de Liderazgo y Gobernanza Eficaz. "Gerencia Política: Reforma e Innovación"; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que "los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional";

Que, el Artículo 9º inciso 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario", por lo que la autorización de viaje deberá ser aprobada por el Concejo Municipal; Que, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Artículo 10º prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, señalando que la excepción a dicha regla, en el caso de los gobiernos locales, se da con la autorización mediante Acuerdo del Concejo Municipal, y que en todos los casos, la Resolución o Acuerdo de excepción es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional institucional bajo responsabilidad; Que, Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, con el que se aprueba el reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, de conformidad con el Artículo 3º de la Ley Nº 27619, prescribe que las resoluciones de autorización de viaje, deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje; Que, según la Carta del visto, The Graduate School of Political Management, The George Washington University invita al señor Alcalde Abogado Admar Sicus Cahuana, y a los servidores públicos Abogado Hugo Arturo Castro Alvarez, Gerente Municipal y Abogado Oscar Ernesto Raez Bernuy, Asesor de Alcaldía; Que, el presente Acuerdo se sustenta en la necesidad de contribuir a fortalecer la gobernabilidad institucional, trasmitiendo buenas prácticas para enfrentar los obstáculos y oportunidades del desarrollo (crecimiento, equidad, gobernabilidad democrática); Estando a lo precedentemente expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º, numeral 3), y en concordancia con el Artículo 41º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de sus miembros; SE ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al señor Alcalde Abogado ANDMAR SICUS CAHUANA, y a los servidores públicos Abogado HUGO ARTURO CASTRO ÁLVAREZ, Gerente Municipal y Abogado OSCAR ERNESTO RAEZ BERNUY, Asesor de Alcaldía, a la ciudad de Washington DC ­ Estados Unidos para que participen en representación de la Municipalidad Distrital de San Sebastián, en el "Seminario Ejecutivo de Liderazgo y Gobernanza Eficaz. Gerencia Política: Reforma e Innovación", que se realizará entre los días 25 al 29 de julio de 2016, cuyo objetivo es contribuir en el fortalecimiento de la gobernabilidad institucional. Debiendo la Municipalidad sufragar los gastos de pasajes aéreos, viáticos, derechos del curso, costo de visas y movilidades, que demande tal propósito, entre los días 25 al 29 de julio de 2016. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal para que a través de la Gerencia de Administración, se dé cumplimiento al presente Acuerdo. Artículo Tercero.- DISPONER, que la Oficina de Secretaría General publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a los señalado por el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la Oficina de Tecnología y Sistemas Informáticos publique el presente Acuerdo en la Página Web Institucional de la Municipalidad Distrital de San Sebastián (www.munisansebastian.gob. pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ANDMAR SICUS CAHUANA Alcalde 1393306-2

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