Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2016 (16/06/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

589706

NORMAS LEGALES
ACORDÓ:

Jueves 16 de junio de 2016 /

El Peruano

Municipalidad Provincial de Cañete y publicado en el Diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZAN GUZMÁN Alcalde 1393095-1

Artículo Único.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 004-2016-MDS/A emitida por la Municipalidad Distrital de Sayán, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de dicha Entidad, que consta de 172 Procedimientos Administrativos y Servicios Exclusivos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1392349-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Ratifican la Ordenanza N° 004-2016-MDS/A, que aprueba el TUPA de la Municipalidad Distrital de Sayán
ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2016/MPH Huacho, 23 de mayo de 2016 El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto; en Sesión Ordinara de Concejo Nº 09 de la fecha, el Expediente Administrativo Nº 181787 de fecha 06 de abril de 2016, a través del cual la Municipalidad Distrital de Sayán solicita la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 004-2016-MDS/A, que aprueba su Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA -; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, el tercer párrafo del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, estipula que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia. Que, mediante el documento indicado en el exordio, la Municipalidad Distrital de Sayán, solicita la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 004-2016-MDS/A de fecha 16.03.2016, a través dela cual se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA ­ de dicha entidad. Que, a través del Informe Nº 49-2016-SGDI/MPH-H de fecha 12.04.2016, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional realiza observaciones a la Ordenanza Municipal Nº 004-2016-MDS/A, por lo que, la Entidad en mención logra absolver las mismas, mediante Oficio Nº 45-2016-MDS/OGA emitida por su Oficina General de Administración de fecha 21.04.2016. Que, mediante Informe Nº 57-2016-SGDI/MPH de fecha 22.04.2016, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, manifiesta que la metodología para la obtención de las tasas tributarias de procedimientos administrativos contenidos en la Ordenanza Municipal Nº 004-2016-MDS/A, están conforme a la Ley, teniendo sólo observaciones de forma, las cuales no son obstáculos para el procedimiento de su ratificación, recomienda su validación mediante acto resolutivo correspondiente, opinión compartida por la Gerencia de Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Proveído Nº 633-2016-GAT/MPH de fecha 27.04.2016 e Informe Legal Nº 359-2016-GAJ/MPH de fecha 04.05.2016, respectivamente. Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le confieren los artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con el voto unánime de los señores miembros del Concejo Municipal;

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAMPORREDONDO
Modifican el ROF de la Municipalidad, incorporando la función de sanidad animal para la asistencia técnica en prevención y control de las enfermedades parasitarias a nivel local al área de Gerencia de Desarrollo Social y Ambiental
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 03-2016 Camporredondo, 23 de marzo de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAMPORREDONDO VISTO: El informe técnico Nº 02-2016-CPI-MDC, de fecha 21 de Marzo de 2016, donde se sustenta la necesidad de modificar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), a fin de incorporar la función de sanidad animal para la asistencia técnica en prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local al Área de GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y AMBIENTAL . CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, referida al saneamiento, salubridad y salud, en subtitulo 2, de funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales, numeral2.3, menciona proveer los servicios de saneamiento rural cuando estos no puedan ser atendidos por las municipalidades distritales o las de los centros poblados rurales, y coordinar con ellas para la realización de campañas decontrol de epidemias y sanidad animal; y en el subtítulo 4. Funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales, en el numeral 4.2, menciona proveer los servicios de saneamiento rural y coordinar con las municipalidades de centros poblados para la realización de campañas de control de epidemias y control de sanidad animal; Que, de acuerdo al numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas; Estando a lo expuesto y contando con la aprobación por unanimidad del conejo municipal en Pleno, en el Cumplimiento de las facultades conferidas por el numeral 8) del Art. 9º y los Artículos 39º,40º y 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; se aprobó la siguiente norma:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.