Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2016 (16/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Jueves 16 de junio de 2016 /

El Peruano

integración tecnológica, institucional y técnica para facilitar la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental. Asimismo, dispone en el párrafo siguiente que las instituciones públicas generadoras de información de nivel nacional, regional y local están obligadas a brindarle información relevante para el SINIA, sin perjuicio de la información que está protegida por normas especiales; Que, el artículo 68º literal d) del nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional de Lima, aprobado por Ordenanza Regional Nº026-2015-CR-RL y publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 16 de Diciembre del 2015, dispone que es una función de las Comisiones Ordinarias Dictaminar sobre los proyectos de Ordenanzas y Acuerdos que hubieren sido sometidos al Consejo Regional y pasaran a la Comisión. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 2882015-CR/GRL, se dispone derivar a la Comisión Ordinaria de Agraria, Pesquería, Recursos Naturales, Medio Ambiente y Defensa Civil la Carta Nº 288-2015-GRL/SG, del Secretario General del Gobierno Regional de Lima, quien envía el Informe Nº 076-2015-GRL/GRRNGMA, de la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, adjuntado la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba el Sistema Ambiental Regional SIAR Lima, para su análisis, debate, informe y/o dictamen de la referida Comisión Ordinaria; Que, en este contexto, uno de los problemas más serios que identifica el Gobierno Regional de Lima es el de no contar con información ambiental confiable, precisa, diversificada, actualizada y organizada por falta de equipos y problemas de generación, estandarización y difusión de los datos. Este problema impide: una gestión integral y un monitoreo adecuado de los recursos naturales; la planificación adecuada de la ocupación y uso del territorio y el desarrollo óptimo de proyectos sostenibles. Que, el sistema de Información Ambiental RegionalSIAR, tiene por objetivo promover la consolidación de la información ambiental de los distintos organismos públicos y privados, el Gobierno Regional y los sectores como Salud, Agrario, Transportes, Producción, Turismo, Vivienda, así como los Grupos Técnicos de Información Ambiental; es una herramienta de gran importancia, ya que ha sido implementado a nivel nacional por 22 departamentos, estando pendiente su implementación en la Región Lima, ya que al contar dicho sistema, nos permite identificar o desarrollar mecanismos de centralización y difusión de la información ambiental entre instituciones públicas y privadas, hacia y para la población, así como ser un instrumento que permita generar información ambiental pertinente y actualizada por niveles de cobertura espacial; regional, provincial, distrital, comunal y/o constituirse en un arma de oriente la participación ciudadana en la gestión ambiental, pudiendo además comparar datos, estadísticas, acciones o investigaciones de otras regiones que pueden ser aplicados en nuestra región Lima. Que, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Lima, llevada a cabo en la ciudad de Huacho el día 31 de marzo del año 2016, en las instalaciones del Consejo Regional de Lima sito en Playa Chorrillos ­ Malecón Roca ­ primer piso, se dio cuenta de la Carta Nº 004-2016-COAPRNMAEMH-CR/GRL, del Sr. Vicente Sabino Rivera Loarte, Presidente de la Comisión Ordinaria de Agraria, Pesquería, Recursos Naturales, Medio Ambiente, Energías, Minas e hidrocarburos, quien requiere la aprobación del Dictamen Final recaído en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 280-2015-CR/GRL, donde se solicita la aprobación de la Ordenanza Regional que "Aprueba el Sistema Ambiental Regional SIAR Lima; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, con el voto por UNANIMIDAD de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesión de Consejo Regional, y; En uso de sus facultades conferidas en los literales a) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante el artículo 36º, literal a) del artículo 37º y el artículo 38º del mismo cuerpo legal Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL SISTEMA AMBIENTAL REGIONAL SIAR LIMA Artículo Primero.- APROBAR la creación del Sistema de Información Ambiental Regional- SIAR LIMA, como

una Red de integración tecnológica, institucional y técnica para facilitar la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental en la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER que el Sistema de Información Ambiental Regional - SIAR LIMA, es un instrumento de gestión y planificación ambiental para ejercer las competencias regionales, en coordinación con las instancias locales, fortalecer su carácter transectorial y descentralizado, en cumplimiento de la Política, Plan y Agenda Ambiental Nacional y Regional; teniendo como objetivo facilitar el acceso y uso de la información de relevancia ambiental generada por las instancias públicas y privadas que brindan servicios públicos en el ámbito regional. Artículo Tercero.- APROBAR el Reglamento de funcionamiento del Sistema de Información Ambiental Regional SIAR LIMA, con el propósito de establecer y garantizar un intercambio fluido de información entre las instituciones públicas de la región y que ésta se encuentre plenamente disponible en una forma útil y oportuna a los diversos usuarios y tomadores de decisiones. Artículo Cuarto.- DISPONER que las instituciones públicas que cuenten con competencias ambientales en la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima, faciliten la información ambiental de su competencia y/o tramitación a través de los medios informáticos necesarios o remita en formato electrónico para que sea accesible a través del SIAR LIMA, sin perjuicio de adoptar las medidas necesarias para cautelar el normal desarrollo de sus actividades. Los estándares y los procedimientos para el intercambio de información serán establecidos por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente de acuerdo a las especificaciones establecidas por la autoridad ambiental que tiene a su cargo la administración del SINIA. Artículo Quinto.- DISPONER que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, se encargue de la administración del SIAR LIMA, en coordinación con la Oficina de Informática, quién dará el soporte tecnológico necesario para su debida implementación. Artículo Sexto.- PUBLICACION La presente Ordenanza Regional se publicará en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulación regional y en el portal web del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). En Huacho, a los 31 días del mes de marzo del dos mil dieciséis. POR TANTO: Comuníquese al señor Gobernador regional del Gobernador del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. MIGUEL ANGEL ARBIETO ELGUERA Presidente Consejo Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los 19 días del mes de abril del dos mil dieciséis. NELSON CHUI MEJIA Gobernador Regional de Lima 1392518-6

Ratifican el "Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2016 del Gobierno Regional de Lima"
ORDENANZA REGIONAL Nº 06-2016-CR/GRL EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

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