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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (19/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 91

NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2016 El Peruano / 590049 Disponen el embanderamiento general de los inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2016-MDMM Magdalena del Mar, 15 de junio de 2016 DISPONEN EL EMBANDERAMIENTO DEL DISTRITO EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO:Que, el 01 de Julio de este año se celebra el 144º Aniversario de la Creación Política del distrito de Magdalena del Mar. Asimismo, en dicho mes se celebra el 194º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, cuya fecha central es el 28 de Julio; Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos trascendentes con el propósito de rea fi rmar nuestra conciencia cívica, así como los sentimientos de identidad nacional, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales como es el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito de Magdalena del Mar; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º Inciso 6) y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1º.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL DE TODOS LOS INMUEBLES DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR, ya sean éstos viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas, a partir del día siguiente de la publicación de la presente disposición hasta el 31 de Julio del 2016, por las consideraciones antes expuestas. Artículo 2º.- DISPÓNGASE que todos los inmuebles del distrito, estén debidamente presentados, con la limpieza adecuada, recomendándose para este efecto el pintado de sus fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1394341-1 Aprueban “La Implementación progresiva del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios del Distrito de Magdalena del Mar” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2016-DA-MDMM Magdalena del Mar, 13 de junio de 2016 APRUEBAN LA IMPLEMENTACIÓN PROGRESIVA DEL PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MARVISTOS: El Memorando Nº 148-2016-GDS/MDMM de Gerencia de Desarrollo Sostenible y el Informe Nº 312-2016-GAJ/MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo Nº 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 22) del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde las personas puedan disfrutar en un ambiente en que sus elementos se desarrollen e interrelacionan de manera natural y armónica; Que, en el Artículo 1º, Título preliminar, Ley General del Ambiente Nº 28611 se establece que la gestión de los residuos sólidos de origen doméstico, comercial o que siendo de origen distinto presentan características similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Asimismo, por ley se establece el régimen de gestión y manejo de los residuos sólidos municipales; en el Artículo Nº 119º.1 de la misma ley se dispone que “Las autoridades sectoriales y municipales establecerán condiciones que directa o indirectamente generen un bene fi cio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su aprovechamiento; Que, mediante el Artículo Nº 73º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones señaladas en el capítulo II del presente título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias de saneamiento ambiental, salubridad y salud; Que, el Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipales - Ley Nº 27972 establece, que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función especí fi ca exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza pública, determinado las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, mediante la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, modi fi cado por Decreto Legislativo Nº 1065 en el Artículo 10º, numeral 12 dispone implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando su aprovechamiento y asegurando su disposición fi nal diferenciada y técnicamente adecuada; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprobó la Política Nacional de Ambiente, prescribe en el Eje de Política, 2: Gestión Integral de la calidad ambiental; Componente 4. Residuos Sólidos, como un Lineamiento de Política del Sector, el fortalecimiento de la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento; asimismo de acuerdo al instructivo MINAM la implementación del Programa de Segregación se aprueba mediante el Decreto de Alcaldía; Que, mediante Memorándum Nº 148-2016-GDS- MDMM, la Gerencia de Desarrollo Sostenible, solicita emitir el Decreto de Alcaldía para Aprobar la Implementación progresiva del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios del Distrito de Magdalena del Mar; Que, mediante Informe Nº 312-2016-GAJ/MDMM, la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de la opinión que resultaría procedente la Implementación progresiva del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección