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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (19/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2016 / El Peruano 590046 infraestructura para la prestación de servicios públicos en áreas de dominio y uso público”; quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 12.- Plan de Desvíos En el caso que las labores de mantenimiento de la infraestructura necesaria para la prestación de los servicios públicos, implique la interrupción o interferencia temporal del tránsito vehicular y/o peatonal en la vía pública, el operador o proveedor de infraestructura pasiva deberá comunicar a la Municipalidad la ejecución con una anticipación no menor a los siete (7) días hábiles, cumpliendo con las disposiciones de la Ordenanza Nº 1680 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Para tal efecto el operador o proveedor de infraestructura pasiva deberá presentar un plano de ubicación conteniendo la propuesta de desvío y señalización e indicar el tiempo de interferencia de cada vía, así como las acciones de mitigación.” Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología, su publicación en el Portal Institucional (www.munilince.gob.pe). Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EMILY RONCAL OLAYA Encargada del Despacho de Alcaldía 1394488-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Modifican el Régimen de Fiscalización y Aplicación de Sanciones Administrativas ORDENANZA Nº 018-2016-MDMM 29 de abril del 2016 MODIFICAN ORDENANZA Nº 012-2016-MDMM QUE APRUEBÓ EL REGIMEN DE FISCALIZACIÓN Y APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MARPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 09 de la fecha; VISTOS:El Informe Nº 022- 2016-SGS-GCSC-MDMM de la Subgerencia de Sanciones y el Informe Nº 247-2016-GAJ-MDMM de Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II y del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 –, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Carta Magna;Que, de acuerdo con el artículo 46º de la precitada Ley, las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias tales como la suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras. Que, mediante Ordenanza Nº 012-2016-MDMM, se aprobó el Régimen de Fiscalización y Aplicación de Sanciones Administrativas, el cual tiene por fi nalidad establecer las disposiciones generales orientadas a estructurar el procedimiento administrativo sancionador en el distrito de Magdalena del Mar, garantizando al administrado el desarrollo de un debido procedimiento administrativo, el respeto a su legítimo derecho a la defensa y la correcta aplicación de sanciones ante el incumplimiento de las disposiciones legales de competencia municipal; en tal sentido, norma los procedimientos de fi scalización, imposición de las sanciones administrativas impuestas de acuerdo al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas; así como la ejecución de las medidas provisionales. Que, mediante informe del visto, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones, eleva el proyecto de ordenanza que modi fi ca la Ordenanza Nº 012-2016-MDMM; Que mediante informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite pronunciamiento favorable respecto del proyecto formulado por la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º, el artículo 40º y 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente: ORDENANZAArtículo Primero.- MODIFICAR el Régimen de Fiscalización y Aplicación de Sanciones Administrativas, aprobado mediante Ordenanza Nº012-MDMM; según se señala en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenanza Nº 030-15-MDMM, en los términos que se señalan en Anexo II que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DERÓGUESE todas las disposiciones que se opongan con lo regulado en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza conforme a sus atribuciones. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza, el Anexo I y el Anexo II, en el portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1394337-1 Autorizan la celebración del Matrimonio Civil Comunitario a favor de los miembros de la Policía Nacional del Perú ORDENANZA Nº 019-2016-MDMM Magdalena del Mar, 13 de mayo de 2016