Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2016 (24/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 24 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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escritos), matemática, e historia, geografía y economía, los días 16, 17 y 18 de noviembre de 2016. - Segundo grado de educación primaria en las áreas curriculares de comunicación (comprende textos escritos) y matemática (actúa y piensa matemáticamente en situaciones de cantidad), los días 29 y 30 de noviembre de 2016. - Cuarto grado de educación primaria de las instituciones educativas que desarrollan educación intercultural bilingüe en el área curricular de comunicación en lengua originaria (comprende textos escritos en aimara, awajún, asháninka, quechua chanka, quechua cusco collao o shipibo konibo) y en castellano como segunda lengua, los días 29 y 30 de noviembre de 2016. En caso, el estudiantado posea una lengua originaria distinta a las mencionadas, se evalúa el área curricular de comunicación solo en castellano como segunda lengua, el día 30 de noviembre de 2016. - Cuarto grado de educación primaria en las áreas curriculares de comunicación (comprende textos escritos) y matemática, los días 1 y 2 de diciembre de 2016. Artículo 2.- Disponer que los directores de las instituciones educativas a nivel nacional, bajo responsabilidad funcional, aseguren la participación del estudiantado de las instituciones educativas en la ECE 2016, y el normal desarrollo de las mismas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1396733-1

Aprueban la Norma Técnica denominada "Norma que regula los Concursos Públicos de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas y de Especialista en Educación de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación, de Educación Básica Regular 2016"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 279-2016-MINEDU Lima, 23 de junio de 2016

los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad; Que, el artículo 32 de la referida Ley, establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el acceso a cargos, cada dos años, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas, especificaciones técnicas y criterios de buen desempeño exigibles para cada cargo; Que, conforme a lo dispuesto en los literales c) y d) del artículo 35 de la Ley de Reforma Magisterial, el Área de Gestión Institucional comprende los cargos de Especialista en Educación para las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL); y el de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas; cargos a los que se acceden por concurso; Que, el numeral 59.2 del artículo 59 y el numeral 57.4 del artículo 57 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 0042013-ED, establecen que los cargos del Área de Gestión Institucional son designados mediante concurso nacional conducido por el Ministerio de Educación; y que dicha instancia, en coordinación con los gobiernos regionales, emite las normas específicas para cada concurso de acceso a cargos; Que, a través del Oficio N° 864-2016-MINEDU/VMGPDIGEDD, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 440-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta la necesidad de aprobar la norma técnica que regule la organización, implementación y ejecución de los Concursos Públicos para acceder a los cargos de Director y Subdirector de instituciones educativas públicas, de gestión directa y de gestión privada por convenio, de Educación Básica Regular; y de Especialista en Educación de UGEL y DRE de Educación Básica Regular, en el marco de la Carrera Pública Magisterial regulada en la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 006-2016-MINEDU; SE RESUELVE:

Vistos, el Expediente 0115724-2016, el Informe Nº 440-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente, el Informe N° 626-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Norma que regula los Concursos Públicos de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas y de Especialista en Educación de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación, de Educación Básica Regular 2016", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Norma Técnica a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. DESILU LEON CHEMPEN Secretaria General 1396241-1

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