Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2016 (04/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de marzo de 2016 /

El Peruano

enero de 2016, en el sentido de acceder a la solicitud de traslado pasivo; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 540 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la solicitud de traslado de condenados pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, es necesario facilitar la rehabilitación social de las personas condenadas, mediante la adopción de los métodos adecuados, constituyendo uno de ellos el traslado a su país de origen para cumplir su condena cerca de su entorno social y familiar; De conformidad con el Tratado entre la República del Perú y el Reino de España, sobre Transferencia de Personas Sentenciadas a Penas Privativas de Libertad y Medidas de Seguridad Privativas de Libertad así como de Menores bajo Tratamiento Especial, suscrito en Lima el 25 de febrero de 1986, vigente desde el 09 de junio de 1987; En uso de la facultad conferida en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo de la condenada de nacionalidad española SUSANA GARCIA TORRALBA, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Ancón II, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales del Perú en un Establecimiento Penitenciario del Reino de España, solicitud que fuera declarada procedente por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1352271-2

correspondiendo designar a la persona que lo reemplazará; Con las visaciones de la Secretaría General y de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor MARTIN SALVADOR FABIÁN al cargo de confianza de Director II de la Oficina de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor WILLY ALEJANDRO ALVARADO PALACIOS en el cargo de confianza de Director II de la Oficina de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1351973-1

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 033-2016-RE Lima, 3 de marzo de 2016 CONSIDERANDO:

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aceptan renuncia y designan Director II de la Oficina de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL 060-2016-MIMP Lima, 3 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial 171-2015MIMP se designó al señor Martin Salvador Fabián en el cargo de confianza de Director II de la Oficina de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar,

Que, mediante Resolución Suprema N° 447-2011-RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Wilfredo Sándiga Cabrera, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1245-2011RE, se fijó el 1 de enero de 2012, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley Nº 29318; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1. Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Wilfredo Sándiga Cabrera, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica, a partir del 5 de mayo de 2016.

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