Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2016 (04/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 4 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 2. Trasladar a Cancillería al referido funcionario diplomático a partir del 6 de mayo de 2016. Artículo 3. Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4. Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5. La presente Resolución será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1352273-1

Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 035-2016-RE Lima, 3 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318; y su Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1. Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Manuel Cacho-Sousa Velázquez. Artículo 2. Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3. La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fijada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4. Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5. La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1352273-3

Pasan a situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2016-RE Lima, 3 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 18 de la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318, señalan que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el pase a la situación de retiro por límite de edad se hará efectivo, de oficio, mediante Resolución Suprema, al cumplir el funcionario diplomático setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, según lo establecido por la ley; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Wilfredo Sándiga Cabrera, cumplirá setenta años de edad el 7 de mayo de 2016, según se acredita con la partida de nacimiento que obra en su Foja de Servicios; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y su modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1. Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Wilfredo Sándiga Cabrera, el 7 de mayo de 2016, por cumplir en la citada fecha los setenta años de edad. Artículo 2. Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Wilfredo Sándiga Cabrera, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3. La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1352273-2

SALUD
Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a la India, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 141-2016/MINSA Lima, 3 de marzo de 2016 Visto, el expediente N° 16-014738-001 que contiene la Nota Informativa N° 081-2016-DIGEMID-DG-DCVSECVE/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo

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