Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2016 (04/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de marzo de 2016 /

El Peruano

de recursos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 270-2014-VIVIENDA, acreditarán ante el Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU, previamente a la suscripción del convenio, que cuentan con personal profesional y/o técnico con experiencia en contrataciones públicas, así como, con profesionales para la administración del contrato de obra correspondiente. 1.2 El PNSU aprobará los lineamientos técnicos a tener en consideración en los expedientes técnicos que se presenten en las solicitudes de financiamiento. 1.3 En los convenios a suscribir se establece que: 1.3.1 La ejecución de los proyectos de inversión se realizará en el marco de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, entre otros, aplicando las bases estandarizadas aprobadas por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado. 1.3.2 Cuando la transferencia financiera se realice a favor de las EPS, éstas se comprometen a destinar un importe hasta por el monto equivalente al monto transferido, para el financiamiento de nuevas inversiones. Dichos recursos son abonados en una cuenta intangible a cargo de la EPS. 1.3.3 La entidad que se encarga de la prestación de los servicios de saneamiento, se compromete a implementar los mecanismos para garantizar la sostenibilidad de los servicios. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Ejecución de Proyectos previstos en el año 2015 Los proyectos de inversión pública de los gobiernos regionales, gobiernos locales y las entidades prestadoras de servicios de saneamiento municipales, cuyos costos en la fase de inversión sean mayores a Un Mil Quinientas Unidades Impositivas Tributarias (1 500 U.I.T.) y que contaban con recursos previstos en el presupuesto institucional 2015 del MVCS, serán ejecutados por el MVCS conforme a lo dispuesto por el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 086-2015-VIVIENDA, siempre y cuando cumplan con las exigencias técnicas y normas correspondientes. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Deróganse el literal c) del numeral 4.1 del artículo 4, el literal d) del numeral 5.1 del artículo 5 y el literal b) del numeral 6.1 del artículo 6 de la Resolución Ministerial N° 270-2014-VIVIENDA, el artículo 4 y la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial N° 086-2015-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1352228-1

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público Descentralizado adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante OF. RE (DAE) N° 2-5-E153 del 21 de enero de 2016, el Coordinador de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial PERÚ - OCDE pone en conocimiento de la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, las fechas programadas en el 2016 de las reuniones de los órganos de la OCDE contemplados en el Programa País 2015-2016 declaradas de interés nacional mediante Decreto Supremo N° 086-2015-PCM, entre la cuales, destaca las del Comité de Inversiones OCDE, a realizarse del 14 al 18 de marzo de 2016, en la ciudad de Paris, República Francesa; Que, mediante Informe Nº 2-2016/DSI, la Dirección de Servicios al Inversionista señala que el objetivo principal de la participación de la institución en las reuniones indicadas en el considerando precedente es que PROINVERSIÓN, en su calidad de Punto Nacional de Contacto de la OCDE en el Perú y enlace con el Comité de Inversiones OCDE, comparta e intercambie experiencias sobre las diversas situaciones y desafíos en actividades orientadas a difundir e implementar las directrices OCDE para empresas multinacionales, y en actividades del Comité de Inversiones OCDE que toman en cuenta los aspectos del Marco de Acción para el desarrollo de la inversión privada de la OCDE, instrumento de promoción sobre buenas prácticas de los países miembros para la promoción de la inversión privada al servicio del crecimiento y del desarrollo sostenible, lo cual incide en un clima favorable de inversiones y mayores flujos de inversiones al país, lo que asimismo puede generar el interés de diversos inversionistas de los países miembros de la OCDE para participar en los procesos de promoción de los diversos proyectos a cargo de PROINVERSIÓN; Que, PROINVERSIÓN se encontrará representada en el citado evento por la señorita Nancy Nelly Bojanich García y el señor Jorge Valverde Camán, funcionarios de la Dirección de Servicios al Inversionista de esta institución; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la participación de los citados funcionarios de PROINVERSIÓN en el referido evento, se enmarca dentro de las acciones de promoción de la inversión privada consideradas de importancia para el Perú; en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje en mención, en virtud de lo cual PROINVERSIÓN asumirá, con cargo a su presupuesto, los montos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione la asistencia de los referidos funcionarios a dicho evento; De conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-PROINVERSIÓN, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señorita Nancy Nelly Bojanich García

ORGANISMOS EJECUTORES

AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Autorizan viaje de funcionarios de PROINVERSIÓN a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 013-2016 Lima, 10 de febrero de 2016

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