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579790 NORMAS LEGALES Viernes 4 de marzo de 2016 / El Peruano o exonerar de ellos, dentro de sus jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 018-2014- MDM, se ratifi có la Ordenanza Municipal Nº 017-2013- MDM, sobre exoneración del cincuenta por ciento (50%) de la tasa de los arbitrios municipales correspondientes a los conceptos de parques y jardines y serenazgo para ejecutar el cobro del ejercicio 2015, y la exoneración del treinta por ciento (30%) de la tasa de los arbitrios municipales correspondientes a los conceptos de recojo de residuos sólidos en los sectores 1, 2, 3, 4 y 5 del distrito de Mala, y la exoneración del cien por ciento (100%) de la tasa de los arbitrios municipales correspondientes al concepto de barrido de calles en los sectores 1, 3, 4 y 5 para ejecutar el cobro del ejercicio 2015, no siendo considerado los terrenos sin construir. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 003-2015- MDM, se modifi có la Ordenanza Nº 018-2014, incluyendo el anexo 01 respecto a cobros de arbitrios municipales en el sector playa del Distrito de Mala del ejercicio 2015; Que, la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe Nº 0662-2016-GAT/MDM, solicita que se ratifi que por el Pleno del Concejo Municipal, la Ordenanza Municipal Nº 013-2010-MDM, “Régimen de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo”, la Ordenanza Municipal Nº 018-2014-MDM y su modifi catoria con la Ordenanza Municipal Nº 003-2015- MDM, para la ejecución del cobro de arbitrios Municipales para el año fi scal 2016 en el Distrito de Mala; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoría, han aprobado la siguiente: ORDENANZA; Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 018- 2014-MDM, para el cobro de arbitrios Municipales 2016 en el Distrito de Mala y su modifi catoria Ordenanza Nº 003- 2015-MDM, incluyendo el anexo 01 respecto a cobros de arbitrios municipales en el sector playa del distrito de Mala del ejercicio 2016. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario judicial de la Provincia de Cañete. Asimismo, se dispone su publicación en la página web de la Municipalidad de Mala www.munimala.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROSALÍ PALERMO FIGUEROA GUTIÉRREZ Alcalde ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2016-MDM ANEXO 01 COBRO DE ARBITRIOS SECTOR PLAYA 2016 DENOMINACIÓN MONTO TRIMESTRAL RECOJO DE RESIDUOS URB. CALA DEL MAR S/.57.72 PUERTO MADERO S/.78.96 URB. MORAVIA I S/.10.00 URB. MORAVIA II S/.10.00 1351261-3