Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2016 (04/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de marzo de 2016 /

El Peruano

6. Certificado médico: examen serológico y constancia de consejería en prevención de enfermedades de transmisión sexual. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Unidad de Registro Civil, la Unidad de Imagen Institucional y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, en coordinación con las unidades orgánicas de la municipalidad, el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto de alcaldía Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1351382-4

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1351382-5

Designan funcionario responsable de entregar información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 186-2016-ALC/MVES Villa El Salvador, 17 de febrero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS: El Decreto de Alcaldía Nº 002-2016-ALC/ MVES, la Resolución de Alcaldía Nº 526-2012-ALC-MVES, la Resolución de Alcaldía Nº 517-2015-ALC-MVES, el informe Nº 006-2016-SG/MVES emitido por la Oficina de Secretaría General, el Informe Nº 020-2016-OPP/MVES de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el memorando Nº 51-2016-SG/ MVES cursado por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante decreto de alcaldía de vistos se modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza 310-2014-MVES y ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 2359-MML, respecto al procedimiento Nº 1: Acceso a la Información que posee o produzca la Municipalidad, encargando a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la modificación de toda norma que se oponga al mencionado decreto; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, precisa con informe de vistos que, en efecto, corresponde modificar la resolución de alcaldía que designa al responsable de entregar la información y publicar el dispositivo en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto por artículo 4º del Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM que modifica el reglamento de la ley de transparencia y acceso a la información pública; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y lo dispuesto por la Gerencia Municipal con informe y memorándum de vistos respectivamente, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, concordante con el artículo 43º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a Benedicto Bautista Chilingano, Subgerente de Administración Documentaria y Archivo de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, como responsable de entregar información pública, conforme a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la de la ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Artículo 2º.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, atiendan de manera oportuna los requerimientos de información formulados por el responsable designado en el artículo primero y a la Gerencia Municipal su supervisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1351382-6

Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 337-MVES que establece el descuento por el pago adelantado del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2016-ALC/MVES Villa El Salvador, 22 de febrero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS: El informe Nº 46-2016-GAT/MVES emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el informe Nº 66-2016-OAJ/MVES emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el memorando Nº 260-2016-GM/MVES cursado por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa, en ese sentido, mediante Ordenanza Municipal Nº 337-MVES se establece el descuento por el pago adelantado del impuesto predial y los arbitrios municipales 2016, facultando en el artículo 4º al alcalde para que mediante decreto de alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para el debido cumplimiento de la norma, así como para la prórroga de los plazos de la misma; Que, con informe de vistos, la Gerencia de Administración Tributaria solicita la prórroga de los beneficios de la ordenanza municipal hasta el 31 de marzo de 2016, teniendo dentro de sus objetivos, el cumplimiento de metas del Plan de Incentivos para la Mejora de la Gestión Municipal creado mediante Ley Nº 29332, así como la reducción de los elevados índices de morosidad que a la fecha se vienen presentando en el distrito, otorgando mayores facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 337-MVES que establece el descuento por el pago adelantado del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, hasta el 31 de marzo de 2016 de acuerdo con los fundamentos expuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Oficina General de Administración el fiel cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación del decreto en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE y en el Portal Institucional www.munives.gob.pe.

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