Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2016 (04/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de marzo de 2016 /

El Peruano

Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el Artículo Segundo del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú, establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante la dación de Decretos de Alcaldía; Que, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 1332013/EF, y sus modificatorias establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 351-MDS, de fecha 22 de enero de 2016, se aprobó las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, correspondiente al ejercicio Fiscal 2016. Asimismo, mediante Ordenanza Nº 346-MDS, de fecha de 31 de diciembre de 2015, ratificada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 420 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprobó las fechas de vencimiento de pago de los Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2016; Que, mediante la Ordenanza Nº 353-MDS, de fecha 22 de enero del 2016, se aprobó la aplicación de descuentos en Arbitrios Municipales 2016, por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2016, hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016 en todos los casos; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 351-MDS, faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la norma; así como de la prórroga de las fechas dispuestas en el artículo primero de dicha Ordenanza; Que, en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 346-MDS, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicación de dicha ordenanza como es la prórroga de las fechas de vencimiento de los periodos bimensuales descritos en al artículo 5º, de dicha ordenanza. Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 353-MDS, faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de dicha ordenanza; así como de la prórroga de misma; Que, mediante el Informe Nº 166-2016-SGAT-GRMDS, de fecha 22 de febrero de 2016, la Sub-Gerencia de Administración Tributaria, opina técnicamente por la procedencia de prorrogar, hasta el día 31 de marzo del 2016, las fechas de vencimiento para el pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y la Primera Cuota de los Arbitrios Municipales, fijadas para el día 26 y 29 de febrero de 2016 respectivamente, a efecto de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes que deseen cancelar sin intereses moratorios la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales determinados para el ejercicio 2016. Estando a lo expuesto con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 079-2016-GAJ-MDS, y en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 31 de marzo de 2016, las fechas de vencimiento establecidas para el pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial

y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2016, fijadas para el día 26 y 29 de febrero de 2016 respectivamente; Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el día 31 de marzo de 2016, las fechas de vencimiento establecidas para la aplicación de descuentos en arbitrios municipales del ejercicio 2016, por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2016; Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Sub-Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Estadística e Informática, y la Sub-Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto a la Secretaria General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1352174-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Aprueban el Plan de implementación del Reglamento de Organización y Funciones ROF con enfoque de gestión por resultados de la Municipalidad de Villa El Salvador
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2016-ALC/MVES Villa El Salvador, 11 de enero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Informe Nº 002-2016-OPP/MVES de fecha 05.01.2016, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 005-2016-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, de fecha 08.01.2016, el Memorándum Nº 0032-2016-GM/MVES, fecha 11.01.2016 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado, con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 339-MVES de fecha 28 de diciembre del 2015 se aprobó la Estructura Orgánica (ORGANIGRAMA) y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con Enfoque de Gestión por Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; Que, a través del Informe Nº 002-2016-OPP/MVES de fecha 05.01.2016, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, expresa la necesidad de aprobar un documento que guíe la implementación de manera ordenada y oportuna, de la estructura organizacional establecida en el nuevo ROF; en ese sentido, remite la propuesta de Plan de Implementación del ROF con Enfoque de Gestión por Resultados; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, con Informe Nº 005-2016-OAJ/MVES de fecha 08.01.2016, Opina que resulta procedente la aprobación del Plan de Implementación del ROF con Enfoque de Gestión por Resultados, atendiendo a los alcances de la Ley Marco de Modernización de Estado Nº 27658, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, así

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