Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2016 (10/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES PROYECTO

Jueves 10 de marzo de 2016 /

El Peruano

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Proyecto de Resolución que aprueba la Tarifa Regulada de Seguridad y el Cargo Tarifario SISE para la recaudación del Adelanto de Ingresos Garantizados del Sistema Integrado de Transporte de Hidrocarburos - Ductos de Seguridad y Gasoducto Sur Peruano
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 047-2016-OS/CD Lima, 9 de marzo de 2016 VISTOS: Los Informes Nº 150-2016-GRT y Nº 167-2016GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Coordinación Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin). CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y el inciso q) del Artículo 52º del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, Osinergmin tiene el encargo de fijar, revisar y modificar las tarifas y compensaciones por el servicio de transporte de hidrocarburos líquidos por ductos, de transporte de gas natural por ductos, de acuerdo a los criterios y procedimientos establecidos en las normas aplicables del subsector hidrocarburos; Que, el literal b) del Artículo 19º del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM señala que Osinergmin debe velar por el cabal cumplimiento de los contratos de concesión eléctrica, de transporte de hidrocarburos por ductos y de distribución de gas natural por red de ductos: Que, mediante Resolución Suprema Nº 054-2014EM, se otorgó a la Sociedad Concesionaria Gasoducto Sur Peruano S.A. la Concesión del Proyecto "Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano" y se aprobó el respectivo Contrato de Concesión, el cual señala que Osinergmin es el encargado de regular los procedimientos para la aplicación del Ingreso Garantizado Anual a favor del concesionario. Asimismo, la Cláusula 14.6 del citado Contrato señala que, para efectos de la recaudación del Adelanto de Ingresos Garantizados previsto en el mismo, Osinergmin determinará y publicará los cargos CASE, SISE y las tarifas de Gas; dicha recaudación, debe iniciarse a partir del año 2015 de conformidad con lo establecido en el Contrato; Que, de acuerdo con el Artículo 4º de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, Osinergmin debe publicar, en su página web institucional y en el diario oficial El Peruano, el proyecto de resolución tarifaria y la relación de la información que sirve de sustento, con una antelación no menor a quince (15) días hábiles previos a su aprobación final; Que, a efectos de dotar de la mayor transparencia posible a la fijación de la Tarifa Regulada de Seguridad y el Cargo Tarifario SISE para el Adelanto de Ingresos Garantizados del Sistema Integrado de Transporte de Hidrocarburos ­ Ductos de Seguridad y Gasoducto Sur Peruano, corresponde disponer la publicación del respectivo proyecto de resolución, otorgando un plazo para que los interesados presenten a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de Osinergmin, sus opiniones y sugerencias, las cuales serán analizadas al momento de emitir la resolución final; Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 7º de la mencionada Ley, deberá llevarse a cabo, la sustentación y exposición de los criterios, metodología, estudios, informes, modelos económicos o dictámenes que servirán de justificación en la resolución tarifaria, mediante Audiencia Pública Descentralizada; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001- PCM, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 010-2016. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en la Página Web de Osinergmin: www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de Resolución que aprueba la Tarifa Regulada de Seguridad y el Cargo Tarifario SISE para la recaudación del Adelanto de Ingresos Garantizados del Sistema Integrado de Transporte de Hidrocarburos ­ Ductos de Seguridad y Gasoducto Sur Peruano, documento que figura como Anexo 2 de la presente resolución; junto con su Exposición de Motivos. Los Informes Nº 150-2016-GRT y Nº 167-2016-GRT, deberán ser publicados en la web institucional indicada. Artículo 2º.- Los interesados podrán presentar sus comentarios y sugerencias respecto al proyecto de resolución cuya publicación se dispone en el Artículo 1º precedente, dentro del plazo de ocho (08) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, por escrito, a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, sito en Av. Canadá 1460 ­ San Borja, vía fax al número telefónico de Lima 224-0491, o vía correo electrónico a la dirección: normasgartdgn@osinergmin.gob. pe indicando en el asunto del correo: Tarifa Regulada de Seguridad y Cargo SISE. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estarán a cargo de la Sra. Ruby Gushiken Teruya. En todos los casos sólo serán admitidas las opiniones y sugerencias recibidas, en medio físico o electrónico, hasta las 18:00 horas de la fecha indicada como plazo máximo. Artículo 3º.- Convóquese a Audiencia Pública para la sustentación y exposición, por parte de Osinergmin, de los criterios, metodología y modelos utilizados en el proyecto de resolución publicado, que se realizará en la fecha, hora y lugares siguientes: Fecha : Miércoles 16 de marzo de 2016 Hora : 15:00 horas Lugares : LIMA Hotel Los Delfines Los Eucaliptos 555 - San Isidro TACNA Hotel El Mesón Hipólito Unanue 175 - Tacna Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas (GRT) la recepción y análisis de las opiniones y/o sugerencias que se presenten al proyecto de resolución publicado, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin.

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