Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2016 (18/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Viernes 18 de marzo de 2016 /

El Peruano

Hospital Nacional Cayetano Heredia propone designar al funcionario que ostentará el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Asesoría Jurídica del hospital a su cargo, el mismo que se encuentra vacante y conforme al Cuadro para Asignación de Personal del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, aprobado por Resolución Suprema N° 032-2015-SA, está clasificado como de Directivo Superior de Libre Designación y Remoción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 173-2016-MINSA, se reconoce a la Secretaria General del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, como Jefe Institucional interina de la citada entidad, en tanto se designe a su titular; Con el visado de la Secretaria General, del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Director General de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la abogada Inés Zoila Jiménez Landaveri en el cargo de Jefa de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Asesoría Jurídica del Hospital Nacional Cayetano Heredia del Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO ESTHER TAPIA FLORES Jefe Institucional (i) 1357840-2

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen que el texto íntegro del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba el Procedimiento de declaración jurada de cumplimiento de obligaciones de seguridad minera, así como el listado de obligaciones y su exposición de motivos, sean publicados en el portal institucional de Osinergmin
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 043-2016-OS/CD Lima, 1 de marzo de 2016. VISTO: El Memorándum Nº GFM-74-2016 de la Gerencia de Supervisión Minera. CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el inciso c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332 - Ley Marco de los

Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar entre otros, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, normas referidas a obligaciones o actividades supervisadas; Que, el Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM en su artículo 21 establece la facultad que tiene Osinergmin de dictar de manera exclusiva y dentro del ámbito de su competencia, reglamentos y normas de carácter general aplicables; Que, para el ejercicio de las funciones de supervisión y fiscalización de Osinergmin en el sector minero, es necesario que se provea al organismo regulador de información oportuna sobre el cumplimiento de las obligaciones legales y técnicas; a fin de optimizar los procesos de supervisión a cargo de la Gerencia de Supervisión Minera; Que, es necesario implementar un mecanismo que permita a los agentes supervisados proveer a Osinergmin de información necesaria y oportuna; considerando la finalidad de prevención, así como, criterios de simplificación que permitirán una mejora en la supervisión de las actividades mineras; Que, atendiendo a los principios de conducta procedimental, de presunción de veracidad y de privilegio de controles posteriores inopinados consagrados en el Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, corresponde aprobar el "Procedimiento de declaración jurada de cumplimiento de obligaciones de seguridad minera", así como el listado de obligaciones supervisadas a través del PDJ Seguridad Minera; Que, de conformidad con la política de transparencia institucional contemplada en los artículos 8 y 25 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, y en el marco de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, para la aprobación del proyecto normativo mencionado, se requiere su publicación en el diario oficial El Peruano, con el fin de recibir comentarios de los interesados, los mismos que no tendrán carácter vinculante ni darán lugar al inicio de un procedimiento administrativo; Que, en ese sentido corresponde ordenar la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba el Procedimiento de declaración jurada de cumplimiento de obligaciones de seguridad minera, así como el listado de obligaciones supervisadas a través del PDJ Seguridad Minera, otorgándose a los interesados un plazo de quince (15) días hábiles para la remisión por escrito de sus comentarios o sugerencias; Con la opinión favorable de la Gerencia de Supervisión Minera, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 09-2016, del 1° de marzo de 2016; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Publicación del Proyecto Autorizar la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y disponer que el texto íntegro del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba el Procedimiento de declaración jurada de cumplimiento de obligaciones de seguridad minera, así como el listado de obligaciones y su exposición de motivos, sean publicados el mismo día en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe). Artículo 2°.- Plazo para recibir comentarios Disponer que, los comentarios de los interesados sean recibidos por escrito en la mesa de partes de Osinergmin, ubicada en la Calle Bernardo Monteagudo Nro. 222, Magdalena del Mar ­ Lima, o por vía correo electrónico a la dirección: sechevarria@osinergmin.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a su publicación, siendo la persona designada para recibirlos la abogada Sandra Echevarría Merino.

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