Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2016 (20/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Domingo 20 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

581411

de Gerencia Nº 421-2007-GDU-MDPP de fecha 16-012008, a nombre de Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora Pacifico S.A.C, representado por Moisés Barrientos Gutiérrez representante Legal, y en su remplazo aprobar el plano de lotización signado con el Nº 032-2016/MDPP-GDU-SGOPHU, de la Habilitación Urbana "Residencial Los Sauces III", para uso Residencial de Densidad Media (RDM), del terreno de 11,771.00m2 Artículo Segundo.- Aprobar el plano de lotización signado con el Nº 032-2016/MDPP-GDU-SGOPHU, de la Habilitación Urbana Ejecuta con venta garantizada "Residencial Los Sauces III", para uso Residencial de Densidad Media (RDM, del terreno de 11,771.00m2 teniendo en cuenta lo siguiente: CUADRO GENERAL DE ÁREAS
DESCRIPCIÓN ÁREA BRUTA DEL TERRENO ÁREA ÚTIL ÁREAS DE VÍAS RECRACIÓN PÚBLICA ÁREAS (m2.) 11,771.00 7,278.59 3,308.36 830.09

VISTO: el Memorandum Nº 121-2015-SG/MDSA, respecto del cumplimiento a la Ley Nº 29477 que inicia el proceso de consolidación del espectro normativo peruano; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29477 ­ Ley que inicia el Proceso de Consolidación del Espectro Normativo Peruano, establece en su artículo 8º que los diferentes Sectores, los Gobiernos Regionales y Locales, así como los organismos públicos, confeccionarán progresivamente los listados de las normas no vigentes de carácter general que hubieren expedido, los que serán difundidos a través de normas igualmente de carácter general cuya expedición estuviera dentro del ámbito de sus atribuciones, remitiendo con carácter obligatorio los listados confeccionados al Ministerio de Justicia el que los consolidará y reportará al Congreso de la República para que continúe con el proceso de racionalización y sistematización legislativa; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por la Ley Nº 27972, es atribución del Alcalde dictar los decretos de alcaldía que fueren necesarios, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, la Secretaría General conjuntamente con la Gerencia de Asesoría Jurídica han efectuado la revisión de los trescientos setenta (370) decretos de alcaldía emitidos desde el 09 de setiembre de 1991 al 30 de noviembre de 2015, identificando que trescientos treinta y dos (332) de los mismos se encuentran en la condición de no vigentes por lo que conforme a la Ley Nº 29477 corresponde declararlos como tales, al haber sido derogados o cumplida su finalidad temporal o por no haber sido publicados oportunamente; De conformidad con lo establecido en el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el inicio del proceso de consolidación de las normas que integran el Derecho Municipal de Santa Anita, respecto a los decretos de alcaldía expedidos del 09 de Setiembre de 1991 al 29 de febrero de 2016. Artículo Segundo.- DECLARAR en aplicación de la Ley Nº 29477 que no se encuentran vigentes los siguientes 228 Decretos de alcaldía de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: Decretos de Alcaldía derogados (19): Año 1991: 004 y 008. Año 1992: 001, 017 y 022. Año 1993: 052 Año 1994: 23 Año 1995: 10 Año 1996: 003 Año 2003: 009 Año 2004: 012. Año 2011: 001, 004 y 005. Año 2012: 004, 006, 008 y 016. Año 2013: 012. Decretos de Alcaldía que han cumplido su finalidad temporal (209): Año 1991: 001, 002, 003, 005 y 006. Año 1992: 003, 004, 005, 008, 010, 011, 012, 015, 026, 027, 028, 029, 030, 035 y 036. Año 1993: 007, 009, 013, 015, 037, 038, 073 y 079. Año 1994: 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19. Año 1995: 1, 6, 9 y 11. Año 1996: 001, 006, 009 y 010. Año 1997: 002, 003, 006 y 007. Año 1998: 001, 002 y 003. Año 1999: 001, 002 y 003. Año 2000: 001, 002 y 003. Año 2001: 001, 002, 004, 005 y 006. Año 2002: 001, 002, 003 y 005.

El Área de los Aportes Reglamentarios se redimirá en dinero Artículo Tercero.- DISPONER la inscripción de Carga sobre los lotes indicados hasta la cancelación del Déficit de Aporte Ministerio de educación de la Habilitación Urbana que deberá realizar Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora Pacifico S.A.C, representado por Moisés Barrientos Gutiérrez representante Legal, a las entidades públicas señaladas, antes de la Recepción de obras de la habilitación urbana, de acuerdo al cuadro siguiente
DESCRIPCIÓN APORTES MINISTERIO EDUCACIÓN DÉFICIT ÁREAS (m2.) 235.42

Artículo Cuarto.- Aprobar el plano de lotización signado con el Nº 032-2016/MDPP-GDU-SGOPHU, de la Habilitación Urbana ejecutada con venta garantizada "Residencial Los Sauces III", para uso Residencial de Densidad Media (RDM), del terreno de 11,771.00m2. Artículo Quinto.- REMITIR copia del FUHU, copia de los Planos de Ubicación, Perimétrico, Lotización aprobada, Memoria Descriptiva y copia certificada de la presente Resolución a la Alcaldía, Gerencia Municipal, y Gerencia de Desarrollo Urbano, Artículo Sexto.- NOTIFICAR a Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora Pacifico S.A.C, representado por Moisés Barrientos Gutiérrez representante Legal, el contenido de la presente Resolución para su conocimiento y fines. Artículo Séptimo.- La publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, será de responsabilidad de Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora Pacifico S.A.C, representado por Moisés Barrientos Gutiérrez representante Legal, Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIO ALDO SANCHEZ MANTERO Sub Gerente Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas 1358040-4

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA
Disponen el inicio del proceso de consolidación de las normas que integran el Derecho Municipal de Santa Anita, respecto a los decretos de alcaldía expedidos del 09 de setiembre de 1991 al 29 de febrero de 2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00002-2016/MDSA Santa Anita, 11 de marzo del 2016

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