Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2016 (20/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Domingo 20 de marzo de 2016 /

El Peruano

de Habilitación Urbana indicada en los considerando precedentes, debido a que durante el desarrollo del referido proyecto se han introducido modificaciones que a la fecha han quedado ejecutadas y consolidadas; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de sus facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Nº 29972, Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones. Del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA y la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin Efecto el plano de Replanteo de Lotización Signado Con el Nº 005-2007/ MDPP-GDU-SGOPHU-HU aprobado con Resolución de Gerencia Nº 420-2007-GDU-MDPP de fecha 27-032008, a nombre de Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora Pacifico S.A.C, representado por Moisés Barrientos Gutiérrez representante Legal, y en su remplazo aprobar el plano de lotización signado con el Nº 031-2016/MDPP-GDU-SGOPHU, de la Habilitación Urbana "Residencial Los Sauces II", para uso Residencial de Densidad Media (RDM), del terreno de 11,616.00m2 Artículo Segundo.- Aprobar el plano de lotización signado con el Nº 031-2016/MDPP-GDU-SGOPHU, de la Habilitación Urbana Ejecuta con venta garantizada "Residencial Los Sauces II", para uso Residencial de Densidad Media (RDM, del terreno de 11,616.00m2 teniendo en cuenta lo siguiente: CUADRO GENERAL DE ÁREAS
DESCRIPCION ÁREA BRUTA DEL TERRENO ÁREA ÚTIL ÁREAS DE VÍAS RECRACIÓN PÚBLICA ÁREAS (m2.) 11,616.00 6,985.39 3,456.65 824.86

Aprueban el plano de lotización de la Habilitación Urbana Ejecutada con venta garantizada "Residencial Los Sauces III", para uso Residencial de Densidad Media
SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA Nº 020-2016/SGOPHU-MDPP Puente Piedra, 4 de marzo del 2016 EL SUB GERENTE DE OBRA PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El expediente Nº 06991-2016 de fecha 22/02/2016 presentado por Moisés Barrientos Gutiérrez representante Legal de la Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora Pacifico S.A.C en la que solicita el Proyecto de Habilitación Urbana ejecutada con venta garantizada, para uso de Residencial de Densidad Media (RDM), del terreno de 11,771.00.00m2, ubicado el Predio en urbanización El sauce III, Frente al pasaje Santa Rosa Tramo 1-4 sector Zapallal a la altura del km 33.90 de la carretera Panamericana Norte, Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima CONSIDERANDO: Que mediante expediente del Visto Moisés Barrientos Gutiérrez representante Legal de la Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora Pacifico S.A.C plano del Plano de Replanteo de Lotización signado con el Nº 0072007/MDPP-GDU-SGOPHU-HU de fecha 16-01-2007; aprobado con Resolución de Gerencia Nº 421-2007-GDUMDPP de fecha 16-01-2008 de la Habilitación Urbana ejecutada "Residencial El Sauce III, ubicado el Predio en urbanización El sauce II, Frente al pasaje Santa Rosa Tramo 1-4 sector Zapallal a la altura del km 33.90 de la carretera Panamericana Norte, Distrito de Puente Piedra, conforme lo establece el numeral 9 del artículo 4º de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, las municipalidades distritales, en el ámbito de su jurisdicción, las municipalidades provinciales y la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el perímetro del Cercado, tienen competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana y de edificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en el Plano de Lotización Nº 007-2007/MDPPGDU-SGOPHU-HU, de la Habilitación Urbana ejecutada con venta garantizada "Residencial El sauce III", para uso Residencial de Densidad Media (RDM), del terreno de 11,771.00m2 se describen de colindancias que no concuerdan de los antecedentes y plano indicado; ya que ha habido variación en la Mz"D" Que, mediante el expediente del visto, el administrado solicita la aprobación del Plano de Lotización del proyecto de Habilitación Urbana indicada en los considerando precedentes, debido a que durante el desarrollo del referido proyecto se han introducido modificaciones que a la fecha han quedado ejecutadas y consolidadas; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de sus facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Nº 29972, Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones. Del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA y la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin Efecto el plano de Replanteo de Lotización Signado Con el Nº 007-2007/ MDPP-GDU-SGOPHU-HU aprobado con Resolución

El Área de los Aportes Reglamentarios se redimirá en dinero Artículo Tercero.- DISPONER la inscripción de Carga sobre los lotes indicados hasta la cancelación del Déficit de Aporte Ministerio de educación de la Habilitación Urbana que deberá realizar Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora Pacifico S.A.C, representado por Moisés Barrientos Gutiérrez representante Legal, a las entidades públicas señaladas, antes de la Recepción de obras de la habilitación urbana, de acuerdo al cuadro siguiente:
DESCRIPCIÓN APORTES MINISTERIO EDUCACIÓN DÉFICIT ÁREAS (m2.) 233.72

Artículo Cuarto.- Aprobar plano de lotización signado con el Nº 031-2016/MDPP-GDU-SGOPHU, de la Habilitación Urbana ejecutada con venta garantizada "Residencial Los Sauces II", para uso Residencial de Densidad Media (RDM), del terreno de 11,616.00m2. Artículo Quinto.- REMITIR copia del FUHU, copia de los Planos de Ubicación, Perimétrico, Lotización aprobada, Memoria Descriptiva y copia certificada de la presente Resolución a la Alcaldía, Gerencia Municipal, y Gerencia de Desarrollo Urbano, Artículo Sexto.- NOTIFICAR a Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora Pacifico S.A.C, representado por Moisés Barrientos Gutiérrez representante Legal, el contenido de la presente Resolución para su conocimiento y fines. Artículo Séptimo.- La publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, será de responsabilidad de Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora Pacifico S.A.C, representado por Moisés Barrientos Gutiérrez representante Legal, Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIO ALDO SANCHEZ MANTERO Sub Gerente Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas 1358040-3

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