Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2016 (11/05/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Miércoles 11 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

586855

para el cumplimiento de sus fines; asimismo, establece normas de acuerdo a la disponibilidad reglamentaria de la Constitución Política del Estado, cuyas funciones están para poder desarrollar potencialidades a través de las diferentes Gerencias de trabajo y ser promotores del desarrollo de nuestra localidad en bien de la sociedad ayacuchana; Que, el Artículo 56° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, son bienes de propiedad municipal, entre otros, los edificios municipales y sus instalaciones y en general todos los bienes adquiridos, construidos y/o sostenidos por la Municipalidad, los mismos que deben ser inscritos en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente; Que, mediante Informes N° 188 y 189-2016MPH/24.29, de fecha 29 de marzo de 2016, emitidos por la Unidad de Bienes Patrimoniales y Servicios Generales, dirigida al Asesor Jurídico y a Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Huamanga, respectivamente, remitiendo toda la documentación referida a la inmatriculación del predio ubicado entre el Jr. Lima y el Jr. Libertad, con área de 835.00 m2, local de la MPH y que a la fecha viene siendo usada por las oficinas de la entidad. Asimismo, este informe comunica que, con Resolución Municipal N° 188-2000-MPH/A de fecha 14 de febrero de 2000, con la que se autoriza disponer la Primera Inscripción de Dominio a favor de la Municipalidad Provincial de Huamanga del referido inmueble; que no teniendo antecedentes y la Unidad de Bienes Patrimoniales se encuentra en proceso de inmatriculación a favor de la entidad, se requiere un nuevo acto resolutivo que cumpla las nuevas disposiciones legales vigentes, posterior a la Resolución Registral emitida y que se implementen nuevos requisitos para realizar la inscripción registral, por lo que es necesario adecuar todo el procedimiento administrativo a las normas legales actuales; y que, la referida Unidad ya cuenta con los planos actualizados y copia del plano catastral, por lo que requiere ser tratado en Sesión de Concejo y posteriormente emitir el acto resolutivo correspondiente; indicando la inmatriculación como primera inscripción de dominio a favor de la Municipalidad de Huamanga; Que, mediante el Informe Legal N° 001-2016/ E.J. D&M ASOC-AYAC, de fecha 28 de marzo de 2016, emitido por la Abogada de la Unidad de Bienes Patrimoniales ­ Servicios Generales de la Municipalidad Provincial de Huamanga, comunica se han remitido los antecedentes del inmueble ubicado entre el Jr. Lima y Jr. Libertad, el cual viene siendo posesionado por la Municipalidad Provincial de Huamanga, advirtiendo que en dicho documento no existe documentación que acredite titularidad, siendo sólo una posesión y por ende tiene que ser regulariza; asimismo, señala que mediante Resolución Municipal N° 188-2000-MPH/A se dispuso la inmatriculación del bien inmueble en cuestión a favor de la Municipalidad Provincial de Huamanga; sin embargo, no se advierte que exista cumplimiento de las normas correspondientes para su implementación, por lo que considera que se emita un nuevo acto resolutivo que cumpla con las nuevas disposiciones legales vigentes, en ese sentido, implementar nuevos requisitos para realizar la inscripción registral, por lo que es necesario adecuar toso el procedimiento administrativo a las normas legales actuales, por lo que señala que se debe realizar una serie de acciones técnicas y legales: Que, mediante Opinión Legal N° 69-2016MPH/16, de fecha 04 de abril de 2016, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Huamanga, se pronuncia opinando que, se cumpla con las acciones de documentación y procedimientos señalados en el Informe Legal N° 001-2016/E.J D&M ASOC_AYAC, emitido por la Abogada de la Unidad de Bienes Patrimoniales y Servicios Generales; que el Concejo Municipal deberá emitir un Acuerdo aprobando la Primera Inscripción de Dominio a favor de la Municipalidad Provincial de Huamanga del inmueble ubicado en la intersección del Jr. Lima y Jr. Libertad y la publicación del mismo en el Diario

Oficial El Peruano y de un extracto en el Diario Oficial de la Región, conforme al Artículo 38° del reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; y que una vez cumplidas estas acciones, se emita la Resolución de Alcaldía disponiendo la Primera Inscripción de Dominio a favor de la Municipalidad Provincial de Huamanga del referido inmueble y se encargue a la Unidad de Bienes Patrimoniales ejecute las acciones necesarias para la inscripción del predio ante los Registro Públicos; Que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 5 del Artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, respecto a las atribuciones y obligaciones de los regidores y con las facultades conferidas por el Artículo 9 de la norma acotada; Que, de conformidad a lo dispuesto por el inciso 26 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipales Ley N° 27972, respecto a las atribuciones y obligaciones de los Regidores y el artículo 5° inciso 26, artículo 13° incisos 5 y 8 del Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia de Huamanga promulgada mediante Ordenanza Municipal N° 002-2011-MPH/A en sesión Ordinaria, puesto a consideración del pleno del concejo, con el sustento hecho por el Presidente de la Comisión y oídas las sugerencias y recomendaciones de los señores regidores, con el voto unánime de los mismos, se; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Dictamen N°0022016-MPH/SR-CPAL, respecto al bien inmueble ubicado entre el Jr. Lima y el Jr. Libertad que viene siendo posesionado por la Municipalidad Provincial de Huamanga. Artículo Segundo.- APROBAR la Primera Inscripción de dominio a favor de la Municipalidad Provincial de Huamanga del inmueble ubicado entre el Jr. Lima y el Jr. Libertad, el mismo que viene posesionando hasta la actualidad, en concordancia y cumplimiento con la normativa vigente para el caso. Artículo Tercero.- DISPONER al órgano estructurado pertinente de la Municipalidad Provincial de Huamanga, que tome las previsiones del caso y en el plazo correspondiente, realice la publicación de la Primera Inscripción de Dominio a favor de la Municipalidad Provincial de Huamanga del inmueble ubicado entre el Jr. Lima y el Jr. Libertad, aprobado mediante Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial "El Peruano y un extracto en el Diario Oficial de mayor circulación de la Región, conforme a norma. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que una vez cumplidas las acciones señaladas en los artículos precedentes, se emita la Resolución de Alcaldía correspondiente cumpliendo con las formalidades legales para su emisión, en la que se disponga la Primera Inscripción de dominio ante los Registros Públicos, a favor de la Municipalidad Provincial de Huamanga del inmueble ubicado entre el Jr. Lima y el Jr. Libertad, disponiendo además que la Unidad de Bienes Patrimoniales de la Entidad municipal se encargue de ejecutar las acciones necesarias para la inscripción del referido predio ante los Registros Públicos. Artículo Quinto.- NOTIFICAR el presente Acuerdo a la Sala de Regidores, Gerencia, Oficina de Administración y Finanzas Unidad de Bienes Patrimoniales y Servicios Generales y demás órganos estructurados de la Municipalidad conforme a Ley. Dado en el Palacio Municipal a los catorce días del mes de abril de dos mil dieciséis. Regístrese, comuníquese y cúmplase HUGO AEDO MENDOZA Alcalde 1377592-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.