Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2016 (27/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 27 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES
VISTO:

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el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia. 2. El envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen. 3. El producto estará contenido en envases nuevos y de primer uso, debiendo ser transportado en cilindros con nitrógeno líquido. 4. Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país. Regístrese, publíquese y comuníquese. MOISES PACHECO ENCISO Director General Dirección de Sanidad Vegetal 1384875-2

El Oficio N° 047-2016/GRP-407000-407100 del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Alto Piura mediante el cual solicita prórroga de reserva de recursos hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 15º numeral 5 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene como función, entre otras, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación; Que, la reserva de recursos hídricos se otorga por un período de dos (02) años, el cual puede prorrogarse, mientras subsistan las causas que lo motiven, tal y como lo establece el artículo 208º numeral 208.1 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG; Que, mediante Decreto Supremo N°012-2008AG, se prorrogó la reserva de agua proveniente de los ríos Huancabamba, Tabaconas, Manchara, Chotano y Chunchuca, así como de los afluentes de estos ríos, con excepción del Paltic afluente del río Chotano localizados en la vertiente del Atlántico, a favor del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos Tinajones y del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura, correspondiéndole a cada uno de ellos volúmenes de hasta 1 715 MMC y 335 MMC, respectivamente; Que, mediante Resoluciones Jefaturales N° 2842010-ANA y N° 260-2012-ANA, se prorrogó la reserva de recursos hídricos otorgada a favor del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura, proveniente de la cuenca alta del río Huancabamba, por un volumen de 335 hm3; Que, mediante Resolución Jefatural N° 336-2014ANA se prorrogó por el plazo de dos años, la reserva de recursos hídricos otorgada a favor del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Alto Piura, cuyo plazo vence el 28 de mayo del 2016; Que, a través documento del visto de fecha 29 de marzo del 2016, el gerente general del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Alto Piura, solicita la prórroga de la reserva de recursos hídricos y sustenta su pedido indicando que el Proyecto Especial se encuentra actualmente en ejecución y que se tienen previstas ejecutar actividades durante los próximos años; Que, sobre el particular la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos mediante Informe Técnico N° 008-2016-ANA-DCPRH-ERH-SUP/MWPC de fecha 02 de mayo del 2016, concluye que: a) El gerente general del Proyecto Especial sustenta la prórroga de recursos hídricos argumentando que el proyecto especial se encuentra en etapa de ejecución. b) Como sustento de las actividades en ejecución se adjunta, entre otros, el informe técnico sobre el estado actual de la ejecución del componente I: "Construcción de la Presa Tronera Sur y Túnel Trasandino del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura", así como la Resolución de Gerencia General que aprueba la actualización del expediente técnico del saldo de obras del componente I, el contrato celebrado entre el proyecto especial y el consorcio OBRAINSA - ASTALDI, quien tendrá a su cargo la ejecución de la obra "Ejecución del componente I". c) La Dirección de Administración de Recursos Hídricos a través del Memorandum N° 804-2016-ANADARH refiere que en el Registro de Derechos de Uso de Agua no figuran derechos de uso de agua con cargo a la reserva de recursos hídricos otorgado al Proyecto Especial. d) El Proyecto Especial tiene reserva de agua vigente hasta el 29 de mayo del 2016, por un volumen de agua de 335 hm3, proveniente de la cuenca alta del río Huancabamba, por lo que al no haberse realizado modificaciones a la reserva de agua y considerando la documentación justificatoria, resulta procedente se prorrogue la reserva de agua, bajo las mismas condiciones de la reserva vigente.

Designan Jefe de la Agencia Zonal Selva Central de la Dirección Zonal Junín de AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 089-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 25 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 089-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 09 de abril de 2015, se designó al Ingeniero Agrónomo Irma Espinoza Espíritu, en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal Selva Central de la Dirección Zonal Junín del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida dicha designación, así como designar a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las Facultades otorgadas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, la designación de la Ingeniero Agrónomo Irma Espinoza Espíritu, como Jefe de la Agencia Zonal Selva Central de la Dirección Zonal Junín del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a la Licenciada en Administración Yaneth Sanga Ccama, como Jefe de la Agencia Zonal Selva Central de la Dirección Zonal Junín del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO VINELLI RUÍZ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL 1385472-1

Prorrogan reserva de recursos hídricos otorgada a favor del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura del Gobierno Regional de Piura
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 127-2016-ANA Lima, 23 de mayo de 2016

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