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588059 NORMAS LEGALES Viernes 27 de mayo de 2016 El Peruano / fundamentos indicados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Designación de miembros de Comité Administrador Designar a los miembros que formarán parte del Comité Administrador del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a que se re fi ere la Ley Nº 27811, el cual estará integrado por: - Un/a representante de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana – AIDESEP. - Un/a representante de la Confederación Nacional Agraria – CNA. - Un/a representante de la Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, Indígenas, Nativas y Asalariadas del Perú – FENMUCARINAP. - Un/a representante de la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú – ONAMIAP. - Un/a representante de la Unión Nacional de Comunidades Aymaras – UNCA. - El/La director (a) General de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural del Viceministerio de Interculturalidad. - El/La director (a) General de la Dirección General de Derecho de los Pueblos Indígenas del Viceministerio de Interculturalidad. Artículo 3.- Remisión de información Disponer que las organizaciones representativas de los pueblos indígenas miembros del Comité Administrador designados en el Artículo 2 de la presente resolución, comuniquen por escrito al Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, los nombres de sus representantes titular y alterno, y remitan la declaración jurada de bienes y rentas de los representantes en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Nº 27811. Artículo 4.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución a las organizaciones que conforman el Comité Administrador del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1385460-1 Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 207-2016-MC Lima, 26 de mayo de 2016VISTOS, los Memorandos N° 000132 y 000133-2016/ VMI/MC, de fecha 18 y 20 de mayo de 2016, respectivamente, y el Proveído N° 000750-2016/VMI/MC de fecha 23 de mayo de 2016, del Viceministerio de Interculturalidad, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones “conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país” ;Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, este tiene entre sus funciones: otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; así como, fomentar la a fi rmación de la identidad nacional y promover el desarrollo cultural a través del diálogo intercultural y el reconocimiento de la diversidad cultural entre los peruanos; Que, asimismo, el artículo 95 de la norma antes citada, señala que la Dirección de Lenguas Indígenas es el órgano de línea encargado de promover e implementar acciones para el desarrollo y uso de las lenguas indígenas y originarias de los pueblos indígenas del país, fomentando su aprendizaje, y establece como una de las funciones de dicho órgano: proponer e implementar acciones para la conservación, la recuperación, el desarrollo, la promoción y el uso de las lenguas indígenas u originarias del Perú; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 88 de la norma aludida, la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial es la unidad orgánica encargada de formular, implementar y supervisar los programas que contribuyan a eliminar la discriminación étnico-racial y que promuevan una ciudadanía intercultural, fomentando el diálogo entre los distintos grupos culturales del Perú, sobre la base del respeto y la valoración positiva de la diversidad, con miras a la construcción de una sociedad cohesionada y de una cultura de paz en el país; estableciendo como una de las funciones de dicho órgano: generar mecanismos y acciones para promover prácticas interculturales, de reconocimiento de la diversidad cultural y no discriminación; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que “Personalidad Meritoria de la Cultura, es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país” , asimismo, la citada Directiva dispone que los reconocimientos se formalizarán mediante Resolución Ministerial y serán publicados en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 6.3 del artículo VI de la citada Directiva, señala que “ excepcionalmente, el Ministerio de Cultura, por razones debidamente justi fi cadas, podrá otorgar reconocimientos póstumos, a propuesta del órgano competente del Ministerio de Cultura ”; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 160-2014- MC del 15 de mayo de 2014, se declaró el 21 de mayo de cada año como el “Día Nacional de la Diversidad Cultural y Lingüística”; Que, en el marco de dicha declaración, el Ministerio de Cultura celebra la Semana de la Diversidad Cultural y Lingüística, con el objetivo de conmemorar y dar a conocer la diversidad cultural y lingüística del Perú, a través de actividades que destaquen su importancia como patrimonio y herencia para el desarrollo local y nacional, por lo que se ha considerado propicio distinguir como Personalidad Meritoria de la Cultura, a quienes han realizado una importante labor en la promoción, investigación y difusión de la diversidad cultural y las lenguas indígenas, a nivel regional, nacional e internacional; Que, con Informes N° 000127 y 000129-2016/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC, la Dirección de Patrimonio Inmaterial manifestó su conformidad con la opinión técnica contenida en el Informe N° 000018-2016/DLI/DGPI/VMI/MC fecha 05 de mayo de 2016, de la Dirección de Lenguas Indígenas, precisado con el Informe N° 000019-2016/DLI/DGPI/VMI/MC, a través del cual se propuso se otorgue la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura, a las siguientes personas: - Espíritu Bautista Pascual; - Fundación Instituto de Promoción Social Amazónica;- Isabel Gálvez Astorayme;- Asociación para la Promoción de la Educación Rural y el Desarrollo de Apurimac Tarpurisunchis;