Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2016 (27/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 27 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley N° 27856, modificada por la Ley N° 28899 y la Ley N° 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a quince (15) militares de la República del Ecuador, del 30 de mayo de 2016 al 03 de junio de 2016, con la finalidad de participar en la IX Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza "COMBIFRON" Perú - Ecuador, a realizarse en la ciudad de Lima. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley N° 28899 y Ley N° 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

administrativa de servicios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; Que, con fecha 27 de julio de 2011, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo que establece modificaciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM; Que, el Decreto Supremo 012-2004-TR, que dicta disposiciones reglamentarias de la Ley N° 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado, precisa que todo organismo público y empresa del Estado está obligada al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar; Que, conforme lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto Supremo N° 012-2004-TR, los organismos públicos y empresas del Estado, designaran al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación se debe realizar mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 989-2014-MIDIS/PNCM de fecha 28 de octubre de 2014, se designó al señor Eduardo Alejandro Ortiz Crisostomo, como el servidor responsabíe cíe remitir las ofertas de empleo del Programa al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante el Informe N°144-2016-MIDIS/ PNCM/UA de fecha 14 de marzo de 2016, la Unidad de Administración del Programa señala que el señor Eduardo Alejandro Ortiz Crisostomo ha presentado su renuncia al cargo de Jefe de la Unidad de Administración, por lo que solicita la designación de un nuevo responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; De conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 27736, Decreto Legislativo N° 1057, su Reglamento y modificatorias y en uso de las facultades establecidas en el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Mas aprobado por Resolución Ministerial N° 175-2012-MIDIS, de fecha 03 de octubre de 2012, que señala que el Director Ejecutivo tiene la mayor autoridad ejecutiva y administrativa del Programa; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación del señor EDUARDO ALEJANDRO ORTIZ CRISOSTOMO, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Segundo.- Designar al señor VÍCTOR EMILIO ROMERO HERBOZO, Jefe (e) de la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Mas, como el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Mas. Regístrese y comuniqúese. JORGE LUIS FERNÁNDEZ IRAOLA Director Ejecutivo Programa Nacional Cuna Más 1384837-1

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Modificado por el artículo único de la Ley N° 28899 y por el artículo único de la Ley N° 30209

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DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del Programa Nacional Cuna Mas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 346-2016-MIDIS/PNCM Lima, 17 de marzo de 2016 VISTOS El Informe N°144-2016-MIDIS/PNCM/UA de fecha 14 de marzo de 2016, emitido por la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Mas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1057; Que, con fecha 25 de noviembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de contratación

EDUCACION
Modifican el Diseño Curricular Básico Nacional de la Educación Superior Tecnológica, aprobado por R.VM. N° 069-2015-MINEDU
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 070-2016-MINEDU Lima, 26 de mayo de 2016

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