Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2016 (04/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 4 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Disposición Complementaria Transitoria al Reglamento, la cual establece un nuevo régimen extraordinario de permanencia para los vehículos habilitados destinados al servicio de transporte terrestre de personas de ámbito nacional; asimismo, dispone que en el ámbito regional y provincial el régimen extraordinario de permanencia de los vehículos destinados al servicio de transporte de personas, que se encuentren habilitados según sus propios registros administrativos de transporte, y las condiciones para que ello ocurra, será determinado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la misma que será expedida previa coordinación con los gobiernos regionales y provinciales; Que, la Ordenanza Municipal Nº 1769 emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobó en su Décima Tercera Disposición Complementaria Final, el Cronograma de retiro de unidades vehiculares mayores a veinte años de antigüedad que realizan el servicio de transporte turístico y de personal en su jurisdicción, el mismo que indica que previa a su aplicación deberá ser aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Oficio Nº 1411-2015-MTC/02 del 23 de noviembre del 2015, se solicitó a la Municipalidad Metropolitana de Lima que proporcione información actualizada sobre el cronograma aprobado en la Ordenanza Nº 1769, que establece el retiro de unidades vehiculares mayores a veinte años de antigüedad que realizan el servicio de transporte turístico y de trabajadores en su jurisdicción; Que, mediante Oficio Nº 392-2016-MML/GMM del 11 de abril del 2016, la Municipalidad Metropolitana de Lima alcanza los Informes Nº 233 y 302-2016-MML/GTUSETT-PRR de la División de Plan Regulador de Rutas de la Sub Gerencia de Estudios de Tránsito y Transporte de la Gerencia de Transporte Urbano, quienes proponen un nuevo cronograma de retiro de unidades vehiculares del servicio de transporte turístico y de trabajadores, considerando que esta propuesta se realizó manteniendo la situación de la edad de la flota registrada y autorizada por la Subgerencia de Regulación de Transporte de la Municipalidad Metropolitana de Lima en la actualidad; Que, mediante Informe Nº 507-2016-MTC/15.01, la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre, señala que los plazos propuestos por la Municipalidad Metropolitana de Lima están alineados con lo dispuesto en el Reglamento, por lo que opina favorablemente por la aprobación del Cronograma propuesto por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en concordancia con la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, y el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia Aprobar el Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte publico especial de personas bajo la modalidad de transporte turístico y de trabajadores en la jurisdicción de la provincia de Lima del departamento de Lima, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Condiciones para la aplicación del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la provincia de Lima, bajo las modalidades de transporte turístico y de trabajadores El Cronograma de Régimen Extraordinario de Permanencia señalado en el artículo precedente, será aplicable a aquellos vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la provincia de Lima, bajo las modalidades de transporte turístico y de trabajadores que a la fecha se encuentren habilitados en mérito a la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Administración de

Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009MTC, incorporada por el Decreto Supremo N° 006-2012MTC, siempre que cumplan las condiciones siguientes: 2.1 El vehículo debe encontrarse en óptimo estado de funcionamiento lo que se demostrará con la inspección técnica vehicular. 2.2 Cumplir con las condiciones técnicas y demás requisitos que establece el Reglamento para prestar el servicio de transporte de personas de ámbito provincial. Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte publico especial de personas bajo la modalidad de transporte turístico y de trabajadores en la jurisdicción de la provincia de Lima, en aplicación de la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Administración de Transporte aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC.
AÑO DE FABRICACIÓN Desde el año 1991 hasta el año 1993 Desde el año 1994 hasta el año 1995 Desde el año 1996 hasta el año 1997 Año 1998 Año 1999 Desde el año de 2000 hasta el año 2001 FECHA DE SALIDA DEL SERVICIO 31 de diciembre de 2016 31 de diciembre de 2017 31 de diciembre de 2018 31 de diciembre de 2019 31 de diciembre de 2020 31 de diciembre de 2021

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VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan representantes del Ministerio ante el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil - CPETI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 376-2016-VIVIENDA Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 018-2003TR, se aprobó la creación del Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil CPETI, el mismo que está conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con Resolución Ministerial Nº 134-2016-VIVIENDA, se designó al señor Javier Augusto Vega Díaz y a la señora Martha Eloisa Arcos Chirito, como representantes, titular y alterno, respectivamente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil - CPETI, siendo necesario dar por concluidas dichas designaciones; así como, designar a los nuevos representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el indicado Comité; Que, en consecuencia, es necesario expedir el acto resolutivo correspondiente;

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