Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2016 (04/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Viernes 4 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

603511

Palomino, como Juez Superior Provisional de la Sala Civil Transitoria Descentralizada de la Sub Sede Chorrillos ­ San Juan de Miraflores, a partir del 04 de enero de 2016. Por razón de la presente fecha, la Secretaria General de esta Corte Superior de Justicia, pone en conocimiento que recibió la llamada telefónica de un familiar del magistrado Andrés Cesar Espinoza Palomino, Juez Superior Provisional ­ Integrante de la Sala Civil Transitoria Descentralizada de la Sub Sede Chorrillos SJM, quien comunicó el sensible fallecimiento del referido magistrado. En tal sentido, en aras de cautelar la correcta administración de justicia, corresponde designar al Juez que complete la Sala Civil Transitoria Descentralizada de la Sub Sede Chorrillos ­ SJM; para lo cual se deberá tener en cuenta la nómina de abogados aptos del nivel superior de esta Corte Superior de Justicia. En el caso de designaciones de Jueces Provisionales y Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, se debe precisar que éstas se realizan bajo un estricto análisis y evaluación de los perfiles de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene en consideración su capacidad e idoneidad, además de lo previsto en el artículo 2º de la Ley de la Carrera Judicial Nº 29277, y los requisitos exigidos por ley. El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial: SE RESUELVE: Artículo Primero.- REASIGNAR al magistrado Javier Antonio Castillo Vásquez, Juez Superior Supernumerario de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de esta Corte Superior de Justicia, a la Sala Civil Transitoria Descentralizada de la Sub Sede Chorrillos ­ San Juan de Miraflores, a partir del 03 de noviembre del año en curso, quedando conformada la Sala en mención de la siguiente manera: Sala Civil Transitoria Descentralizada de la Sub Sede Chorrillos - SJM Dr. Gregorio Gonzalo Meza Mauricio Presidente (T) Dra. María del Pilar Carreño Hidalgo (S) Dr. Javier Antonio Castillo Vásquez (S) Artículo Segundo.- DESIGNAR a la abogada Corina Beatriz Neciosup Zapata como Juez Superior Supernumeraria de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de esta Corte Superior de Justicia, a partir del 03 de noviembre del año en curso; quedando conformada la sala en mención de la siguiente manera: Segunda Sala Penal de Apelaciones Dr. Cesar Augusto Vásquez Arana Presidente (T) Dr. Teófilo Armando Salvador Neyra (T) Dra. Corina Beatriz Neciosup Zapata (S) Artículo Tercero.- DISPONER que la reconformación de las Salas Superiores, establecida mediante la presente resolución, no debe impedir la culminación de los procesos con audiencias iniciadas, sesiones continuadas o procesos con vista de la causa pendiente de ser resueltos al dos de noviembre del año en curso, las que seguirán con el mismo colegiado integrante a dicha fecha, con la finalidad de evitar el quiebre y/o reprogramación de los mismos. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema

de Justicia, Dirección General del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, a la Oficina de Personal y Magistrados de esta Corte, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PADRO CARTOLIN PASTOR Presidente 1449227-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de funcionaria de la Unversidad Nacional Jorge Basadre Grohmann a Argentina, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1336-2016-UN/JBG Tacna, 24 de octubre de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 1969-2016-OGPL, Proveídos Nº 67712016-REDO y Nº 3556-2016-SEGE, Oficio Nº 508-2016OCNI, sobre autorización de viaje al exterior de la Dra. Silvia Cristina Quispe Prieto; CONSIDERANDO: Que la Jefa de la Oficina de Cooperación Nacional e Intercambio Académico de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna, da a conocer sobre la 38º Convocatoria Internacional del Programa de Movilidad Estudiantil del Consejo de Rectores por la Integración de la Región Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), a efectuarse en La Rioja ­ Argentina, los días 09 y 10 de noviembre del 2016; Que la modalidad de intercambio, permite colocar y recibir estudiantes en las universidades de Argentina, Bolivia, Chile y Paraguay, por ello, resulta necesaria la participación de la Dra. Silvia Cristina Quispe Prieto, en su condición de Jefa de la Oficina de Cooperación Nacional e Intercambio Académico; Que según Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobada mediante D. S. Nº 0472002-PCM, en su Art. 2º establece que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje,el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de despla¬zamiento y viáticos; Que el numeral 10.1 Inc. a) y c) de Art. 10º de la Ley 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2016, en materia de bienes y servicios, prohíbe los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, asimismo en el caso de los Organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad. En

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