Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2016 (04/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 4 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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de Justicia de Ancash, a la Corte Superior de Justicia de Huaura como Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia de Barranca, con turno abierto. Artículo Cuarto.- Convertir, a partir del 1 de diciembre y hasta el 31 de mayo de 2017, el Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia de Tambopata en Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Tambopata, y en adición de funciones, Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio Especializado en Delitos de Trata de Personas, con turno abierto y competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Madre de Dios. Artículo Quinto.- Reubicar, a partir del 1 de diciembre de 2016 y hasta el 31 de mayo de 2017, el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, a la Corte Superior de Justicia de La Libertad como Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito y Provincia de Ascope, el cual tramitará los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional, debiendo liquidar los procesos laborales tramitados con la Ley Nº 26636 y en adición de funciones tramitará con turno cerrado los procesos en materia civil y familia en apoyo del Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Ascope. Artículo Sexto.- Convertir, a partir del 1 de diciembre de 2016, el 1º Juzgado Penal Liquidador del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Huancavelica, en Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Itinerante, con competencia en todo el Distrito Judicial. Artículo Sétimo.- Convertir, a partir del 1 de diciembre de 2016, el 2º Juzgado Penal Liquidador de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Huancavelica, en 2º Juzgado de Familia Itinerante de la misma provincia. Artículo Octavo.- Convertir, a partir del 1 de diciembre de 2016, la Sala Penal Liquidadora del Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali, en 2º Sala Penal de Apelaciones, en adición de funciones, Sala Penal Liquidadora del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia Artículo Noveno.- Subespecializar, a partir del 1 de diciembre de 2016, al 2º Juzgado de Trabajo Permanente del Distrito y Provincia de Ascope, Corte Superior de Justicia de La Libertad, para que tramite los procesos laborales de la subespecialidad Nueva Ley Procesal del Trabajo, el cual formará parte del Módulo Corporativo Laboral de la Sede de Ascope. Artículo Décimo.- Implementar el Módulo Corporativo Laboral de la Sede de Ascope, conformado por el 1º y 2º Juzgado de Trabajo Permanente del Distrito y Provincia de Ascope, Corte Superior de Justicia de La Libertad. Artículo Décimo Primero.- El 2° Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, contará con turno abierto para el ingreso de expedientes, a partir del 1 de diciembre de 2016. Artículo Décimo Segundo.- El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Tambopata y la Sala Penal de Apelaciones de la Provincia de Tambopata, Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, en adición de funciones tendrán competencia supraprovincial para atender los delitos de trata de personas que se susciten dentro del ámbito de competencia territorial del Distrito Judicial de Madre de Dios. Artículo Décimo Tercero.- Modificar la denominación de los siguientes órganos jurisdiccionales: A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2016 DISTRITO JUDICIAL DE HUANCAVELICA - El Juzgado de Familia de la Provincia de Huancavelica, como 1º Juzgado de Familia de la misma provincia. DISTRITO JUDICIAL DE MADRE DE DIOS - El 2° Juzgado de Investigación Preparatoria como 2º Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Especializado en Delito de Trata de Personas, el cual culminará con su carga pendiente de delitos distintos a la trata de personas, para asumir a exclusividad el trámite de

los referidos delitos en todo el Distrito Judicial de Madre de Dios. DISTRITO JUDICIAL DE PIURA - El Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Chulucanas, Provincia de Morropón, como Juzgado Civil Permanente del mismo distrito y provincia, con competencia funcional en la especialidad civil, familia y laboral. DISTRITO JUDICIAL DE UCAYALI - La Sala Penal de Apelaciones, en adición de funciones Sala Penal Liquidadora del Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo, como 1º Sala Penal de Apelaciones, en adición de funciones Sala Penal Liquidadora del mismo distrito y provincia. - El Juzgado de Familia de la Provincia de Huancavelica, como 1º Juzgado de Familia de la misma provincia. A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2017 DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH - El 2° Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia de Huaraz, como Juzgado de Familia Transitorio de la misma provincia, con la misma competencia funcional. Artículo Décimo Cuarto.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Callao, Huancavelica, Huaura, La Libertad, Madre de Dios, Piura y Ucayali, dispondrán las siguientes acciones administrativas: 1) Que el 1° Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, remita de forma equitativa al 1° y 2° Juzgado de Familia Permanente y al Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia de Huaraz, la carga pendiente al 31 diciembre de 2016. 2) Que el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, remita al 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huaraz la carga procesal pendiente que tenga al 30 de noviembre de 2016. 3) Que el 2º Juzgado de Trabajo Permanente del Distrito y Provincia de Ascope, Corte Superior de Justicia de La Libertad, remita al Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito y Provincia de Ascope, de la misma Corte Superior, la carga pendiente en materia laboral de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional, que al 30 de noviembre de 2016 no se encuentre expedita para sentenciar ni tenga vista de causa a dicha fecha. 4) Que el 1º y 2º Juzgado de Trabajo Permanente del Distrito y Provincia de Ascope, Corte Superior de Justicia de La Libertad, remitan al Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito y Provincia de Ascope, de la misma Corte Superior, la carga pendiente en materia laboral al amparo de la Ley Nº 26636, que al 30 de noviembre de 2016 no se encuentre expedita para sentenciar ni tenga vista de causa a dicha fecha. 5) Que el Juzgado Civil Permanente del Distrito y Provincia de Ascope remita la cantidad de 300 expedientes, que al 30 de noviembre de 2016 no tengan vista de causa ni se encuentren expeditos para sentenciar, al Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito y Provincia de Ascope, Corte Superior de Justicia de La Libertad. 6) Que el Juzgado Civil Permanente de Chulucanas, Corte Superior de Justicia de Piura remita al Juzgado de Familia Transitorio de Chulucanas, de la misma Corte Superior, como máximo la cantidad de 1,500 expedientes de la especialidad familia que al 30 de noviembre de 2016 no se encuentre expedita para sentenciar, ni se haya programado fecha para la vista de causa. 7) Que el Juzgado de Familia Transitorio del Callao, Corte Superior de Justicia del Callao, remita de forma equitativa al 1°, 2°, 3° 4° y 5° Juzgado de Familia Permanentes del Callao, de la misma Corte Superior, la carga pendiente al 30 de noviembre de 2016.

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